Resolución de 6 de marzo de 2024, del Rector de la Universidad de Oviedo, por la que se convoca proceso selectivo a fin de elaborar una lista de llamamiento para la provisión temporal de plazas de la Escala de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad de Oviedo, Grupo A, Subgrupo A2, como personal funcionario interino.

Con el propósito de satisfacer con carácter urgente las necesidades de personal de esta Universidad, este Rector, en ejercicio de las competencias que le atribuyen el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en relación con el artículo 3.2.j) del mismo texto legal, así como el artículo 60 de los estatutos de esta Universidad, aprobados por el Decreto 12/2010, de 3 de febrero, del Principado de Asturias,

Resuelve

Convocar proceso selectivo, a fin de elaborar una lista de llamamiento para la provisión temporal de plazas de la Escala de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad de Oviedo, Grupo A, Subgrupo A2, como personal funcionario interino, con sujeción a las siguientes:

BASES DE LA CONVOCATORIA

1.—Normas generales.

1.1. Se convoca proceso selectivo para elaborar una lista de llamamiento para la provisión temporal de plazas de la Escala de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad de Oviedo, Grupo A, Subgrupo A2, como personal funcionario interino.

1.2. A este proceso selectivo les serán aplicables el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en la medida que continúe vigente, la Ley del Principado de Asturias 2/2023, de 15 de marzo, de Empleo Público, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, el Decreto 12/2010, de 3 de febrero, del Principado de Asturias, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Oviedo, y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3. El proceso de selección se realizará mediante el sistema de concurso con arreglo al baremo que se especifica en el anexo I de esta convocatoria. De entre los aspirantes presentados será elaborada una lista atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el proceso, a través de la cual se efectuarán los llamamientos por riguroso orden de prelación.

1.4. Las características de los puestos y las funciones a desarrollar son las siguientes:

Características:

Denominación: Gestor de Sistemas e Informática.

Grupo: A2

Funciones:

Realizar tareas de diseño, desarrollo y mantenimiento de sistemas de información, trabajando en los equipos de desarrollo existentes en el Área Técnica de Informática y Comunicaciones. Estos trabajos podrán conllevar relación con empresas externas que puedan estar subcontratadas para estos mismos fines. Podrán realizar labores de coordinación y seguimiento de equipos, análisis, toma de requisitos y realizar labores de administración de sistemas. Asimismo, le podrán corresponder otras funciones acordes con la escala.

1.5. Con la firma de la solicitud para participar en este proceso selectivo, se autoriza el uso de los datos personales, tales como nombre, apellidos, DNI y valoraciones de méritos, a efectos de ser incluidos en los listados que serán publicados en los tablones de anuncios de Gerencia, Registro General y Registros Auxiliares de la Universidad, en página web de la Universidad de Oviedo y en los boletines oficiales, tanto a efectos de esta convocatoria como de la gestión de la bolsa de trabajo.

2.—Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a la función pública (artículo 56 de texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público) y, en particular, estar en posesión del título de Grado en Informática, Ingeniero Técnico en Informática, Diplomado en Informática, titulación equivalente o superior, o titulación universitaria oficial de la familia de Informática que habilite para el desempeño de plazas de esta categoría.

2.2. Los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento del nombramiento como personal funcionario interino.

3.—Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo deberán cumplimentar la solicitud que figura como anexo II.

3.2. La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad de Oviedo (Plaza de Riego, n.º4, Oviedo), en los Registros Auxiliares cuyas sedes se encuentran ubicadas en el Servicio Administrativo del Campus de Mieres, en el Servicio Administrativo del Campus de Gijón, en el Servicio de Administración del Campus del Milán, en el Campus del Cristo "A" de Oviedo (Aulario de Ciencias Jurídico-Sociales, Planta Baja, C/Catedrático Valentín Andrés Álvarez) y en el Centro de Servicios Universitarios en Avilés (c/ La Ferrería, n.º 7-9) y, electrónicamente, sólo a través del tramitador electrónico de la Universidad de Oviedo, así como en los lugares a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la fecha de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, y se dirigirán al Sr. Rector Magfco. de la Universidad de Oviedo. También podrán presentarse a través del tramitador electrónico de la Universidad de Oviedo, mediante solicitud genérica.

3.3. Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones para cumplimentar la solicitud:

3.3.1. En el recuadro de la solicitud destinado a "Cuerpo o Escala" se hará constar "Escala de Gestión de Sistemas e Informática" de la Universidad de Oviedo.

3.3.2. En el recuadro destinado a "Forma de acceso" señalarán la letra L.

3.3.3. En supuestos de minusvalía se hará constar dicha condición, así como el grado reconocido por las autoridades competentes, debiendo cumplimentar, en el caso en que sea necesario, la adaptación de tiempo y/o medios que se solicitan para la realización de la entrevista.

3.4. Los derechos de examen serán de 36 euros, y se ingresarán en Unicaja, Número de cuenta: ES92 2103 8557 1100 3000 0604, bajo el nombre," Acceso a la bolsa de la Escala de Gestión de Sistemas e Informática" Constará como nombre del remitente el del mismo aspirante y se adjuntará una copia del resguardo de la imposición. La falta de pago de estos derechos no es subsanable y determinará la exclusión del aspirante.

3.5. A la solicitud se acompañará:

3.5.1. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o documento que acredite las condiciones exigibles a las personas que no tengan nacionalidad española.

3.5.2. Justificante de haber abonado los derechos de participación.

3.5.3. Fotocopia de la titulación académica requerida para acceder a la convocatoria.

3.5.4. Se acompañarán también los títulos, contratos y documentos que se estimen oportunos para la justificación de los méritos de los aspirantes.

3.5. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4.—Admisión de aspirantes.

4.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Oviedo, a propuesta del Tribunal Calificador, dictará Resolución en el plazo máximo de 10 días hábiles, que se publicará en la página web de la Universidad de Oviedo, y aprobará las listas provisionales de admitidos y excluidos con indicación de las causas de la exclusión. En las listas deberán constar en todo caso los apellidos, nombre y parte del número del Documento Nacional de Identidad.

4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y excluidos.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen sobre la omisión, justificando el derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.

4.3. Finalizado el plazo de subsanación, y en el plazo de 10 días hábiles, el Rector de la Universidad, a propuesta del Tribunal, dictará Resolución, aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, que se publicará en la página web de la Universidad de Oviedo, y contra ella se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano convocante, en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a su publicación, indicándose que, en este caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La Resolución definitiva señalará el lugar, la fecha y la hora de realización de la entrevista.

5.—Tribunales.

5.1. El Tribunal Calificador de este proceso es el que figura en el anexo III a esta convocatoria.

5.2. Los miembros del Tribunal y el Secretario deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos algunas de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público o hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de esta convocatoria en los cinco años anteriores a la publicación de la misma.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal, a tenor del artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.3. La autoridad convocante publicará en el Boletín Oficial del Principado de Asturias resolución por la que se nombre a los miembros del Tribunal que sustituyan a los que hayan perdido su condición por causa de abstención o recusación.

5.4. Actuará como Secretario, al amparo de lo previsto en el artículo 16 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, un funcionario al servicio de la Universidad de Oviedo, que actuará con voz y sin voto.

5.5. Previa convocatoria del Presidente, para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia del Presidente, el Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros.

En la sesión constitutiva el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de este proceso selectivo.

5.6. A lo largo del proceso selectivo el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de esta convocatoria y determinará las actuaciones convenientes en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de Asesores Especialistas, limitándose éstos a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de los mismos deberá comunicarse al Rector de esta Universidad, a fin de que sea formulada la oportuna Resolución de nombramiento.

5.8. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Gerencia de la Universidad, Plaza de Riego, número 4, Oviedo, en la que los interesados podrán recibir información administrativa sobre el desarrollo del proceso selectivo. No obstante, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los medios de notificación y publicación previstos en esta convocatoria.

5.9. El Tribunal que actúe en este proceso selectivo tendrá la categoría segunda, tal como se recoge en las Bases de Ejecución de los Presupuestos de la Universidad de Oviedo para el ejercicio 2024.

6.—Desarrollo del proceso selectivo.

6.1. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.

6.2. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de esta Universidad, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

Contra la exclusión del aspirante se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al de su notificación, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, conforme al artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

7.—Propuesta.

7.1. Concluida la valoración de los méritos, el Tribunal hará público el resultado en la página web de la Universidad.

7.2. El Presidente del Tribunal enviará al Rector, para su ratificación, la propuesta de lista de candidatos por el orden de puntuación alcanzada, a fin de que pueda ser utilizada, cuando sea necesario, para nombrar funcionarios interinos de la Escala de Gestión de Sistemas e Informática.

Contra dicha propuesta cabe interponer recurso de alzada ante el Rector en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación, a tenor de lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

8.—Presentación de documentos.

8.1. Por la autoridad convocante, a propuesta del Tribunal Calificador, se procederá a ratificar la lista resultante, que será publicada en la página web de la Universidad de Oviedo.

9.—Norma final.

Contra la presente convocatoria se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la fecha de su publicación ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano convocante, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, indicándose que, en este caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, de conformidad con lo dispuesto en Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los actos administrativos derivados de la convocatoria podrán ser impugnados en los casos y forma establecidos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Oviedo, a 6 de marzo de 2024.—El Rector.—Cód. 2024-02224.

Anexo I

BAREMO

I.—Méritos académicos: máximo 45 puntos

1.—Titulación (máximo 20 puntos)

• Título de Ingeniero en Informática o equivalente: 10 puntos

• Título de Máster Universitario de la familia de Informática o Telecomunicaciones: 5 puntos por cada uno hasta un máximo de 10 puntos

2.—Cursos relacionados con la plaza (25 puntos)

Solo se valorarán los cursos impartidos, homologados o acreditados por organismos oficiales, Administraciones Públicas, Colegios Profesionales o por empresas u organismos privados de reconocido prestigio, estándares de facto en el sector o propietarios de las soluciones sobre las que verse la formación, cuya duración sea de 30 horas o superior y cuyo contenido verse sobre las siguientes materias:

— Análisis y diseño de sistemas de información.

— Desarrollo

o Lenguajes de programación

o Bases de datos, SQL

o Web

o Móvil

o Pruebas

o Ingeniería y arquitectura de software

o Herramientas de desarrollo

o Administración electrónica, tramitación

o Servicios web

— Gestión de proyectos

— Gestión del dato (Big Data)

— Diseño y maquetación Web

— Redes y comunicaciones

— Ciberseguridad

— Sistemas operativos y servidores

— Hardware

— Informática general

— Protección de datos

Se excluye la asistencia a jornadas o seminarios.

• Por cada curso de formación comprendido entre 30 y 70 horas, se atribuirá 1 punto por curso.

• Por cada curso de formación comprendido entre 71 y 150 horas, se atribuirá 2 puntos por curso.

• Por cada curso de formación comprendido entre 151 y 200 horas, se atribuirá 3 puntos por curso.

• Por cada curso de formación superior a 200 horas, se atribuirá 4 puntos por curso.

Si en la certificación de dichos cursos consta que ha habido aprovechamiento se incrementará en 1 punto la valoración.

II.—Méritos profesionales: máximo 40 puntos

Se valorará el desempeño de puestos de trabajo que guarden similitud con el contenido de las funciones del puesto en cualquier Administración Pública: 0,34 puntos por cada mes de servicio.

También se valorará el desempeño de puestos de trabajo en la empresa privada que guarden similitud con el contenido de las funciones de puestos de esta categoría: 0,17 puntos por cada mes de servicio.

Sólo se valorará la experiencia cuando se acredite de forma fehaciente con el correspondiente informe de la vida laboral y la copia de los correspondientes nombramientos o contratos, y, en caso de no coincidencia de las denominaciones de los puestos, mediante la certificación de las funciones desarrolladas.

III.—Entrevista: máximo 15 puntos

Se efectuará una entrevista a todos candidatos, que serán convocados por orden alfabético, previo sorteo de la letra inicial realizado por el Tribunal. Las preguntas serán similares para todos ellos y versarán sobre las funciones del puesto a cubrir, experiencia profesional y todos aquellos aspectos que ayuden al Tribunal a valorar la competencia, idoneidad y capacidad de la persona entrevistada.

Total de la puntuación máxima: 100 puntos

Anexo III

TRIBUNAL CALIFICADOR

Titulares

Presidente: Doña Silvia Álvarez-Barriada Fernández

Vocales:

1.º Doña M.ª Ángeles Bello García

2.º Don Luis Miravalles Martínez

3.º Doña María Suárez Muñiz, elegida por sorteo

4.º Don Juan Carlos Granda Candás

Secretaria: Doña Mercedes Palacio Menéndez, con voz y sin voto

Suplentes:

Presidente: Don Javier Pérez Arenal

Vocales:

1.º Doña M.ª Eugenia Cabal Montes

2.º Don José Fernández Rico

3.º Doña Lorena Fernández Sampedro, elegida por sorteo

4.º Don Antonio Robles Álvarez

Secretaria: Doña María Teresa Uría Paíno, con voz y sin voto

Ficheros adjuntos

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