Acuerdo de 6 de febrero de 2024, de la Mesa de la Junta General del Principado de Asturias, por el que se convoca el proceso selectivo, en turno libre y por el procedimiento de oposición, de una plaza del Cuerpo de Ingenieros Superiores Industriales e Informáticos de la Junta General del Principado de Asturias, Grupo A, Subgrupo A1, y se aprueban las bases por las que se ha de regir la convocatoria (2024/39/B1202).

1. La oferta de empleo público de la Junta General del Principado de Asturias correspondiente al ejercicio 2023, aprobada por Acuerdo de la Mesa de la Cámara de 19 de diciembre de 2023 (Boletín Oficial de la Junta General del Principado de Asturias, XII Legislatura, Serie C, núm. 27, de 20 de diciembre de 2023), incluye una plaza del Cuerpo de Ingenieros Superiores Industriales e Informáticos, Grupo A, Subgrupo A1, a la que se accederá por oposición, mediante convocatoria en turno libre.

2. Se procedió a la remisión del borrador de las bases de la convocatoria a la representación de personal, que no ha formulado alegaciones.

En atención a lo expuesto, en uso de la competencia atribuida por el artículo 6 e) del Estatuto de Personal de la Junta General del Principado de Asturias, la Mesa de la Cámara acuerda:

Primero. Convocar proceso selectivo para el acceso a una plaza del Cuerpo de Ingenieros Superiores Industriales e Informáticos, Grupo A, Subgrupo A1, en turno libre y por el procedimiento de oposición.

Segundo. Aprobar las bases que regirán la presente convocatoria y que se detallan a continuación, ordenando su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias. También se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta General y en la web de la Junta General.

Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Mesa de la Junta General en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso administrativa, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de dicha publicación, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer el contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, no pudiendo simultanearse ambos recursos. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen oportuno.

BASES

Primera.—Objeto y normas de aplicación.

1. La presente convocatoria tiene por objeto la provisión de una plaza del Cuerpo de Ingenieros Superiores Industriales e Informáticos de la Junta General del Principado de Asturias (en adelante, Junta General), Grupo A, Subgrupo A1, a proveer en régimen de funcionario de carrera por el sistema de oposición, turno libre.

2. La convocatoria se rige por estas bases, por el Estatuto de Personal de la Junta General, por las Normas complementarias de ingreso del personal, de provisión de puestos de trabajo y de promoción interna de los funcionarios de la Junta General y, en lo no previsto, por las demás normas vigentes que sean de aplicación.

3. El tratamiento de los datos personales aportados durante el proceso de selección se realizará conforme a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Segunda.—Requisitos para concurrir.

1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

1.1. Nacionalidad:

1.1.1. Tener la nacionalidad española.

1.1.2. También podrán participar:

a) Los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea y las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

b) Los cónyuges de españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea siempre que no estén separados de derecho.

c) Los descendientes de españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, que sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

Los aspirantes de nacionalidad distinta de la española deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.

1.2. Capacidad:

Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. A tal efecto, quienes superen las pruebas serán sometidos a reconocimiento médico por la entidad encargada de la vigilancia de la salud del personal de la Junta General antes de su nombramiento, debiendo obtener la calificación de apto para el desempeño de las tareas del Cuerpo al que se aspira.

1.3. Edad:

Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.

1.4. Habilitación:

1.4.1. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los organismos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso a cuerpos o escalas de funcionarios.

1.4.2. En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

1.5. Titulación:

1.5.1. Estar en posesión o en condiciones de obtener, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, el título de Ingeniero en Informática, Licenciado en Informática o Grado en Ingeniería Informática.

A estos efectos, se entiende que se está en condiciones de obtener la titulación cuando, en el plazo de presentación de solicitudes, se hayan superado los correspondientes planes de estudios o pruebas que permitan acceder a dicha titulación.

1.5.2. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.

2. Los requisitos de participación relacionados en el apartado 1 deberán poseerse el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en la fecha de toma de posesión, acreditándose previamente a esta conforme se establece en las presentes bases.

Tercera.—Solicitudes y plazo de presentación.

1. Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán hacerlo mediante solicitud dirigida a la Presidencia de la Junta General, que deberá ser presentada en el Registro de la Junta General o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPACAP), cumplimentada en impreso normalizado según el modelo que se contiene en el anexo I. El modelo, único válido para solicitar la participación en la prueba selectiva, puede descargarse en la página web de la Junta General (https://www.jgpa.es/) u obtenerse en las dependencias de la Junta General (calle Cabo Noval, 9, 33007, Oviedo).

2. Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento que precisen adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de las pruebas que forman parte de la fase de oposición, deberán indicarlo en el apartado correspondiente de su solicitud. El Tribunal examinará y resolverá motivadamente tales peticiones, debiendo requerir a dicho efecto el oportuno informe del órgano técnico competente de la Comunidad Autónoma en el que se expresen las medidas concretas de adaptación necesarias, en función de las características específicas de las pruebas de oposición y el tiempo establecido para su desarrollo.

3. La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (en adelante, BOPA).

Cuarta.—Protección y gestión de los datos de carácter personal.

1. Los datos personales recogidos durante el proceso de selección serán tratados por la Junta General del Principado de Asturias, responsable del tratamiento, con la finalidad de gestionar su solicitud de admisión a las pruebas selectivas y, en su caso, la futura relación de servicios, así como para conformar la lista para el nombramiento de funcionarios interinos y para realizar las comunicaciones necesarias para todo ello.

2. Los datos identificativos (nombre y apellidos y número del documento de identidad) que consten en la solicitud de admisión, las posibles causas de exclusión, y las puntuaciones obtenidas durante el proceso selectivo, se publicarán, en la oportuna fase, en el tablón de anuncios y en la página web de la Junta General en la forma que determina la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y no serán cedidos a terceros, salvo obligación legal.

3. El tratamiento se basa en el consentimiento de las personas que voluntariamente participan en el proceso selectivo. La presentación de la solicitud de admisión implica la aceptación del tratamiento de los datos aportados, pudiendo, no obstante, ejercer el interesado, en cualquier momento, el derecho de acceso, rectificación, supresión y portabilidad, de limitación y oposición a su tratamiento, y a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando proceda, dirigiendo escrito a la Junta General del Principado de Asturias, calle Fruela 13, 33007 Oviedo, o por correo electrónico a la dirección dpd@jgpa.es.

Quinta.—Admisión de aspirantes.

1. Concluido el plazo de presentación de solicitudes, dentro de los dos meses siguientes el Presidente de la Junta General dictará resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el BOPA, señalando los lugares en los que la lista se expone al público. En todo caso, la lista se publicará en el tablón de anuncios y en la página web de la Junta General.

2. Para subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión en la lista provisional, los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación en el BOPA de la lista provisional, transcurrido el cual sin efectuarla se producirá la caducidad de su derecho.

3. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4. Transcurrido el plazo anterior, y examinadas las reclamaciones, el Presidente dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y, en su caso, excluidos, en la que se indicará la fecha, hora y lugar de comienzo de la primera prueba y el orden de actuación de los aspirantes, y que será publicada en el BOPA, señalando los lugares en los que la lista se expone al público. En todo caso, la lista se publicará en el tablón de anuncios y en la página web de la Junta General.

5. La resolución que apruebe la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos pondrá fin a la vía administrativa y contra ella se podrá interponer recurso de reposición ante el Presidente en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOPA, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la LPACAP, o bien recurso contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de dicha publicación, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer el contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, no pudiendo simultanearse ambos recursos. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen oportuno.

6. Si en cualquier momento posterior a la resolución a que se refiere el apartado anterior, incluso durante la celebración de las pruebas, el Tribunal advirtiere inexactitud o falsedad en la solicitud o documentación aneja de cualquier aspirante que constituyere causa de exclusión, ésta se considerará siempre insubsanable y el Tribunal propondrá al Presidente de la Junta General que resuelva la exclusión.

Sexta.—Tribunal.

1. Al Tribunal le corresponde el desarrollo y la calificación del proceso selectivo.

2. El Tribunal será designado por la Mesa de la Junta General, y dicha designación se hará pública simultáneamente con la resolución que aprueba la lista provisional de admitidos a que se refiere la base anterior.

3. Para su constitución y actuación válidas se requerirá la asistencia de la mitad más uno de sus miembros, titulares o suplentes, y siempre la del presidente y el secretario.

4. Serán causas de abstención y recusación de los miembros del Tribunal, así como de los asesores especialistas que en su caso designe, las previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y 25.3 del Estatuto de Personal de la Junta General. La recusación se resolverá conforme a lo previsto en el artículo 24 de la citada Ley.

5. El Tribunal deberá ajustarse, en su actuación y funcionamiento, a los principios de profesionalidad, objetividad, neutralidad e imparcialidad.

6. El Tribunal podrá solicitar de la Mesa de la Junta General la incorporación de asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas, que actuarán con voz y sin voto. También podrá proponer a la Mesa de la Junta General la designación de funcionarios que colaboren temporalmente en el desarrollo del proceso de selección con competencias de ejecución material y ordenación administrativa que les atribuya el Tribunal.

7. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Junta General, calle Cabo Noval, 9, 33007 Oviedo.

Cualquier consulta sobre el desarrollo del proceso selectivo se podrá realizar también a través de la dirección de correo electrónico ingenieros2024@jgpa.es. Este correo no tiene la consideración de registro telemático.

8. Los anuncios del Tribunal se publicarán en el tablón de anuncios de la Junta General y se incluirán en la página web de la Junta General, www.jgpa.es.

9. El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.

10. Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante, previa audiencia del interesado.

11. El Tribunal queda facultado para resolver cuantas dudas se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo en todo lo no previsto en las presentes bases.

Séptima.—Desarrollo de los ejercicios.

1. Las pruebas, que no podrán comenzar antes del 1 de octubre de 2024, se celebrarán en el lugar, día y hora que establezca la resolución a que se refiere el apartado 4 de la base quinta.

2. El llamamiento de los aspirantes se iniciará por la letra «K», resultante del sorteo para la determinación del orden de actuación de aspirantes en las pruebas selectivas de ingreso que se celebren en el ejercicio 2024, según Resolución del Letrado Mayor de la Junta General de 21 de diciembre de 2023. En caso de que no existiera ningún aspirante cuyo apellido empezara por esa letra, el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido empiece por la letra siguiente en el orden alfabético, y así sucesivamente.

3. En cada prueba, la comparecencia de los aspirantes será requerida de viva voz y en llamamiento único, quedando excluidos quienes no comparezcan en el acto.

No obstante, las aspirantes embarazadas que prevean la coincidencia del parto con las fechas de realización de cualquiera de los ejercicios por las circunstancias derivadas de su avanzado estado de gestación, o eventualmente en los primeros días del puerperio, podrán ponerlo en conocimiento del tribunal adjuntando a la comunicación el correspondiente informe médico oficial. La comunicación deberá realizarse dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes al anuncio de la fecha del examen e implicará el consentimiento de la interesada para permitir el acceso del tribunal o del órgano convocante a los datos médicos necesarios relacionados con su situación. El tribunal, basándose en la información recibida, acordará si procede o no realizar la prueba en un lugar alternativo, aplazarla o adoptar ambas medidas conjuntamente. Contra tal acuerdo no cabrá recurso, sin perjuicio de que las razones de la impugnación se incluyan en cualquier otro recurso admisible de acuerdo con las reglas generales del proceso selectivo.

4. Al concluir cada ejercicio se publicará en el tablón de anuncios de la Junta General, así como en su página web la convocatoria del siguiente con la relación de aspirantes aprobados que hayan de actuar en el mismo. La fecha de celebración del siguiente ejercicio se decidirá por el Tribunal que, con carácter general, deberá observar un intervalo mínimo de tres días hábiles entre la publicación de la calificación del anterior y el comienzo del siguiente.

5. En caso de existir solicitudes de adaptación, con carácter previo a la celebración del primer ejercicio, el Tribunal aprobará una relación comprensiva de los aspirantes que las hayan solicitado, indicando para cada uno de ellos la adaptación concedida o, en su caso, las razones de la denegación. Esa información será notificada a cada uno de los interesados. Además, se hará pública una somera indicación del contenido de la relación. En el caso de que la necesidad de adaptaciones de tiempo y/o medios surgiera de forma sobrevenida a la finalización del plazo de presentación de instancias, el interesado podrá solicitar a la Presidencia de la Junta General la adaptación que precise, con una antelación de, al menos, 10 días hábiles a la celebración del correspondiente ejercicio, aportando informe de los órganos técnicos competentes en el que se acredite la necesidad de adaptación.

6. El proceso de celebración de los ejercicios se extenderá por un plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha de celebración del primero.

Octava.—Estructura y calificación de la oposición.

1. La oposición constará de los siguientes cuatro ejercicios, todos ellos de carácter obligatorio y eliminatorio. En todos ellos, tanto en los enunciados como en las respuestas, se podrá utilizar la terminología técnica y/o acrónimos tanto en inglés como en castellano, según lo aconsejen los usos más extendidos en esa disciplina o en aras de una mayor claridad y precisión.

1.1. Primer ejercicio: ejercicio tipo test en el que los aspirantes contestarán por escrito, en el tiempo máximo que fije el Tribunal y que en ningún caso podrá ser superior a tres horas, a un cuestionario de 100 preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas correcta. La distribución de las preguntas será la siguiente: 30 preguntas versarán sobre la parte general del temario establecido en el anexo II de esta convocatoria y las 70 preguntas restantes versarán sobre la parte específica de dicho temario. El cuestionario contará con 10 preguntas adicionales de reserva, que servirán para sustituir, por estricto orden numérico, las posibles preguntas del cuestionario que pudieran anularse.

El Tribunal podrá determinar el número máximo de aspirantes que serán considerados aptos en este primer ejercicio (numerus clausus). Esta decisión se tomará antes de la realización del ejercicio y se informará de ella a los opositores a través de la hoja de instrucciones que se les entregará el día del examen, la cual será leída antes del inicio del mismo.

1.2. Segundo ejercicio: ejercicio de exposición oral, durante un tiempo máximo de una hora, de tres temas de la parte específica del programa establecido en el anexo II. Cada aspirante sacará a sorteo cuatro temas: uno de entre cada uno de los bloques de la parte específica y otro más de entre toda la parte específica, debiendo elegir libremente tres. El tiempo mínimo dedicado a la exposición de cada tema no podrá ser inferior a diez minutos.

Una vez elegidos los temas, el aspirante dispondrá de quince minutos previos a su exposición para redacción de notas o esquemas, que podrá usar durante la misma, sin que pueda consultar ninguna clase de textos o apuntes.

Concluida la exposición del aspirante, el Tribunal podrá realizarle preguntas o solicitarle aclaraciones sobre aspectos concretos relacionados con los temas expuestos.

La intervención del aspirante, tanto en su exposición como en la posible ronda de preguntas y aclaraciones, podrá ser grabada en formato audiovisual por el Tribunal, a los únicos efectos de valoración de la prueba. El tratamiento de los datos se realizará de conformidad con la normativa de protección de datos, no siendo susceptibles de ningún uso al margen del propio del proceso selectivo. Las grabaciones serán custodiadas por el Secretario del Tribunal y destruidas, en su caso, junto con el resto del expediente de selección.

1.3. Tercer ejercicio: ejercicio de carácter práctico, que consistirá en el planteamiento y resolución por escrito, en un tiempo máximo de dos horas, de dos supuestos prácticos en los que se plantearán cuestiones que, en relación con el temario establecido en el anexo II, puedan suscitarse a un miembro del Cuerpo de Ingenieros Superiores Industriales e Informáticos.

Una vez que los aspirantes hayan terminado de escribir, introducirán los folios que hubieren redactado en un sobre, cuya solapa firmarán el interesado y el Secretario del Tribunal. Los sobres quedarán bajo la custodia del Secretario del Tribunal y serán abiertos por cada aspirante ante el Tribunal para proceder a la correspondiente lectura.

La lectura se realizará por cada aspirante en sesión pública, cuyo lugar, día y hora decidirá el Tribunal, que lo comunicará de viva voz a las personas asistentes a esta prueba antes de su conclusión. Concluida la lectura del aspirante, el Tribunal podrá realizarle preguntas o solicitarle aclaraciones sobre aspectos concretos relacionados con los supuestos prácticos.

1.4. Cuarto ejercicio: ejercicio de idioma que consistirá en la traducción directa del inglés al castellano, con ayuda de diccionario y en un tiempo máximo de una hora, de un texto técnico o de actualidad tecnológica. En su versión en castellano, podrán mantener la terminología técnica y/o acrónimos en inglés en los casos que consideren oportuno.

2. Los ejercicios se calificarán de la siguiente forma:

2.1. Primer ejercicio: Se puntuará entre 0 y 10 puntos. Las contestaciones se puntuarán de la siguiente forma:

— Cada respuesta correcta suma 0,1 puntos.

— Cada respuesta errónea resta 0,05 puntos.

— Cada respuesta en blanco o nula suma 0 puntos.

Será necesario obtener como mínimo 5 puntos para superar el ejercicio, quedando eliminados del proceso selectivo los aspirantes que no alcancen tal puntuación. En caso de que el Tribunal haya establecido un numerus clausus para este ejercicio, se cubrirá empezando por la calificación más alta hasta agotarlo, quedando eliminados los aspirantes que, aun alcanzando 5 puntos, queden fuera del numerus clausus. Si en el último puesto del numerus clausus hay varios aspirantes empatados con la misma puntuación, todos estos podrán continuar el proceso selectivo.

En caso de anularse preguntas, bien en virtud de impugnaciones o bien de oficio por parte del Tribunal, cada pregunta anulada se sustituirá por la siguiente de reserva en orden numérico. Si las preguntas de reserva llegaran a agotarse, el ejercicio se calificará con las preguntas que no hayan sido anuladas y se ajustará el resultado de manera proporcional para obtener una puntuación de 0 a 10.

2.2. Segundo ejercicio: Cada uno de los tres temas se puntuará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos para superar el ejercicio. La calificación final obtenida en este ejercicio será la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los tres temas.

2.3. Tercer ejercicio: Cada uno de los supuestos de carácter práctico se puntuará por el Tribunal de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos para superar el ejercicio. La calificación final obtenida en este ejercicio será la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los dos supuestos prácticos.

2.4. Cuarto ejercicio: Se puntuará entre 0 y 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superar el ejercicio.

2.5. A efectos de calificación de los ejercicios segundo y tercero, el Tribunal valorará los conocimientos concretos de los temas o materias, la formación general, la capacidad de análisis y raciocinio y el orden y claridad de las ideas desarrolladas. En el cuarto ejercicio se valorarán el conocimiento del inglés, la capacidad de comprensión y la calidad de la versión en castellano.

2.6. Si tras la deliberación no se suscitare decisión unánime o consensuada del Tribunal, sus miembros insacularán sus respectivas puntuaciones. Una vez escrutadas, la calificación del aspirante en ese ejercicio será la media aritmética de las mismas. Cuando entre las puntuaciones extremas resultare una diferencia superior al 30% de la máxima puntuación posible, se excluirán del cálculo de la media una puntuación máxima y otra mínima.

2.7. Si resultare igualdad de puntuación final de dos o más aspirantes, se dirimirá mediante la práctica de una prueba adicional de carácter obligatorio que el Tribunal decida relacionada con el programa de la convocatoria o con las funciones propias de la plaza convocada.

Novena.—Propuesta del Tribunal y lista para nombramiento de interinos.

1. Concluida su actuación, el Tribunal hará pública la calificación final, por orden de la puntuación obtenida mediante la suma de las puntuaciones de los cuatro ejercicios, y elevará a la Mesa de la Junta General propuesta de un único nombramiento a favor del aspirante que haya obtenido la mayor puntuación. No se podrá tener por superado el proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

2. Asimismo, la Secretaría General de la Cámara elevará a la Presidencia propuesta de aprobación de la Lista ordinaria para el nombramiento, cuando proceda, de funcionarios interinos del Cuerpo de Ingenieros Superiores Industriales e Informáticos de la Junta General del Principado de Asturias integrada por los opositores que hayan superado alguna de las pruebas de la oposición celebrada, relacionados por orden de prelación de acuerdo con la jerarquía establecida en la letra b) del artículo 22.1 de las Normas complementarias de ingreso del personal, de provisión de puestos de trabajo y de promoción interna de los funcionarios de la Junta General.

Décima.—Presentación de documentación.

1. Dentro de los veinte días naturales desde el siguiente al que se haga pública la calificación final, la persona propuesta presentará en el Registro General de la Junta General los siguientes documentos, todos ellos en copia auténtica, de conformidad con lo previsto en los artículos 27 y 28 de la LPACAP:

1.1. Documento Nacional de Identidad. En el caso de que el aspirante no tenga la nacionalidad española deberá presentar documento equivalente en el país de origen acompañado de una certificación expedida por la autoridad competente que acredite la posesión de la ciudadanía de dicho país desde la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, ambos debidamente adverados.

1.2. Las personas con nacionalidad de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea o, en su caso, de algún otro país al que, en virtud de tratados celebrados por la Unión y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado de la Unión Europea, deberá acreditar documentalmente el cumplimiento de los requisitos que se exigen para la entrada y permanencia en España de las personas con nacionalidad de los estados referenciados.

1.3. Certificado médico expedido por la entidad que tiene encomendada la gestión de salud laboral de la Junta General acreditativo de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del Cuerpo.

1.4. Título académico exigido en la base segunda de esta convocatoria o, en su defecto, certificación académica expresiva de haber concluido con calificación positiva todos los estudios precisos para su obtención. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse la documentación acreditativa de su homologación.

Asimismo, deberá presentar las siguientes declaraciones:

1.5. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado del servicio de ninguna Administración Pública en virtud de expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado, el acceso a la función pública.

1.6. Declaración de no estar afectado de incompatibilidad o ejercicio de opción en el caso de venir desempeñando alguna actividad pública o percibiendo alguna pensión, a efectos del artículo 42 del Estatuto de Personal de la Junta General.

2. Si dentro del plazo o, en su caso, del de prórroga de otros diez días naturales solicitada y concedida por causa de fuerza mayor, la persona propuesta no presenta la documentación quedará automáticamente decaída en su derecho, no pudiendo ser nombrada. En este caso, se entenderá incluido en la propuesta el aspirante que, habiendo sido aprobado, siga en orden de puntuación al inicialmente propuesto.

3. La persona propuesta que ya tuviera la condición de funcionario de carrera o personal laboral fijo estará exenta de justificar los requisitos ya acreditados para obtener su nombramiento o contratación anterior, debiendo presentar únicamente el documento acreditativo de la titulación exigida y una certificación del organismo del cual dependa acreditando su condición.

4. Si la persona que obtuviera la plaza hubiera manifestado su situación de discapacidad con el fin de obtener adaptación de tiempos y medios para la realización de los ejercicios, deberá presentar certificación acreditativa de su condición, expedida por el organismo competente del Principado de Asturias u otras Administraciones Públicas, referida a la fecha de conclusión del plazo de presentación de solicitudes. La falta de presentación de esta certificación, o si ésta fuera negativa, supondrá su exclusión de la propuesta de nombramiento, decayendo en su derecho.

Undécima.—Nombramiento.

1. Presentada la documentación a que hace referencia la base anterior, la Mesa de la Cámara nombrará al aspirante propuesto como funcionario de carrera del Cuerpo de Ingenieros Superiores Industriales e Informáticos de la Junta General del Principado de Asturias.

2. El nombramiento se publicará en el Boletín Oficial de la Junta General, en el tablón de anuncios y en la página web de la Junta General y en el BOPA.

Duodécima.—Toma de posesión.

1. Publicado en el BOPA el nombramiento, el interesado tomará posesión dentro del plazo de un mes desde la publicación.

2. Decaerá en su derecho por la inobservancia de tal plazo, excepto la eventual solicitud y concesión de prórroga por causa justificada.

3. En los supuestos de incapacidad temporal y en los previstos en el artículo 18 de las Normas reguladoras del régimen de jornada, horarios, licencias y vacaciones de los funcionarios de la Junta General, el plazo para la toma de posesión comenzará a contarse desde el momento en que desaparezcan tales supuestos.

Decimotercera.—Impugnación de los actos del Tribunal

Los actos del Tribunal son susceptibles de recurso de alzada ante la Mesa de la Junta General en el plazo de un mes y su resolución agotará la vía administrativa.

Decimocuarta.—Acceso a las bases.

Las presentes bases estarán disponibles en la página web de la Junta General (https://www.jgpa.es/) a partir del día siguiente al de su publicación en el BOPA.

Junta General del Principado de Asturias, 6 de febrero de 2024.—P.D. el Letrado Mayor.—Cód. 2024-01301.

Anexo II

TEMARIO

Parte general

Tema 1. Derecho constitucional (I). Fuentes del Derecho: concepto y clases. La jerarquía de las fuentes del Derecho. La Constitución Española: estructura y contenido básico. Los derechos fundamentales y las libertades públicas en la Constitución: clasificación, eficacia y desarrollo normativo y garantías y límites.

Tema 2. Derecho constitucional (II). El Estado Social y Democrático de Derecho. La división de poderes y el pluralismo político. Formas de representación y participación: democracia directa y democracia representativa. El Parlamento en la forma de gobierno parlamentaria.

Tema 3. Derecho constitucional (III). La ley y la ley orgánica. Las disposiciones del Gobierno con fuerza de ley. El reglamento: concepto, clases y límites.

Tema 4. Derecho constitucional (IV). Formación y evolución del sistema autonómico. Los Estatutos de Autonomía: naturaleza y contenido. La organización política y administrativa de las Comunidades Autónomas

Tema 5. Derecho constitucional (V). El sistema institucional del Principado de Asturias: el Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias. La Ley 7/1984, de 13 de julio, de Relaciones entre el Consejo de Gobierno y la Junta General del Principado de Asturias.

Tema 6. La Junta General del Principado de Asturias (I). La Junta General en el sistema institucional del Principado de Asturias: naturaleza, composición, estructura y funciones. La autonomía parlamentaria y la autonomía normativa: el Reglamento de la Junta General. El mandato parlamentario y el estatuto de los miembros de la Junta General.

Tema 7. La Junta General del Principado de Asturias (II). Los Grupos Parlamentarios: régimen jurídico. La organización de la Junta General. Órganos de gobierno: la Mesa y la Junta de Portavoces. Órganos funcionales: el Pleno y las Comisiones.

Tema 8. La Junta General del Principado de Asturias (III). El funcionamiento de la Junta General: sesiones, orden del día, debates y votaciones, plazos y presentación de documentos, publicaciones y medios de comunicación y disciplina parlamentaria. Digitalización parlamentaria: voto telemático y participación telemática.

Tema 9. La Junta General del Principado de Asturias (IV). El procedimiento legislativo y los procedimientos legislativos especiales. El procedimiento presupuestario: significado, estructura y efectos. El Presidente del Principado de Asturias: investidura, moción de censura y cuestión de confianza. La función de control y de dirección política: interpelaciones y preguntas y solicitudes de información.

Tema 10. La Junta General del Principado de Asturias (V). Autonomía presupuestaria y autonomía administrativa: principios básicos. La estructura organizativa de la Junta General: Normas Reguladoras de la Estructura Orgánica de la Secretaría General de la Junta General.

Tema 11. Derecho administrativo (I). La administración pública y el ordenamiento jurídico-administrativo: principios constitucionales de actuación. La Ley 40/2015, 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: disposiciones generales y órganos de las Administraciones Públicas.

Tema 12. Derecho administrativo (II). La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los actos administrativos: concepto y elementos, clases, eficacia, el silencio administrativo, ejecución y nulidad y anulabilidad. El procedimiento administrativo: concepto y sujetos, derechos y garantías de los ciudadanos y fases del procedimiento. La revisión de los actos en vía administrativa y los recursos administrativos.

Tema 13. Derecho administrativo (III). Los contratos de las Administraciones Públicas: principios generales en materia de contratación administrativa. La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: requisitos necesarios para la celebración de los contratos, procedimientos de contratación y tipos de contratos y características generales.

Tema 14. Derecho administrativo (IV). El empleo público en España: texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. El personal de la Junta General: el Estatuto de Personal.

Tema 15. Derecho administrativo (V). Las políticas públicas en materia de igualdad y no discriminación. La accesibilidad de los servicios públicos: especial referencia a la accesibilidad web.

Tema 16. Transparencia y protección de datos (I). La gobernanza pública y el gobierno abierto. Concepto y principios informadores: colaboración, participación, transparencia y rendición de cuentas. Datos abiertos y reutilización.

Tema 17. Transparencia y protección de datos (II). La transparencia: 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y la Ley 8/2018, de 14 de septiembre, de Transparencia, Buen Gobierno y Grupos de Interés. La transparencia en la Junta General.

Tema 18. Transparencia y protección de datos (III). La protección de los datos personales: la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. La Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

Tema 19. Transformación digital (I). La calidad de los servicios públicos y el papel de las TIC en su modernización. La legislación en materia de sociedad de la información y administración electrónica. El funcionamiento electrónico del sector público: sede electrónica y portal de internet, sistemas de identificación, actuación administrativa automatizada, firma electrónica y archivo electrónico.

Tema 20. Transformación digital (II). Relaciones electrónicas entre las Administraciones. Reutilización de sistemas y aplicaciones y transferencia de tecnología. El Esquema Nacional de Seguridad. El Esquema Nacional de Interoperabilidad.

Tema 21. Transformación digital (III). El Derecho y las TIC: blockchain y tecnologías DLT, smart contracts, criptoactivos, tokens y NFTs.

Tema 22. Transformación digital (IV). Ciberseguridad. Inteligencia artificial y big data: Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial (Ley de Inteligencia Artificial) y se modifican determinados actos legislativos de la Unión.

Tema 23. Transformación digital (V). La transformación digital en la Junta General: e-parlamento, política de gestión de documentos electrónicos, política de firma electrónica y certificados y política de seguridad.

Parte específica

Bloque I. Tecnología básica

Tema 24. Tecnologías actuales de ordenadores: de los dispositivos móviles a los superordenadores y arquitecturas escalables (grid, cluster, MPP, SMP, arquitecturas multinúcleo y otros). Base tecnológica. Componentes, funcionalidades y capacidades.

Tema 25. Conceptos de sistemas operativos. Estructuras, componentes y funciones. Características y evolución. Administración de memoria. Procesos y subprocesos. Entrada/salida. Sistemas de archivo. Sistemas operativos multiprocesador.

Tema 26. Lenguajes actuales de programación: características técnicas.

Tema 27. Entorno de desarrollo JAVA.

Tema 28. Entorno de desarrollo PHP.

Tema 29. Lenguajes y herramientas para la utilización de redes globales. HTML, CSS y XML. Navegadores web y compatibilidad con estándares.

Tema 30. El modelo TCP/IP: arquitectura, capas, interfaces, protocolos, direccionamiento y encaminamiento.

Tema 31. Sistemas operativos UNIX-LINUX. Fundamentos, administración, instalación, gestión.

Tema 32. Sistemas operativos Microsoft. Fundamentos, administración, instalación, gestión.

Tema 33. Administración de sistemas de gestión de bases de datos. Funciones. Responsabilidades. Administración de datos.

Tema 34. Prácticas de mantenimiento de equipos e instalaciones. Mantenimiento preventivo, correctivo y perfectivo. Monitorización y gestión de capacidad.

Tema 35. Virtualización de sistemas y de centros de datos. Virtualización de puestos de trabajo. Maquetas de terminales Windows y de servidores Linux.

Tema 36. Sistemas de almacenamiento para sistemas grandes y departamentales. Dispositivos para tratamiento de información multimedia. Virtualización del almacenamiento. Copias de seguridad.

Tema 37. Seguridad de sistemas. Análisis y gestión de riesgos. Herramientas.

Tema 38. Cloud Computing. IaaS, PaaS, SaaS. Nubes privadas, públicas e híbridas.

Tema 39. El correo electrónico. Servicios de mensajería. Servicios de directorio.

Tema 40. Inteligencia artificial: Finalidad y clasificación: machine learning, deep learning, NLP, visión artificial, sistemas expertos, robótica, y agentes inteligentes. Aspectos éticos.

Tema 41. Identificación y firma electrónica (1) Marco europeo y nacional. Certificados digitales. Claves privadas, públicas y concertadas. Formatos de firma electrónica. Protocolos de directorio basados en LDAP y X.500. Otros servicios.

Tema 42. Identificación y firma electrónica (2) Prestación de servicios públicos y privados. Infraestructura de clave pública (PKI). Mecanismos de identificación y firma: «Smart Cards», DNI electrónico, mecanismos biométricos

Tema 43. Planificación física de un Centro de Tratamiento de la Información. Vulnerabilidad, riesgo y protección. Dimensionamiento de equipos. Factores a considerar.

Bloque II. Desarrollo de sistemas

Tema 44. Concepto del ciclo de vida de los sistemas y fases. Modelos de ciclo de vida. Metodologías de desarrollo de software.

Tema 45. Gestión del proceso de desarrollo (software process management). Objetivos del desarrollo. Actividades de gestión y procesos asociados. Niveles de madurez/capacidad. El proceso unificado (RUP).

Tema 46. Planificación del desarrollo. Técnicas de planificación. La metodología Métrica.

Tema 47. Análisis y especificación de requisitos. Estrategias de determinación de requisitos: entrevistas, derivación de sistemas existentes, análisis y prototipos. Validación de requisitos.

Tema 48. Análisis estructurado. Diagramas de flujo de datos, diagramas de estructura. Flujogramas de sistema. Flujogramas de programa.

Tema 49. Modelización conceptual. Elementos: entidades, atributos, relaciones, identificadores, roles. Reglas de modelización. Validación y construcción de modelos de datos.

Tema 50. Diseño de bases de datos. La arquitectura ANSI/SPARC. El modelo lógico relacional. Normalización. Diseño lógico. Diseño físico. Problemas de concurrencia de acceso. Mecanismos de resolución de conflictos.

Tema 51. Tipos abstractos de datos y estructuras de datos. Tablas, listas y árboles. Algoritmos: ordenación, búsqueda. Grafos. Organizaciones de ficheros.

Tema 52. Diseño de programas. Fundamentos: cohesión y acoplamiento, diseño por capas, concurrencia, eventos, persistencia, gestión de errores y otros.

Tema 53. Técnicas de diseño de software. Estilos arquitectónicos, patrones de diseño, estrategias y métodos de diseño.

Tema 54. Pruebas. Planificación y documentación. Pruebas de caja negra. Pruebas de caja blanca. Utilización de datos de prueba. Pruebas de software, hardware, procedimientos y datos.

Tema 55. Análisis y diseño orientado a objetos. Concepto. Elementos. El lenguaje de modelado unificado (UML).

Tema 56. Aplicaciones Web. Tecnologías de programación. Servicios Web: estándares y protocolos asociados. Interoperabilidad y seguridad en servicios web.

Tema 57. Software de código abierto. Software libre. Conceptos base. Aplicaciones en entorno ofimático y servidores web.

Tema 58. La calidad del software y su medida. Modelos, métricas, normas y estándares.

Tema 59. Accesibilidad, diseño universal y usabilidad. Acceso y usabilidad de las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información.

Tema 60. Minería de datos. Aplicación a la resolución de problemas de gestión. Tecnología y algoritmos. Procesamiento analítico en línea (OLAP).

Tema 61. Gestión documental. Sistemas de gestión documental. Componentes de un sistema de gestión documental. Estándares y normativa.

Tema 62. Archivo electrónico. Estrategias y cuestiones organizativas. Componentes y tecnologías. Archivo a largo plazo. Normativa y estándares.

Bloque III. Redes, comunicaciones e internet

Tema 63. Arquitectura de las redes Intranet y Extranet. Concepto, estructura y características. Su implantación en las organizaciones. Modelo de capas: servidores de aplicaciones, servidores de datos, granjas de servidores.

Tema 64. Redes de telecomunicaciones. Conceptos. Medios de transmisión. Conmutación de circuitos y paquetes. Protocolos de encaminamiento. Infraestructuras de acceso. Interconexión de redes. Calidad de servicio.

Tema 65. El modelo de referencia de interconexión de sistemas abiertos (OSI) de ISO: arquitectura, capas, interfaces, protocolos, direccionamiento y encaminamiento.

Tema 66. Medios de transmisión. Cables metálicos. Cable coaxial. Fibra óptica. Tipología de redes de cable.

Tema 67. Redes inalámbricas: el estándar IEEE 802.11. Características funcionales y técnicas. Sistemas de expansión del espectro. Sistemas de acceso. Autenticación.

Tema 68. Redes de transporte: JDSxWDM, MPLS. Redes de agregación: ATM, Carrier Ethernet-VPLS (H-VPLS).

Tema 69. Redes de área local. Arquitectura. Tipología. Medios de transmisión. Métodos de acceso. Dispositivos de interconexión. Gestión de dispositivos. Administración de redes LAN. Gestión de usuarios en redes locales. Monitorización y control de tráfico. Gestión SNMP. Configuración y gestión de redes virtuales (VLAN). Redes de área extensa.

Tema 70. Principales protocolos de la arquitectura de comunicaciones TCP/IP.

Tema 71. Redes IP: Arquitectura de redes, encaminamiento y calidad de servicio. Transición y convivencia IPv4 - IPv6. Funcionalidades específicas de IPv6.

Tema 72. La seguridad en redes. Control de accesos. Técnicas criptográficas. Mecanismos de firma digital. Intrusiones. Cortafuegos. Redes privadas virtuales.

Tema 73. La red Internet y los servicios básicos.

Tema 74. Redes de nueva generación y servicios convergentes (NGN/IMS). VoIP, ToIP y comunicaciones unificadas.

Tema 75. Aplicaciones móviles. Características, tecnologías, distribución y tendencias.

Tema 76. Sistemas de videoconferencia. Herramientas de trabajo en grupo. Dimensionamiento y calidad de servicio en las comunicaciones y acondicionamiento de salas y equipos. Streaming de vídeo.

Tema 77. Acceso remoto a sistemas corporativos: gestión de identidades, single sign-on y teletrabajo.

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