Extracto de la Resolución de 7 de marzo de 2024, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria de la decimosexta edición del "Premiu al Meyor Cantar Camaretá" en lengua asturiana o gallego-asturiano.

BDNS (Identif.): 750097.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/750097).

Primero.—Beneficiarios:

Personas físicas que sean músicos solistas o formen parte de un grupo musical, que se encuentren en la situación que fundamente la concesión del premio, concurriendo en ellos las circunstancias previstas en las bases reguladoras y que cumplan los requisitos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en la convocatoria.

En el caso de grupos musicales, deberá nombrarse un representante o apoderado único del grupo y hacerse constar expresamente en la solicitud el porcentaje del importe del premio a aplicar para cada uno de los miembros del grupo, que tendrán igualmente la condición de beneficiarios.

Segundo.—Objeto:

Concesión del premio a una canción con letra en lengua asturiana o gallego-asturiano. Podrán presentarse:

1. Canciones de cualquier género con letra y música originales.

2. Canciones de cualquier género con letra original sobre melodías ya existentes.

En ambos casos, editadas y difundidas al público a lo largo del año 2023 y hasta la fecha de la convocatoria de la presente convocatoria.

Cada solista o grupo musical interesado podrá presentar al premio una única canción.

Tercero.—Bases reguladoras:

Resolución de 5 de julio de 2018, de la extinta Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras del "Premiu al Meyor Cantar" (BOPA 24 de julio de 2018).

Cuarto.—Importe:

6.000,00 euros.

Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes:

Treinta días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Sexto.—Otros datos de interés:

Además del formulario de solicitud, se acompañará la siguiente documentación:

— Documento acreditativo de la personalidad de la persona solicitante.

— Soporte digital en el que se recoja la canción elegida por el solista o grupo para concurrir al premio.

— Currículum del solista o grupo, incluyendo relación nominal de componentes e instrumentos que tocan.

— Letra de la canción elegida, debidamente mecanografiada, con indicación expresa de la persona a la que se atribuye la autoría de la letra de la misma.

En el caso de grupos musicales, además:

— Declaración responsable de cada una de las personas integrantes del grupo musical (anexo II), relativa a los siguientes extremos: hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y de seguridad social, no ser deudora de la Hacienda del Principado de Asturias por deudas vencidas, líquidas y exigibles, subvenciones solicitadas así como las concedidas con la misma finalidad y si ha procedido a la justificación de las subvenciones y ayudas concedidas con anterioridad por la Comunidad Autónoma, así como no estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria, previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

— Documento acreditativo de la personalidad de cada uno de los miembros del grupo.

— Declaración responsable donde se establezca la persona representante del grupo. Dicha declaración contará con la conformidad del resto de miembros del grupo musical y en ella constará el porcentaje del importe del premio a aplicar a cada uno de los miembros del grupo que tendrán la condición de beneficiarios.

Las canciones que superen la primera selección y resulten finalistas deberán actuar en directo defendiendo el tema seleccionado en la gala musical del "Premiu al Meyor Cantar Camaretá".

En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) puede consultarse el formulario con código de trámite SITE PREM0010T01, en el que se encontrará el texto íntegro de la resolución e información complementaria.

Oviedo/Uviéu, a 7 de marzo de 2024.—La Consejera de Cultura, Política Llingüística y Deporte, Ana Vanessa Gutiérrez González.—Cód. 2024-02624.

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