Resolución de 18 de enero de 2024, de la Directora del Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada", por la que se aprueban las bases específicas del proceso selectivo para la provisión de 3 plazas de la categoría de Titulado/a Grado Medio (Asistente Social) de la Administración del Principado de Asturias, incluidas en la Oferta de Empleo Público para 2023, relativas a la tasa adicional de estabilización por el procedimiento de concurso, correspondientes al artículo 217 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio.

INSTITUTO ASTURIANO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA "ADOLFO POSADA"

Por Resolución de 24 de noviembre de 2022 del Consejero de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático se aprueban las bases generales que han de regir los procesos selectivos de personal funcionario y de personal laboral derivados de las disposiciones adicionales sexta y octava (concurso) de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, aprobados en la Oferta de Empleo Público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal (BOPA de 25/11/2022), en adelante, Resolución por la que se aprueban las bases generales.

Por Acuerdo de 22 de diciembre de 2023, del Consejo de Gobierno, se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2023. En la misma, se incluyen plazas de la tasa adicional de estabilización por el procedimiento de concurso, correspondientes al artículo 217 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio.

En su virtud y de conformidad con la competencia atribuida en la Resolución de 2 de octubre de 2023, de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, por la que se delegan competencias de la titular de la Consejería así como la firma de resoluciones y actos administrativos (BOPA de 13/X/2023),

RESUELVO

Primero.—Aprobar las bases específicas de la convocatoria del proceso selectivo para la provisión de 3 plazas de la categoría Titulado/a Grado Medio (Asistente Social) de la Administración del Principado de Asturias, correspondientes a la Oferta de Empleo Público para 2023, relativas a las plazas de la tasa adicional de estabilización por el procedimiento de concurso, correspondientes al artículo 217 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio.

BASES ESPECÍFICAS

Primera.—Distribución de plazas y elección de turno.

La presente convocatoria tiene por objeto la provisión de 3 plazas de la categoría de Titulado/a Grado Medio (Asistente Social), Grupo B, en turno de acceso libre ordinario, en régimen de personal laboral fijo.

Segunda.—Requisitos de participación.

2.1 Además de los requisitos de participación regulados en la base cuarta de la Resolución por la que se aprueban las bases generales, los aspirantes que participen en el presente proceso selectivo deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) No poseer la condición de personal laboral fijo de la categoría de Titulado/a Grado Medio (Asistente Social) de la Administración del Principado de Asturias.

b) Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el Título de Diplomado/a Universitario en Trabajo Social, o título de Grado en Trabajo Social o título de Grado que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las Directivas Comunitarias.

A estos efectos, se entiende que se está en condiciones de obtener la titulación cuando, en el plazo de presentación de solicitudes, se hayan superado los correspondientes planes de estudios o pruebas que permitan acceder a dicha titulación.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho de la Unión Europea.

Tercera.—Fase de concurso. Méritos específicos.

3.1 De conformidad con la Resolución por la que se aprueban las bases generales, siendo Trabajador Social una profesión regulada los méritos a valorar en el apartado "Méritos profesionales" son los contenidos en los subapartados a, b, c, d y e.

3.2 A efectos de la valoración del apartado B.1 "Superación de ejercicios", existen convocatorias específicas en ejecución de las distintas Ofertas de Empleo Público de la Administración del Principado de Asturias desde el año 2000 que permiten obtener puntuación en este apartado, por lo que no se incrementará proporcionalmente la puntuación otorgada por los méritos del apartado B.2.

Sin perjuicio de su revisión de oficio, contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOPA, o bien demanda, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a dicha publicación, ante los Juzgados del Orden Social de conformidad con el artículo 69.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, significándose que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer demanda en el orden social hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, no pudiendo simultanearse ambos recursos.

En Oviedo, a 18 de enero de 2024.—La Consejera de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, P. D., la Directora del Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada" (Resolución de 2/X/2023; BOPA de 13/X/2023).—Cód. 2024-00603.

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