Resolución de 29 de diciembre de 2023, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, por la que se concede el Premio José Lorca a la promoción y defensa de los derechos de la infancia en su XVI Edición.

Tramitado el correspondiente expediente de convocatoria de la XVI Edición del Premio José Lorca a la promoción y defensa de los derechos de la infancia, resultan los siguientes

Antecedentes de hechos

Primero.—Por Resolución de fecha 28 de noviembre de 2023 de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar (BOPA de 7 de diciembre) se ha convocado la XVI Edición del Premio "José Lorca" a la Promoción y Defensa de los Derechos de la Infancia para el año 2023. Las bases reguladoras que han de regir esta convocatoria son las aprobadas por Resolución de 14 de mayo de 2010, de la Consejería de Bienestar Social y Vivienda (BOPA de 10 de junio).

Segundo.—Con fecha 20 de diciembre de 2023 se ha reunido el Jurado designado por Resolución de 15 de diciembre de 2023, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar y, de conformidad con la Base VII de las reguladoras de la convocatoria y con el Resuelvo Primero de la citada Resolución de convocatoria, ha decidido conceder la "XVI Edición del Premio José Lorca a la promoción y defensa de los Derechos de la Infancia" a la Fundación C. E. S. P. A. - Proyecto Hombre en Asturias, por su trabajo desarrollado en Asturias desde 1987 en pro de la atención integral en riesgo de exclusión social dirigido a personas con problemas de adicción creando para ello Proyecto Hombre; por su Programa "Reciella", programa de intervención con menores y jóvenes que presentan consumos cuyo objetivo es promover la disminución o abandono del consumo entre la población menor de edad y joven promoviendo la participación activa de familias y profesionales de otros sistemas, como los y las profesionales del sistema de protección de menores; por su trabajo en pro del derecho a la salud y al bienestar emocional de personas menores de edad desde un planteamiento de profesionalidad, colaboración y participación para promover cambios.

Tercero.—De conformidad con lo exigido en el Resuelvo Primero de la Convocatoria se ha comprobado que el premiado está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y ha presentado declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas por la Ley General de Subvenciones.

Fundamentos de derecho

Primero.—El artículo 38, apartado i), de la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno, y el artículo 21, párrafo 4 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y el Decreto 22/2023, de 31 de julio, de Reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, en cuanto a la determinación de las competencias y facultades de la Ilma. Sra. Consejera de Derechos Sociales y Bienestar para adoptar la presente Resolución.

Segundo.—Los artículos 8 y 41 del texto refundido de Régimen Económico y Presupuestario del Principado de Asturias, aprobado por Decreto Legislativo 2/1998, de 25 de junio, el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, sobre Régimen General de Concesión de Subvenciones, modificado parcialmente por el Decreto 14/2000, de 10 de febrero, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Reglamento de la Ley 38/2003, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Por todo lo expuesto,

RESUELVO

Primero.—Conceder el Premio José Lorca a la promoción y defensa de los Derechos de la Infancia en su XVI Edición, correspondiente al año 2023, y dotado con 6.000,00 euros, a Fundación C. E. S. P. A. - Proyecto Hombre en Asturias (CIF G33648130), por su trabajo continuado en el desarrollo de la atención integral dirigido a personas con problemas de adicción y su trabajo en pro del derecho a la salud y bienestar emocional de personas menores de edad.

Segundo.—Disponer el gasto a favor del premiado referido en el número anterior, por un importe de 6.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 2005-313F-484.008 de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2023, aprobados por Ley 10/2022, de 30 de diciembre.

Tercero.—Reconocer la obligación a favor del premiado y proponer e interesar su pago al titular de la Consejería competente.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias. Con carácter previo se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Ilma. Sra. Consejera de Derechos Sociales y Bienestar del Principado de Asturias, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de dicha publicación y sin que, en ningún caso, se puedan simultanear ambos recursos, todo ello conforme a lo establecido en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas y en el artículo 28 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado, sin perjuicio de que los interesados puedan ejecutar cualquier otro que estimen oportuno.

Oviedo, 29 de diciembre de 2023.—La Consejera de Derechos Sociales y Bienestar, Melania Álvarez García.—Cód. 2024-00819.

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