Resolución de 2 de febrero de 2024, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo que se tramita mediante procedimiento ordinario 873/2023, interpuesto ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias.

Vista la diligencia de ordenación de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias en relación con el procedimiento ordinario 0000873/2023, requiriendo a la Consejería de Medio Rural y Política Agraria la remisión de la acreditación de emplazamientos a los posibles interesados en dicho procedimiento, y de la que resultan los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero.—Mediante diligencia de ordenación de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de fecha 20/11/2023 se ha requerido a la Consejería de Medio Rural y Política Agraria la remisión de la acreditación de los emplazamientos a los interesados en el recurso contencioso-administrativo presentado por Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico-ASCEL. Contra la desestimación presunta por silencio administrativo de la solicitud de revisión de oficio del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares para la contratación, por procedimiento abierto simplificado y varios criterios de adjudicación, del servicio para la realización de un estudio científico técnico de la ecología trófica del lobo y su coexistencia con el hombre en Asturias, del procedimiento iniciado de oficio por Resolución de 2 de mayo de 2019, recurso que se tramita como procedimiento ordinario 0000873/2023.

Fundamentos de derecho

Primero.—El artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, determina quienes tienen la condición legal de interesados en un procedimiento administrativo.

Segundo.—Por Resolución de 16 de julio de 2020, de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial (BOPA de 21-VII-2020), se delegan en la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería las competencias relativas al emplazamiento de los interesados y la orden de remisión a Juzgados y Tribunales de los expedientes administrativos reclamados por éstos cuya tramitación competa a la Consejería.

En atención a lo anteriormente expuesto, y de acuerdo con el artículo 49 y demás preceptos de la Ley 2/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,

RESUELVO

Primero.—Emplazar a todas aquellas personas físicas o jurídicas interesadas en el procedimiento ordinario 0000873/2023 para que puedan comparecer y personarse en autos ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias en el plazo de nueve días, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución, sin que su no personación pueda retrotraer o impedir el curso del mismo.

Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Oviedo, a 2 de febrero de 2024.—El Consejero de Medio Rural y Política Agraria.—P. D. Resolución de 16 de julio de 2020 (BOPA 21-VII-2020), la Secretaria General Técnica.—Cód. 2024-01107.

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