Anuncio. Aprobación definitiva del Estudio de Detalle de finca sita en camino de Los Maizales, número 224. Expte. 30005K/2022.

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El Ayuntamiento pleno, en sesión celebrada el día 15 de marzo de 2023, aprobó definitivamente el Estudio de detalle de finca sita en camino de Los Maizales n.º 224, promovido por Humberto Hurtado March y María Inmaculada Jiménez Pérez, cuya parte dispositiva es la que sigue:

Primero.—Aprobar definitivamente el Estudio de detalle de finca sita en camino de Los Maizales n.º 224, promovido por Humberto Hurtado March y María Inmaculada Jiménez Pérez, con las siguientes condicionales:

1.ª La porción de terreno que el Estudio de Detalle denomina "camino privado", constituirá una parcela separada vinculada "ob rem" a las parcelas a las que da acceso como "espacio libre privado" interpuesto a las parcelas edificables previstas en la ordenación, y así quedarán recogidas e inscritas en el Registro de la Propiedad.

2.ª No se concederán licencias de edificación sin la obtención previa de la correspondiente licencia de parcelación.

3.ª Las licencias de construcción en las parcelas resultantes estarán supeditadas asimismo a la previa o simultánea urbanización del camino particular previsto en este Estudio de Detalle, que dotará a dichas parcelas de los servicios precisos, y cualquier licencia de primera ocupación en ellas a la completa y correcta ejecución de dicha urbanización. Para la realización de las obras de urbanización de dicho camino, que se efectuará mediante un proyecto ordinario de obras, habrá de obtenerse la correspondiente licencia municipal, en la que se valorará la conveniencia de exigir una aval que garantice su correcta y completa ejecución.

4.ª Se debe prestar especial atención al ejemplar de roble existente, Quercus robur especie incluida en el Catálogo Urbanístico de Gijón como Arbolado Singular. En cualquier obra a realizar tanto en el momento de la parcelación como en obras posteriores se tendrá que respetar tanto la estructura aérea como la zona de afección radicular del ejemplar (diámetro = perímetro del árbol medido a 1 m del suelo x 8), conforme a lo establecido en la sección tercera del capítulo XI de la normativa del vigente Catálogo Urbanístico y, en particular, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 110 de la normativa de dicho Catálogo.

5.ª Con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en art. 168.1 c) del Decreto 63/2022, de 21 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias (en adelante, ROTU), una vez adoptado el correspondiente acuerdo de aprobación definitiva, el promotor deberá aportar un archivo en soporte digital de Base de Datos Espacial con la documentación gráfica del instrumento de ordenación urbanística, que contenga las entidades urbanísticas en formato vectorial, conforme a las especificaciones de la Resolución de fecha 2 de septiembre de 2014 (BOPA de 25 de septiembre de 2014) de la Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, sobre normalización de instrumentos de planeamiento y gestión urbanística para su incorporación al Registro de Planeamiento y Gestión Urbanística y su integración en el sistema de información territorial del Principado de Asturias, adjuntándose declaración responsable firmada electrónicamente por la arquitecta redactora del documento, mediante la que se indique que el archivo aportado se ajusta al formato establecido en la citada Resolución, quedando condicionada la publicación del acuerdo de aprobación definitiva a la presentación de esta documentación, de conformidad con lo previsto en el artículo 169.1 del ROTU.

Segundo.—De conformidad con lo previsto en el artículo 97 del TROTU, en relación con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, proceder a la notificación individualizada a los propietarios y demás interesados directamente afectados comprendidos en el ámbito territorial del Estudio de Detalle y, una vez cumplida la condicional quinta del apartado anterior, proceder a la publicación íntegra del acuerdo de aprobación definitiva en el BOPA; la documentación técnica y el citado acuerdo se publicarán asimismo para su consulta en la dirección de la web municipal https://www.gijon.es/es/directorio/urbanismo

Tercero.—Conforme a lo establecido en los artículos 23 y 96 del TROTU, y 168 del ROTU, dar traslado de este acuerdo y de la documentación del Estudio de Detalle aprobado definitivamente a la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio del Principado de Asturias, a efectos de información, coordinación y archivo.

Cuarto.—Remitir una copia del acuerdo y de la documentación técnica al Servicio Técnico de Urbanismo, así como una copia del acuerdo al Servicio de Licencias y Disciplina, a los efectos oportunos.

Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos, significándose que de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra este acuerdo cabe interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Gijón, a 11 de marzo de 2024.—La Secretaría General.—Cód. 2024-02337.

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