Resolución de 7 de febrero de 2024, de la Presidencia del Principado de Asturias, por la que se designan los componentes de la Comisión que ha de estudiar y valorar las solicitudes de la convocatoria de 2024 de subvenciones para apoyo en la financiación de proyectos y actuaciones arqueológicas sobre bienes del Patrimonio Cultural de Asturias.

Examinado el expediente de convocatoria de 2024 de subvenciones para apoyo en la financiación de proyectos y actuaciones arqueológicas sobre bienes del Patrimonio Cultural de Asturias, del que resultan los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero.—Por Resolución 3 de abril de 2018, de la Consejería de Educación y Cultura, se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para apoyo en la financiación de proyectos y actuaciones arqueológicas sobre bienes del Patrimonio Cultural de Asturias (BOPA 82, de 10/04/2018).

Se encuentra en tramitación la convocatoria de subvenciones para apoyo en la financiación de proyectos y actuaciones arqueológicas sobre bienes del Patrimonio Cultural de Asturias para este ejercicio 2024.

Segundo.—Que, para la resolución de los expedientes de la citada convocatoria, se hace preciso que conforme a lo dispuesto en la base X "Comisión Valoradora", se designe, mediante la presente, a los miembros integrantes de la Comisión de valoración que valore las solicitudes cursadas.

Tercero.—Conforme a lo dispuesto en citada base X, dicha Comisión estará formada por los siguientes miembros: Presidencia, que recaerá en el titular de la Dirección General competente en materia de Patrimonio Cultural (pudiendo delegar la presidencia en la persona que ostente la jefatura del servicio con competencias en materia de Patrimonio Cultural); un mínimo de 2 y un máximo de 4 vocales, que habrán de estar adscritos a la Consejería con competencias en materia de Patrimonio Cultural, y un Secretario/a, que será persona adscrita a la Consejería competente en materia de Patrimonio Cultural, con voz pero sin voto.

Fundamentos de derecho

Primero.—La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones establece en el artículo 22 que el procedimiento ordinario de concesión de subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, esto es, mediante la aprobación de la oportuna convocatoria pública previa aprobación de las bases reguladoras de la misma. Asimismo, el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el Régimen General de concesión de subvenciones, establece en los artículos 6.2 y 7 que el otorgamiento de subvenciones innominadas y genéricas en el ámbito de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias se realizará mediante convocatoria pública, previa aprobación de las bases reguladoras de la misma.

Segundo.—La competencia en materia de subvenciones corresponde a la persona titular de la Viceconsejeria de Cultura, Política Llingüística y Deporte, al amparo de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley del Principado de Asturias 6/1984, de 5 de julio del Presidente y del Consejo de Gobierno, y lo dispuesto en el Decreto 22/2023, de 31 de julio, del Presidente del Principado de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de las Comunidad Autónoma (modificado por el Decreto 9/2024, de 26 de enero, del Presidente del Principado de Asturias, de primera modificación del Decreto 22/2023, de 31 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, BOPA núm 24, de 2/02/2024), y en el Decreto 67/2023, de 11 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Presidencia del Principado de Asturias y sus órganos de apoyo (modificado por el Decreto 4/2024, de 27 de enero, de primera modificación del Decreto 67/2023, de 11 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Presidencia del Principado de Asturias y sus órganos de apoyo, BOPA núm. 24, de 2/02/2024).

Por Resolución de 19 de octubre de 2023, del Presidente del Principado de Asturias, se delegan determinadas atribuciones de la Presidencia (BOPA núm. 205, de 02/11/2023), en la persona titular de la Viceconsejeria de Cultura, Política Llingüística y Deporte. En concreto, se delega la competencia para la convocatoria pública y la resolución de toda clase de procedimientos de concesión de subvenciones, que se financien con cargo al programa presupuestario 458D "Protección Patrimonial", así como la revocación o el reintegro de las mismas, cuando proceda.

Tercero.—Son de aplicación las previsiones del artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y del artículo 7, párrafo 1.º, apartado e), del Decreto 71/1992, de 29 de octubre por el que se regula el Régimen general de concesión de subvenciones, en relación al órgano colegiado que, de conformidad con las Bases reguladoras para la concesión de subvenciones para apoyo en la financiación de proyectos y actuaciones arqueológicas sobre bienes del Patrimonio Cultural asturiano, ha de proponer la concesión y/o denegación de las subvenciones.

En consecuencia, vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación,

RESUELVO

Primero.—Designar como miembros de la Comisión de valoración de las solicitudes cursadas en el seno de la convocatoria de 2024 de subvenciones para apoyo en la financiación de proyectos y actuaciones arqueológicas sobre bienes del Patrimonio Cultural de Asturias, a las siguientes personas:

— Presidencia: D. Pablo León Gasalla, Director General de Cultura y Patrimonio.

— Vocales:

D. Jaime Hidalgo López, Jefe del Servicio de Patrimonio Cultural. En su ausencia, será suplente D. Ricardo Francisco González Rodríguez, Jefe de Sección de Conservación y Restauración del Servicio de Patrimonio Cultural.

Dña. María Antonia Pedregal Montes, Directora del Museo Arqueológico de Asturias. En su ausencia, será suplente D. César García de Castro Valdés arqueólogo adscrito al Museo Arqueológico de Asturias.

Dña. María del Pilar Fernández Sabariego, Jefa de Sección de Gestión Arqueológica, del Servicio de Patrimonio Cultural. En su ausencia, será suplente D. José Antonio Fernández de Córdoba Pérez, arqueólogo adscrito al Servicio de Patrimonio Cultural.

— Secretaria: Dña. Noemí Uría Álvarez, técnica jurídica del Servicio de Patrimonio Cultural. En su ausencia, será suplente D. Moisés Peláez García, Jefe de Sección Secretaria de Consejo de Patrimonio Cultural de Asturias del Servicio de Patrimonio Cultural.

Segundo.—Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

En Oviedo, a 7 de febrero de 2024.—La Viceconsejera de Cultura, Política Llingüística y Deporte, Ana Vanesa Gutiérrez González (por delegación aprobada por Resolución de 19 de octubre de 2023; BOPA 02/11/2023).—Cód. 2024-01425.

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