Resolución de 23 de enero de 2024, de la Presidencia del Principado de Asturias, por la que se designan los centros que se incorporan y pasan a formar parte de la Red Asturiana de Centros Escolares Promotores de la Actividad Física y de la Salud en el curso 2023-2024.

Primero.—Con fecha 25 de septiembre de 2018, se dictó Resolución de la Consejería de Educación y Cultura que regula el programa para la creación de la red asturiana de centros escolares promotores de la actividad física y la salud en el Principado de Asturias.

El objetivo de la resolución es poner en funcionamiento el Programa de Actividad Física y Salud que dará lugar a la configuración de la Red Asturiana de Centros Escolares Promotores de la Actividad Física y de la Salud que comprenderá a cualesquiera de los centros educativos de enseñanza no universitaria sostenidos con fondos públicos en el Principado de Asturias, que quieran participar en el mismo, con los siguientes objetivos:

a) Facilitar el crecimiento personal y el desarrollo social a través de actividades lúdico-deportivas, y promover estilos de vida saludables a través de la actividad física y deportiva.

b) Ofrecer al alumnado de la comunidad autónoma diferentes propuestas de práctica deportiva acorde con sus intereses, necesidades e inquietudes.

c) Ampliar el abanico de oportunidades en la actividad física y práctica deportiva, adaptándola a los nuevos modelos de ocio emergentes en nuestra sociedad.

d) Potenciar los valores intrínsecos del deporte desarrollando actitudes que favorezcan la equidad, la cooperación y la igualdad de género.

e) Dar a conocer la importancia de la actividad física y la práctica deportiva como herramienta principal en la lucha contra la obesidad infantil y estilos de vida sedentarios.

f) Dotar a los centros escolares de una red de contactos, recursos, herramientas, etc., que les permita llevar a cabo con éxito este programa, y crear una estructura de difusión deportiva, a nivel local y autonómico, que permita el intercambio y optimización de experiencias, recursos e iniciativas que tengan como fin la promoción de la actividad física, la práctica deportiva y la conciencia de un modo de vida saludable.

Segundo.—La citada Resolución preveía la forma de selección, durante el curso 2018-2019 y cursos posteriores, de los Centros Escolares, que formarían la red de centros citada. Un aspecto fundamental en la selección de los Centros Escolares, a los que se alude en la citada resolución, es el que hace referencia al diseño del proyecto deportivo de centro (en adelante, PDC), el cual debería ajustarse a lo recomendado en los documentos de base citados en dicha resolución.

Tercero.—Por Resolución de 24 de octubre de 2022 (BOPA de 31 de octubre de 2022), se abrió el plazo de presentación de solicitudes para formar parte del programa citado, se recibieron 13 solicitudes, acompañadas de la preceptiva documentación (PDC).

Cuarto.—Realizada la valoración oportuna, conforme a los criterios recogidos en el artículo 6 de la Resolución de 25 de septiembre de 2018, se eleva propuesta de resolución, que se remitió al Consejo Asesor de la Actividad Física y el Deporte, quien lo valoró en su reunión de 4 de diciembre 2023 y procedió a su aprobación.

A estos antecedentes de hecho, le son de aplicación, los siguientes

Fundamentos de derecho

Primero.—Mediante Decreto 22/2023, de 31 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, se reservan a la Presidencia del Principado, entre otras, las competencias en materia de deporte. A su vez el Decreto 67/2023, de 11 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Presidencia del Principado de Asturias y sus órganos de apoyo, determina que corresponden a la Viceconsejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte, las atribuciones en materia de deporte, en toda su extensión y modalidades. El artículo 13 de este Decreto establece que la Dirección General de Actividad Física y Deporte planifica, coordina y dirige las actuaciones de la Viceconsejería para la promoción del deporte, cooperando con asociaciones y entidades, gestionando y promoviendo centros y servicios. El Servicio de Planificación y Promoción del Deporte desarrollará las funciones de impulso, desarrollo y seguimiento de la ejecución de la planificación general del deporte en Asturias, el fomento de la práctica de la actividad deportiva en la población asturiana, así como la promoción a través de las diversas herramientas de comunicación y difusión deportiva que permita la consolidación y el fomento del tejido deportivo asturiano, así como la promoción y el desarrollo de la actividad deportiva en edad escolar.

Por Resolución de 19 de octubre de 2023, del Presidente del Principado de Asturias, por la que se delegan determinadas atribuciones de la Presidencia (BOPA de 2/XI/2023), se delega en la persona titular de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, las competencias de carácter administrativo atribuidas a la Presidencia del Principado de Asturias.

Segundo.—Según el artículo dos de la Resolución de 25 de septiembre de 2018, serán Centros Escolares Promotores de la Actividad física y de la Salud, aquellos centros educativos de enseñanza no universitaria sostenidos con fondos públicos en el Principado de Asturias que integren, dentro de su Proyecto Educativo de Centro, un Proyecto Deportivo de Centro, que contemple la puesta en marcha de un programa de actuaciones de carácter deportivo, recreativo, lúdico, educativo y comunitario relacionadas con la actividad física y la salud y que respete el "Marco referencial de la programación" expresado en el "Proyecto marco nacional de la actividad física y el deporte en edad escolar" del Consejo Superior de Deportes.

Tercero.—Según lo señalado en el artículo tres de la Resolución citada en el párrafo anterior; la Red CEPAFYS se constituirá, con los centros seleccionados en el curso 2017/2018 y se irá incrementando con aquellos centros que al inicio de cada curso la soliciten y sean seleccionados en la convocatoria que, al efecto, se publicará en el BOPA.

Cuarto.—Por resolución de 24 de octubre de 2022, se abrió el plazo de presentación de solicitudes para formar parte del programa citado.

Quinto.—El artículo siete de la Resolución de 25 de septiembre antes citada, dispone que los centros adscritos a la red asturiana CEPAFYS dispondrán de un distintivo que les identifique como miembro integrante de la Red.

Asimismo, se señala en el artículo diez de la Resolución mencionada, la Consejería competente en materia de educación podrá revocar la autorización concedida a los centros, bien a petición del centro educativo, informados el Claustro y el Consejo Escolar o Consejo Social, bien previo informe de la Dirección General de Actividad Física y Deporte o de oficio, cuando se detecten anomalías o incumplimiento del mismo.

En virtud de lo anterior,

RESUELVO

Primero.—Designar a los Centros Educativos que pasan a integrar la Red de Centros Escolares promotores de la Actividad Física y la Salud, para el período 2023-2024, y que son los que se mencionan a continuación:

Centro Educativo

Concejo

CP Los Pericones

Gijón

CRA Llanes n.º 1

Llanes

CP Marcos del Torniello

Avilés

IES Valle de Aller

Aller

E.E.I. Peña Careses

Siero

CP Valdepares

EL Franco

CEE Santullano

Mieres

Segundo.—Los centros escolares promotores de la actividad física y salud, citados en el párrafo anterior, dispondrán de un distintivo que les identifica como miembros de la Red, cuyo diseño le será facilitado por la Dirección General de Actividad Física y Deporte, de la Viceconsejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte.

Tercero.—Los centros escolares promotores de la actividad física y salud tendrán los derecho y obligaciones reconocidos en las Instrucciones aprobadas por Resolución de 25 de septiembre de 2018.

Cuarto.—Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Quinto.—Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición de Recurso Potestativo de Reposición, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración, y en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

En Oviedo, a 23 de enero de 2024.—La Consejera de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, Gimena Llamedo González (por delegación aprobada por Resolución de 19 de octubre de 2023; BOPA de 2/11/2023).—Cód. 2024-00766.

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