Edicto sobre apertura de cobranza por el Área de Recaudación del impuesto sobre grandes establecimientos comerciales del ejercicio 2024.

ENTE PÚBLICO DE SERVICIOS TRIBUTARIOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Se pone en conocimiento de los contribuyentes y demás interesados que, desde el día 20 de abril a 20 de junio de 2024, tendrá lugar la cobranza del impuesto sobre grandes establecimientos comerciales correspondiente al ejercicio 2024.

Esta gestión recaudatoria se efectúa por el Área de Recaudación del Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias al amparo de lo establecido en el artículo 34 del Decreto Legislativo 1/2014, de 23 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales del Principado de Asturias en materia de Tributos Propios; así como en los artículos 7, 8 y 15 del Decreto 139/2009, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Grandes Establecimiento Comerciales.

El pago se efectuará en las entidades financieras colaboradoras en la gestión de tributos, acudiendo con el documento de pago que les será remitido por correo. Este envío no tiene carácter de notificación ni es determinante de la obligación de pago. Si por cambio de domicilio o cualquier otra circunstancia no dispusieran de documento de pago podrán obtenerlo en cualquier de nuestras oficinas (anexo).

También podrán obtener copia del recibo a través de Internet, accediendo al portal http://www.tributasenasturias.es, apartado "Sede electrónica", apartado "copia del documento para el pago de tributos", pudiendo asimismo realizar el pago por vía telemática desde el apartado "Pagos Telemáticos".

Los lugares, días y horas de ingreso serán los que correspondan a la ubicación, días laborables y horas de caja de cada entidad bancaria.

Se recuerda la conveniencia de hacer uso de la domiciliación del pago en las entidades financieras. Los recibos domiciliados disfrutarán de una reducción del 1% en la cuota según lo establecido en el artículo 16 de citado Reglamento, teniendo la misma efectos para el ejercicio siguiente.

Por último, se advierte que de acuerdo con lo preceptuado en el art. 161.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, transcurrido el plazo de pago en período voluntario y sin más notificación ni requerimiento, las deudas no satisfechas serán exigidas en vía ejecutiva, devengándose los intereses de demora y recargos del período ejecutivo, en los términos de los artículos 26 y 28 de dicha Ley, y en su caso, las costas del procedimiento de apremio.

Oviedo, a 14 de febrero de 2024.—La Jefa del Área de Recaudación.—Cód. 2024-01689.

Anexo

Oficinas de Servicios Tributarios del Principado de Asturias

AVILÉS

C/ del Muelle, nº 8 (Antiguo Edificio

de la Autoridad Portuaria de Avilés)

33402 Avilés

CANDÁS

C/ Santa Eulalia, 1-3 (Ayuntamiento)

33430 Candás

CANGAS DE ONÍS

Pz. de Camila Beceña, 2 - 1

33550 Cangas de Onís

CANGAS DEL NARCEA

C/ Carmen Conde, s/n

33800 Cangas del Narcea

GIJÓN

C/ Mariano Pola, nº 3 (Antiguos Juzgados de Poniente)

33212 Gijón

GRADO

C/ La Moratina, s/n (Antiguo Mercado de Ganado)

33829 Grado

LLANES

C/ Nemesio Sobrino, s/n (Ayuntamiento)

33500 Llanes

LUARCA

Ps del Muelle, 4

33700 Luarca

MIERES

C/ Vital Aza Álvarez-Buylla, 7

33600 Mieres

NAVIA

Avda./ Carlos Peláez, 22 bajo.

33710 Navia

OVIEDO

C/ Hermanos Menéndez Pidal, 7 - 9

33005 Oviedo

POLA DE LAVIANA

Pz. de Armando Palacio Valdés, s/n (Ayuntamiento)

33980 Pola de Laviana

POLA DE SIERO

C/ Alcalde Parrondo, 16 - Bj

33510 Pola de Siero

PRAVIA

C/ Río Narcea, 4

33120 Pravia

SAMA DE LANGREO

C/ Dorado, 15

33900 Sama de Langreo

TINEO

Pz. Alonso Martínez, 2 (Edificio de la Audiencia)

33870 Tineo

VEGADEO

C/ La Milagrosa, 16 - bajo

33770 Vegadeo

VILLAVICIOSA

C/ Magdalena, 42, esquina C/ Manuel Bedriñana

33300 Villaviciosa

Ficheros adjuntos

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