Edicto. Convocatoria de solicitudes para la adjudicación de 2 viviendas municipales, en régimen de alquiler protegido, ubicadas en la calle Doce de Octubre, 42, de Mieres.
Edicto
Mediante Resolución de Alcaldía n.º 2024000097 de 18 de enero, se procedió a la aprobación de la convocatoria de solicitudes en el procedimiento administrativo para la adjudicación de dos viviendas municipales protegidas —alquiler protegido—, ubicadas en c/ Doce de Octubre, núm. 42, de Mieres, cuyo texto se inserta a continuación.
CONVOCATORIA DE SOLICITUDES PARA LA ADJUDICACIÓN DE 2 VIVIENDAS MUNICIPALES, EN RÉGIMEN DE ALQUILER PROTEGIDO, UBICADAS EN C/ DOCE DE OCTUBRE, 42, DE MIERES
A.—Viviendas objeto de sorteo.
Pisos 1.º B, 1.º D del n.º 42, en la c/ Doce de Octubre, de Mieres.
B.—Normativa legal aplicada a esta convocatoria.
La normativa que se aplica en el procedimiento administrativo para la adjudicación de estas dos viviendas municipales, es la vigente en el ámbito autonómico, recogida en el Decreto 25/2013, que regula la adjudicación de viviendas de protección autonómica; además de las condiciones que se establecen en las bases reguladoras de este procedimiento administrativo, aprobadas en la Ponencia Municipal de Vivienda de 08/01/2024.
1.—Régimen de uso: Alquiler protegido.
El régimen legal de las viviendas protegidas será de 50 años a partir de la fecha de la calificación definitiva
2.—Cuantía de los ingresos.
Los ingresos brutos de la unidad de convivencia estarán comprendidos entre 1, 2 y 3 veces el IPREM, según la resolución de la Consejería de Servicios y Derechos Sociales, relativa a la ponderación de ingresos familiares para los ámbitos territoriales de precio máximo superior grupo B, grupo C y básico, que resulte aplicable en el período de solicitudes
(Resolución de la Consejería de Servicios y Derechos Sociales, relativa a la ponderación de ingresos familiares. BOPA de 12/09/2018): Actualización.
Ingresos 23
IPREM (8.400/año) | 1.2 IPREM | 3 IPREM |
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Miembros de unidad familiar | Ingresos brutos mínimos | Ingresos brutos máximos |
1 o 2 personas | 11.200 € | 27.998 € |
3 personas | 11.788 € | 29.472 € |
4 personas | 12.444 € | 31.109 € |
5 personas | 13.175 € | 32.940 € |
6 personas o más | 13.998 € | 34.998 € |
Se computarán los ingresos que hayan percibido durante el año 2023 todos los miembros de la unidad de convivencia. Dichos ingresos se acreditarán con nóminas y/o certificados emitidos por el órgano correspondiente.
3.—Solicitudes y plazo.
Las solicitudes se ajustarán al modelo oficial que se podrá descargar de la página web municipal, o recoger en el Registro General del Ayuntamiento y se presentará por la persona, no mayor de 35 años, quién; en caso de resultar adjudicataria, suscribirá el contrato de arrendamiento.
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles y se iniciará al día siguiente de la publicación de la convocatoria en Boletín Oficial del Principado de Asturias. A efectos informativos se hará público, al menos, en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en la página web municipal.
En dicha solicitud se harán constar las condiciones específicas de esta convocatoria, junto a la declaración responsable que deberá firmar el solicitante. Con su firma declara conocer y cumplir las condiciones de la convocatoria.
4.—Valoración de las solicitudes.
El órgano encargado del estudio de las solicitudes será la Ponencia Municipal de Vivienda.
5.—Sorteo.
El sorteo se realizará conforme a lo establecido en el apartado B, punto 5 de las bases reguladoras de esta convocatoria.
6.—Formalización de los contratos.
Los contratos de arrendamiento se pondrán a la firma desde el Negociado de Patrimonio Municipal, en un plazo no superior a dos meses, contados a partir del día siguiente al acuerdo de adjudicación, adoptado por el Ayuntamiento-Pleno, que será publicado en el tablón de anuncios por un plazo mínimo de 20 días. Esta publicación sustituirá a la notificación, surtiendo los mismos efectos.
7.—Adecuación de la renta.
Precio máximo de renta: 6 euros mensuales por m² de superficie útil de vivienda. Precio resultante de aplicar el precio máximo de alquiler previsto en el art. 17.4 del Plan Estatal de fomento de alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbana, 2013-2016, aprobado por el R. D. 233/2013, de 5 de abril.
1. La Ponencia Municipal de Vivienda en sesión de 06/10/2023 acuerda establecer el importe del arrendamiento en 3,5 euros mensuales por m² de superficie útil de vivienda.
Vivienda 1.º B: 286 euros mensuales.
Vivienda 1.º D: 276 euros mensuales.
8.—Entrega de llaves.
Una vez firmados los contratos de alquiler, el Ayuntamiento de Mieres, entregará las llaves de las viviendas a las personas titulares de los contratos. Estas deberán proceder a su legal ocupación en el plazo de 1 mes.
9.—Para la especificación de las condiciones contractuales, resolución y renovación de los contratos de arrendamiento y otras cuestiones que no se definen expresamente en esta convocatoria se tomará como referencia el Decreto 25/2013, normativa que regula la adjudicación de las viviendas del Principado de Asturias.
En Mieres, a 22 de enero de 2024.—El Alcalde.—Cód. 2024-00680.