Resolución de 29 de enero de 2024, de la Dirección Gerencia del Organismo Autónomo Establecimientos Residenciales para Ancianos de Asturias, por la que se dispone la contratación laboral fija para la cobertura de 1 plaza de la categoría Titulado/a Superior (Arquitecto/a) (convocatoria BOPA de 2 de diciembre de 2022).

ESTABLECIMIENTOS RESIDENCIALES PARA ANCIANOS DE ASTURIAS (ERA)

A la vista de la propuesta formulada por el Tribunal Calificador que juzgó el proceso selectivo para la provisión de una plaza de la categoría de Titulado/a Superior (Arquitecto/a), grupo A, régimen de personal laboral fijo, correspondiente a la oferta de empleo público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal, por el procedimiento de concurso de méritos, convocado por Resolución de 28 de noviembre de 2022 (BOPA de 2 de diciembre de 2022), y a la vista de los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero.—A tenor de lo dispuesto en la base decimoquinta de la Resolución de 24 de noviembre de 2022, de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático, por la que se aprueban las bases generales que han de regir los procesos selectivos de personal funcionario y de personal laboral derivados de las disposiciones adicionales sexta y octava (concurso) de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, el aspirante propuesto ha presentado la documentación exigida dentro de los 20 días naturales desde el siguiente hábil al de la publicación de la lista de personas que han superado el proceso selectivo.

El aspirante acredita que cumple con los requisitos señalados en la base segunda de la convocatoria del proceso selectivo.

Fundamentos de derecho

Primero.—Conforme establece el artículo 45 de la Ley 7/1991, de 5 de abril, de asistencia y protección al anciano, es función del Director-Gerente del Organismo Autónomo ERA ostentar la representación en toda clase de actos y contratos.

Segundo.—De conformidad con lo establecido en el artículo 43.8 del V Convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración del Principado de Asturias, una vez resuelto el procedimiento selectivo, la Administración se compromete a publicar, con la mayor brevedad posible, la adjudicación de los destinos, a partir de la que se procederá, en un plazo máximo de 7 días, a la firma de los contratos.

Tercero.—El artículo 6 apartado 1 de la Ley del Principado de Asturias 8/2018, de 14 de septiembre, obliga a hacer público en el Portal de Transparencia (artículo 11) "los procesos de selección del personal y provisión de puestos de trabajo. En especial, se publicarán las actas de los órganos selectivos y las resoluciones que pongan fin a los procesos correspondientes."

A tal efecto, se ha de dar traslado de esta Resolución al órgano responsable de la publicidad activa en el ERA, para que se disponga lo necesario para la publicación de esta Resolución en el Portal de Transparencia de la Administración del Principado de Asturias, tal y como dispone el artículo 18.2 b) de la citada Ley 8/2018.

En base a lo expuesto, por la presente

RESUELVO

Primero.—Concertar contrato de trabajo de carácter laboral fijo con el trabajador que figura en el anexo que acompaña a esta Resolución y adjudicar el destino, que tendrá el carácter de definitivo, en el Concejo, Organismo y Centro de trabajo que se cita en el mismo.

Segundo.—Una vez publicada la adjudicación de destino, el Organismo Autónomo ERA procederá, en un plazo máximo de 7 días, a la firma del contrato según establece el artículo 43.8 del Convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración del Principado de Asturias.

Tercero.—Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia y en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, frente a esta Resolución, que es definitiva en la vía administrativa, podrán interponer la correspondiente demanda ante los juzgados de lo social que correspondan a su centro de trabajo o, a su elección, los que correspondan a su domicilio si éste radica en el Principado de Asturias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de notificación de esta Resolución. Ello, sin perjuicio de interponer cualquier otro que estime procedente.

Oviedo, a 29 de enero de 2024.—La Directora Gerente.—Cód. 2024-01233.

Anexo

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