Extracto de la Resolución de 13 de febrero de 2024, de la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo, por la que se convocan ayudas para la realización de estancias breves en otros centros de investigación del programa de ayudas "Severo Ochoa" para la formación en investigación y docencia en el año 2024.

BDNS (Identif.): 744195.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/744195)

Primero.—Beneficiarios:

Podrán resultar personas beneficiarias aquellas que sean beneficiarias de una ayuda del programa "Severo Ochoa" en la actualidad, con independencia del año de concesión, siempre que previamente no se haya obtenido una ayuda para más de dos estancias breves. No se podrá solicitar la ayuda para más de una estancia por anualidad. En la presente convocatoria podrá solicitarse la ayuda durante el primer año de concesión.

Segundo.—Objeto:

La realización de estancias breves de carácter formativo en centros distintos al centro de aplicación de la ayuda concedida, de reconocido prestigio, con la finalidad de realizar tareas de aprendizaje en laboratorios de investigación, adquisición de nuevas técnicas instrumentales y otras actividades directamente vinculadas con el plan de formación o perfeccionamiento para el que se concedió la ayuda.

Tercero.—Bases reguladoras:

Se aprueban por Resolución de 3 de junio de 2016, de la Consejería de Educación y Cultura (BOPA de 10 de junio), modificadas por Resoluciones de 27 de julio de 2016 (BOPA de 2 de agosto) y 30 de octubre de 2018 (BOPA de 7 de noviembre).

Cuarto.—Cuantía:

La convocatoria se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 14.05-422D-782.022 "Fomento de la investigación científica" de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2024, por un importe de 200.000 euros.

La cuantía total máxima de las ayudas podrá ser complementada con cien mil euros (100.000 €) procedentes de otros créditos que se puedan reasignar, generar, incorporar, o con ampliaciones de crédito, con posterioridad a la presente resolución. Esta dotación presupuestaria adicional se publicará en Boletín Oficial del Principado de Asturias. El posible incremento del montante de la financiación destinada a la convocatoria no implicará en ningún caso la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes.

La ayuda máxima a conceder a cada persona beneficiaria para la realización de las estancias breves solicitadas a lo largo del año no superará en ningún caso los 3.000 euros, sumados todos los conceptos, y se concretará en una ayuda por importe de 40 euros diarios contados desde el día de la partida al del regreso, ambos inclusive, a la que se sumará una ayuda para el desplazamiento con los siguientes límites:

— Si el desplazamiento se realiza a un centro ubicado en un país europeo perteneciente a la UE o a la EFTA: hasta 600 euros.

— Si el desplazamiento se realiza fuera de dichos países: hasta 1.200 euros.

Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes se extenderá un mes a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Sexto.—Otros datos:

En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la ficha que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0081T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.

Oviedo, a 13 de febrero de 2024.—El Consejero de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo, Borja Sánchez García.—Cód. 2024-01618.

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