Resolución de 12 de marzo de 2024, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, por la que se dispone la ejecución de la sentencia 366/2023 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias.
Vista la Sentencia 366/2023 dictada en fecha 16 de enero de 2024 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Asociación Centro Trama, contra la resolución denegatoria por silencio administrativo de las reclamaciones efectuadas el 07/12/2021, el 05/07/2022 y el 17/03/2023, en las que se instaba al pago de las facturas en el punto de Encuentro Familiar de Avilés y Gijón por un importe de 349.242,90 € en concepto de principal.
Considerando que la referida sentencia ha adquirido firmeza, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 26 del Decreto 20/1997, de 20 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Servicio Jurídico del Principado de Asturias,
RESUELVO
Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de la sentencia de referencia cuyo tenor literal es el siguiente:
"Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador J. I. C., en nombre y representación de la Asociación Centro Trama, contra la desestimación presunta por silencio de las reclamaciones efectuadas el 07/12/2021, el 05/07/2022 y el 17/03/2023 instando al pago de las facturas por diversos servicios contratados y prestados en centros de la Administración, la que se anula por ser contraria a Derecho y reconociendo el derecho de la recurrente al pago de la deuda principal por importe de 349.242,90 € más los intereses de demora, calculados hasta el completo pago del principal.
Se imponen a la demandada las costas procesales con la limitación fijada en el ultimo fundamento de derecho."
Segundo.—Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Oviedo, a 12 de marzo de 2024.—La Consejera de Derechos Sociales y Bienestar, Marta del Arco Fernández.—Cód. 2024-02513.