Anuncio. Rectificación de error material de las bases para la selección por el turno de promoción interna de dos plazas pertenecientes a la Escala de Administración General, Subescala Gestión, Grupo/Subgrupo A/A2, incluidas en la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Avilés del año 2020.

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Con fecha 20 de diciembre de 2023 se ha dictado por la Concejalía Delegada de Recursos Humanos, Administración General y Administración Electrónica la Resolución n.º 9050/2023, en la que se dispone aprobar las bases y convocar el proceso selectivo para la selección por el turno de promoción interna de dos plazas pertenecientes a la Escala de Administración General, Subescala Gestión, Grupo/Subgrupo A/A2, de los establecidos en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

"Por Resolución de la Concejalía Delegada de Recursos Humanos, Administración General y Administración Electrónica n.º 8699/2023, de 5 de diciembre, se aprobaron las bases para la selección por el turno de promoción interna de dos plazas pertenecientes a la Escala de Administración General, Subescala Gestión, Grupo/Subgrupo A/A2.

En el Boletín Oficial del Principado de Asturias n.º 241 de 19 de diciembre de 2023 se publicaron las bases para la selección por el turno de promoción interna de dos plazas pertenecientes a la Escala de Administración General, Subescala Gestión.

Advertido el siguiente error material:

En la base tercera, requisitos exigidos, en concreto, en el punto 1, apartado 1.6

Donde dice:

«1.6. Ostentar la condición de funcionario de carrera del Ayuntamiento de Avilés perteneciente a alguna de las Subescalas del Grupo/Subgrupo de clasificación C/C1 de las establecidas al artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y haber prestado servicios efectivos como funcionario de carrera del Ayuntamiento de Avilés durante al menos dos años en alguna de las Subescalas del Grupo/Subgrupo C/C2, al que pertenezca, según lo establecido en el artículo 18.2 del mismo texto legal, en el artículo 22.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en el artículo 50.1 de la Ley 3/1985, de 26 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública de la Administración del Principado de Asturias y en el artículo 25.4 del Decreto 22/1993, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo, Promoción Profesional y Promoción Interna de los funcionarios del Principado de Asturias u ostentar la condición de personal laboral fijo del Ayuntamiento de Avilés perteneciente al Grupo/Subgrupo de clasificación A/A2, con una antigüedad de al menos 2 años en dicho Grupo/Subgrupo, en aplicación de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Segunda de Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y ocupar un puesto correspondiente a una plaza de la Escala de Administración General, Subescala Gestión».

Debe decir:

«1.6. Ostentar la condición de funcionario de carrera del Ayuntamiento de Avilés perteneciente a alguna de las Subescalas del Grupo/Subgrupo de clasificación C/C1 de las establecidas al artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y haber prestado servicios efectivos como funcionario de carrera del Ayuntamiento de Avilés durante al menos dos años en alguna de las Subescalas del Grupo/Subgrupo C/C1, al que pertenezca, según lo establecido en el artículo 18.2 del mismo texto legal, en el artículo 22.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en el artículo 50.1 de la Ley 3/1985, de 26 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública de la Administración del Principado de Asturias y en el artículo 25.4 del Decreto 22/1993, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo, Promoción Profesional y Promoción Interna de los funcionarios del Principado de Asturias u ostentar la condición de personal laboral fijo del Ayuntamiento de Avilés perteneciente al Grupo/Subgrupo de clasificación A/A2, con una antigüedad de al menos 2 años en dicho Grupo/Subgrupo, en aplicación de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Segunda de Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y ocupar un puesto correspondiente a una plaza de la Escala de Administración General, Subescala Gestión».

Teniendo en cuenta que en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se establece que las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

A la vista de lo expuesto,

DISPONGO

Primero.—Corregir el error material descrito.

Segundo.—Publicar en el Boletín Oficial del Principado de Asturias la corrección del error descrito en esta resolución."

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Avilés, a 20 de diciembre de 2023.—El Concejal Delegado de Recursos Humanos, Administración General y Administración Electrónica (por delegación de la Sra. Alcaldesa de 26 de junio de 2023).—Cód. 2023-11493.

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