Anuncio. Aprobación definitiva de la normativa reguladora del servicio de Concilioteca del Ayuntamiento de Valdés (CON/2023/3).

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En sesión ordinaria celebrada por el Pleno el día 19 de octubre de 2023, se aprobó inicialmente la normativa reguladora para el funcionamiento del Servicio de "Concilioteca" a través de la Casa de la Juventud y de la Infancia "Margarita Salas" del Ayuntamiento de Valdés; ello en los términos que figuran en dicho acuerdo y que se incorporan como anexo a este anuncio.

Dicha normativa fue sometida a información pública, por plazo de treinta días hábiles, mediante anuncio inserto en el BOPA núm. 213 de 7 de noviembre de 2023 y sede electrónica municipal, para presentación de reclamaciones y sugerencias. No habiéndose presentado ninguna durante el indicado plazo, se entiende definitivamente aprobada sin necesidad de nuevo acuerdo.

De conformidad con lo cual, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 70.2. de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se hace público el texto íntegro de la normativa, el cual entrará en vigor una vez haya transcurrido el plazo previsto en el art. 65.2 de dicho texto legal.

En Luarca, a 17 de enero de 2024.—El Alcalde-Presidente.—Cód. 2024-00666.

Anexo

NORMAS BÁSICAS PARA LA UTILIZACIÓN DEL SERVICIO DE "CONCILIOTECA"

1. Descripción general del servicio.

Este es un servicio gratuito que ofrece el Ayuntamiento de Valdés a través de la Casa de la Infancia y de la Juventud "Margarita Salas" del Ayuntamiento de Valdés.

Está orientado a la conciliación personal y laboral de aquellas familias que lo puedan necesitar.

Dado que es una iniciativa de reciente creación, el servicio estará destinado a un máximo de 6 participantes de forma simultánea, mayores de 3 años.

Es un servicio de guarda y custodia con vigilancia por parte del personal que atiende la Concilioteca, lo que quiere decir que será un espacio de juegos libre y supervisado. Puntualmente se podrán proponer actividades, pero se trata de un espacio al que ir a jugar y conocer a nuevos compañeros y compañeras.

2. Horario de funcionamiento.

Todos los sábados del año, excluidos los días de cierre de la casa de la infancia por días festivos o por cualquier otra razón. En el caso de que no haya servicio por cualquier circunstancia, se comunicará públicamente.

El horario será entre las 10 y las 14, pudiendo hacer un uso máximo por participante y día, de 2 horas.

3. Edades.

Se permite el uso del Servicio de Concilioteca a niños y niñas mayores de 3 años.

4. Supervisión y responsabilidad.

Este servicio de conciliación está supervisado por una persona adulta con formación en el trabajo con niños y niñas menores de edad. En cualquier caso, son las familias las responsables de entregar y recoger a los menores.

Es competencia del personal encargado del servicio indicar el número mínimo y máximo de niños y niñas que pueden participar en cada momento.

5. Protocolo de registro.

Cualquier persona que vaya a hacer uso del Servicio de Concilioteca, tendrá que complementar un registro donde es imprescindible indicar la persona que entrega al menor así como quiénes están autorizados para recogerlos. Además deberá facilitar un teléfono que esté operativo en caso de una situación de emergencia.

6. Uso de instalaciones y equipamiento.

Los niños y las niñas podrán hacer uso de todos aquellos juegos y juguetes que dispongan los monitores y monitoras para el desarrollo del servicio.

No se recomienda que los menores acudan con juegos o juguetes propios. El servicio no se hace responsable en caso de rotura o pérdida.

7. Comportamiento y respeto.

El comportamiento del menor o la menor debe ser el adecuado para este servicio.

Cualquier alteración en este aspecto se hará saber a las familias para que tomen medidas en futuras asistencias al servicio.

8. Higiene y limpieza.

Por motivos de convivencia es totalmente necesario que los niños y las niñas que acudan al servicio vengan con un aseo adecuado.

Es responsabilidad igualmente de las personas adultas llevarlos al servicio antes de participar en la actividad.

9. Comida y bebida.

Dada la brevedad del servicio no está permitido comer, ni beber dentro del mismo, excepto aquellos participantes que, por prescripciones médicas tengan que hacerlo.

10. Contacto de emergencia.

En el caso de que ocurra cualquier tipo de emergencia médica, es necesario que contemos con un teléfono de contacto de las familias o de la persona responsable del menor.

11. Política de intolerancia.

No se tolerará ningún tipo de comportamiento violento, abusivo o intolerante en la Concilioteca.

12. Fotos y vídeos.

No está permitido bajo ningún concepto, a nadie, hacer fotos ni videos en las instalaciones.

13. Política de privacidad.

Tratamiento de datos personales por parte del adjudicatario:

El adjudicatario del servicio está obligado al cumplimiento íntegro del Reglamento UE 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.

Cuando en cualquier aspecto de la ejecución del contrato se manejen datos de carácter personal de cuyo tratamiento sea responsable la entidad contratante, el adjudicatario tendrá la consideración de encargado del tratamiento, consideración que se extiende a cualquier tercero que trate datos personales por cuenta del contratista, todo ello de acuerdo con lo que establece la disposición adicional 25.ª de la LCSP. Estarán obligados a guardar secreto profesional respecto de dichos datos y a los que pueda tener acceso durante la ejecución del contrato, así como a las demás obligaciones que se deriven de lo establecido en la normativa.

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