Anuncio. Aprobación inicial de modificación de proyecto de urbanización.
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La Junta de Gobierno Local, en la sesión celebrada el día 31 de enero de 2024 adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.—Aprobar inicialmente la modificación del proyecto de urbanización presentado Masdediez Consultoria Técnica, S. L., en representación de Desarrollos y Construcciones S. L., presenta Proyecto de urbanización, suscrito por la Arquitecta D.ª Elena Bravo, con fecha de visado del colegio profesional de 30 de noviembre de 2023, con las siguientes condiciones:
— Se deberán cumplir las condiciones respecto a la iluminación y el cumplimiento de la normativa de accesibilidad establecidas en el punto Quinto del informe de la arquitecta municipal:
"Por otro lado, el proyecto de urbanización, si bien fue aprobado en el año 2012, entendemos que debe adecuarse a las condiciones actuales, a este respecto, deberá tenerse en cuenta:
— Las luminarias de alumbrado público deberán ser LED de al menos 65W, al igual que en el resto del suelo urbano.
— Deberá tenerse en cuenta en la urbanización, la adaptación a la normativa de accesibilidad (Decreto 37/2003, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley del Principado de Asturias 5/1995, de 6 de abril, de promoción de la accesibilidad y supresión de barreras en los distintos ámbitos urbanístico y arquitectónico y la orden TMA/851/2021, de 23 de julio, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la utilización de los espacios públicos urbanizados, en concreto, se realizarán vados para garantizar un itinerario peatonal accesible y se instalará pavimento táctil indicador.
— Al finalizar las obras y previa a hacer la recepción de las mismas, se deberá presentar:
• Certificado final de obra, suscrito por la dirección facultativa.
• Planos de final de obra donde se reflejen tanto los cambios efectuados durante la obra, como las aclaraciones requeridas en el punto Sexto del informe de la arquitecta, que se incorpora en este expediente:
En el proyecto de urbanización no se define con exactitud:
Como se realizan las conexiones con la instalación existente, es decir, por donde se realiza y si ese trazado ya está realizado o no.
No especifica cómo se va a realizar el corte de tuberías; es decir, si se va a realizar el trazado de toda la calle o se va a efectuar una arqueta para el corte de la misma y su futura conexión con la siguiente fase de urbanización.
• Informe favorable de la conexión a las redes de agua y saneamiento municipal, suscrito por la empresa concesionaria.
Segundo.—Someter a información pública el expediente de modificación del proyecto de urbanización por un período de 20 días mediante anuncio en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y en uno de los periódicos de mayor circulación de la Comunidad Autónoma, si durante el período mencionado no se presentan escritos de alegaciones, la aprobación inicial del proyecto devendrá definitiva.
Grado, a 1 de febrero de 2024.—El Alcalde.—Cód. 2024-01028.