Extracto de la Resolución de 19 de marzo de 2024, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a medios de comunicación para la normalización social del asturiano y, en su ámbito, del gallego-asturiano o eonaviego, en régimen de concurrencia competitiva.

BDNS (Identif.): 750361.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/750361).

Primero.—Bases reguladoras:

Por Resolución de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo de 2 de febrero del 2023 (BOPA n.º 50, de 14 de marzo del 2023) se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a medios de comunicación para la normalización social del asturiano y, en su ámbito, del gallego-asturiano o eonaviego, en régimen de concurrencia competitiva.

Segundo.—Objeto:

Concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a empresas titulares de prensa, radio, televisión o medios de comunicación en línea, para financiar las inversiones realizadas en la producción de espacios donde se utilice el asturiano, o el gallego-asturiano o eonaviego en su ámbito, bien de manera habitual en informaciones generales, bien en espacios periódicos y fijos, bien en programas de interés especial, pero siempre que contribuyan a la normalización y dignificación social de estas lenguas en espacios configurados como propios de la empresa o medio de comunicación y asumidos por él.

Tercero.—Beneficiarios:

Podrá solicitar estas subvenciones cualquier empresa privada (persona física o jurídica) que sea titular de un medio de comunicación de ámbito asturiano y que tenga su domicilio social, establecimiento o delegación comercial en el Principado de Asturias. La empresa deberá reunir los requisitos establecidos en el apartado II de las bases reguladoras de 2 de febrero del 2023.

Cuarto.—Importe:

110.000,00 €.

Quinto.—Plazo de presentación de las solicitudes:

Las solicitudes se presentarán en el plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOPA.

Sexto.—Otros datos de interés:

Solamente podrán recibir subvención aquellos proyectos que alcancen o superen la puntuación mínima de 51 puntos, por una cuantía máxima de 20.000 € por proyecto, y siendo el 90% el porcentaje máximo subvencionable del presupuesto aprobado ajustado.

Los proyectos se ordenarán por la puntuación obtenida, en orden decreciente, de mayor puntuación a menor puntuación estableciéndose una prelación entre los mismos a efectos de determinar el porcentaje subvencionable del presupuesto aprobado ajustado, que se aplicará en función de los siguientes tramos de puntuación:

— Si el proyecto obtiene entre 100 y 91 puntos, la cuantía de la subvención será el 90% del presupuesto aprobado ajustado.

— Si el proyecto obtiene entre 90 y 81 puntos, la cuantía de la subvención será el 85% del presupuesto aprobado ajustado.

— Si el proyecto obtiene entre 80 y 71 puntos, la cuantía de la subvención será el 80% del presupuesto aprobado ajustado.

— Si el proyecto obtiene entre 70 y 61 puntos, la cuantía de la subvención será el 70% del presupuesto aprobado ajustado.

— Si el proyecto obtiene entre 60 y 56 puntos, la cuantía de la subvención será el 60% del presupuesto aprobado ajustado.

— Si el proyecto obtiene entre 55 y 51 puntos, la cuantía de la subvención será el 50% del presupuesto aprobado ajustado.

Los proyectos subvencionables serán los realizados, además de durante el ejercicio de esta convocatoria hasta la fecha máxima de justificación establecida en la misma, en los meses de noviembre y diciembre del ejercicio 2023, siempre que no hayan sido subvencionados en la convocatoria anterior.

En la ficha de servicio publicada en la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) se puede consultar el texto íntegro de la convocatoria y el formulario normalizado de solicitud. Para su localización se podrá introducir el código AYUD0064T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página).

Oviedo, a 19 de marzo de 2024.—La Consejera de Cultura, Política Llingüística y Deporte, Ana Vanesa Gutiérrez González.—Cód. 2024-02632.

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