Resolución de 5 de febrero de 2024, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, por la que se crea y constituye el grupo de trabajo para la elaboración de la Agenda Asturiana 2024-2030 para la Atención Integral de las Personas con Discapacidad.

El I Plan de Atención Integral para las personas con discapacidad de Asturias 2015-2017 junto con la Estrategia de accesibilidad de Asturias 2020-2022, han constituido la hoja de ruta en la administración del Principado de Asturias desde el año 2015.

La Comisión Europea, ha aprobado la nueva Estrategia sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad 2021-2030, en la que se fijan los nuevos modelos de atención a las personas por lo que se hace necesario elaborar una nueva Agenda Asturiana 2024-2030, que recoja los principios y actuaciones de la Unión Europea.

La Agenda Asturiana 2024-2030, además recogerá y alineará algunas de las acciones que ya se están impulsando desde la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar del Principado de Asturias, como son:

— El fomento de la cultura de la accesibilidad universal que el Principado de Asturias ha impulsado con la puesta en marcha de la Oficina Virtual de Accesibilidad Universal (OVAU).

— La puesta en marcha de las Oficinas de Vida Autónoma y Participativa (OVAPs).

— El impulso de la prestación para el asistente personal,

— La Estrategia CuidAs del Principado de Asturias, con el modelo de cuidados de larga duración centrado en la persona.

El objetivo de la Agenda Asturiana 2024-2030 para la Atención Integral de las Personas con Discapacidad, es desarrollar acciones y programas destinados a que las personas con discapacidad en Asturias puedan ejercer sus derechos y desarrollar sus proyectos de vida, con independencia del lugar donde habiten, zona urbana o rural, en ausencia de discriminación. Facilitando para ello, los apoyos, materiales y personales, necesarios que les permita el desarrollo de su vida diaria de una manera normalizada, atendiendo a su calidad de vida y desarrollo de las áreas: personal, emocional, laboral y social.

Por lo expuesto, resulta necesario crear unos grupos de trabajo, como un espacio formal que permita el alineamiento en torno a los objetivos y la coproducción de las actuaciones que atañen a la elaboración del Documento de la Agenda Asturiana 2024-2030 para la Atención Integral de las Personas con Discapacidad.

El artículo 10.1 del Decreto 89/2023, de 18 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, atribuye a la Dirección General de Promoción de la Autonomía Personal y mayores, las funciones de dirección y coordinación de las actuaciones de la Consejería relacionadas con el fomento de la autonomía personal, la atención a personas mayores, con dependencia y/o discapacidad, así como de personas adultas en situación de fragilidad; los cuidados de larga duración y la promoción del envejecimiento activo, así como la accesibilidad universal.

Resolución

Primero.—Constitución de los Grupos y su coordinación.

Crear los Grupo de Trabajo y coordinadores para la elaboración de la Agenda Asturiana 2024-2030 para la Atención Integral de las Personas con Discapacidad

Segundo.—Objetivo.

Es objetivo de estos grupos, la participación y coproducción para la elaboración de la Agenda Asturiana 2024-2030 para la Atención Integral de las Personas con Discapacidad, de los distintos agentes competenciales la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, las distintas Consejerías del Principado de Asturias y las entidades del Tercer Sector de la discapacidad.

Tercero.—Funciones.

A) Serán funciones del Grupo, al menos las siguientes:

1. Identificar y analizar conjuntamente el diagnostico de la situación en los distintos ejes estratégicos que comprenden la Agenda Asturiana 2024-2030 para la Atención Integral de las Personas con Discapacidad.

2. Participar en los procesos de identificación de las líneas de actuación y acciones para la elaboración de la Agenda Asturiana 2024-2030 para la Atención Integral de las Personas con Discapacidad.

3. Participar en la elaboración de un cronograma que permita la planificación de las acciones a desarrollar.

4. Recoger propuestas de los agentes implicados evaluación de la Agenda Asturiana 2024-2030 para la Atención Integral de las Personas con Discapacidad, referidos tanto a su proceso como a la medición de resultados e impacto.

5. Recoger propuestas de mejora para el buen desarrollo de la Agenda Asturiana 2024-2030 para la Atención Integral de las Personas con Discapacidad

B) Serán funciones de los coordinadores de los grupos:

1. Convocar a las personas participantes en el eje responsable de coordinación.

2. Planificar las acciones a desarrollar en cada una de las reuniones del Grupo.

3. Recoger las propuestas de los agentes participantes.

4. Elaborar los documentos de trabajo realizados en cada uno de los eje estratégicos.

5. Realizar reuniones de coordinación trimestral con el resto de coordinadores de los grupos de trabajo.

6. Informar periódicamente del estado de los Grupos a los responsables de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar.

Cuarto.—Composición.

El grupo estará compuesto por miembros designados por las Consejerías del Principado de Asturias, por entidades sin ánimo de lucro y por entidades privadas.

Las coordinadoras de los grupos serán nombradas por la Consejera de Derechos Sociales y Bienestar.

Forman parte del mismo:

• Eje 1 Atención Infantil Temprana. Coordinadora: D.ª Marta del Arco Fernández, Directora General de Infancia y Familias. y Sandra Muñoz Menéndez, psicóloga adscrita a la dirección y referente técnico de las UAIT.

• Eje 2 Accesibilidad Universal. Coordinadora: D.ª María del Pilar Agüera Boves. Terapeuta Ocupacional y Asesora en Accesibilidad Universal. DG. Promoción de autonomía Personal y Mayores.

• Eje 3 Empleabilidad de las personas con discapacidad. Coordinadora: D.ª Aurea López Menéndez. Trabajadora Social. DG. Promoción de Autonomía Personal y Mayores.

• Eje 4 Vida Autónoma y nuevos recursos. Coordinadora: D.ª María Covadonga López Antolín. Jefa de Sección de Mayores. DG. Promoción de Autonomía Personal y Mayores y D.ª María del Pilar Agüera Boves. Terapeuta Ocupacional y Asesora en Accesibilidad Universal. DG. Promoción de autonomía Personal y Mayores.

• Eje 5 Vida comunitaria y participativa. Coordinadora: D.ª Beatriz Cristóbal Corugedo. Trabajadora Social. DG. Promoción de Autonomía Personal y Mayores.

Quinto.—Funcionamiento:

El grupo se reunirá de forma ordinaria con una periodicidad quincenal inicialmente y hasta la elaboración del documento, y de forma extraordinaria cuando lo determine el coordinador del grupo o a solicitud de la tercera parte de sus miembros.

Para su válida constitución a efectos de celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia de las personas que desempeñen la Presidencia y la Secretaría y de, al menos, la mitad de sus miembros.

Las reuniones se realizarán previa convocatoria en la que se fije el orden del día, con una antelación mínima de dos días.

Sexto.—Incorporaciones y asistencia de expertos.

Podrán incorporarse nuevos miembros al grupo, en caso de necesidad debidamente justificada a propuesta de sus miembros.

Asimismo, podrán ser invitados a las reuniones del grupo otros profesionales y autoridades a propuesta del Presidente.

Séptimo.—Régimen jurídico.

En lo no previsto en la presente resolución, el funcionamiento del Grupo se regirá por lo dispuesto en el capítulo II, sección 3.º del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Octavo.—Régimen Económico.

La condición de miembro del Grupo de Trabajo, la participación en sus reuniones, así como la de invitados expertos, no dará derecho a retribución económica alguna por parte de la administración del Principado de Asturias.

Noveno.—Publicación.

Se ordena la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Décimo.—Eficacia.

La presente resolución tendrá efectos el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición de recurso potestativo de reposición ante el titular de la Consejería de Salud en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su notificación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias y en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno.

Oviedo, a 5 de febrero de 2024.—La Consejera de Derechos Sociales y Bienestar.—Cód. 2024-01232.

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