Resolución de 19 de diciembre de 2023, del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, por la que se fija la distribución definitiva de los créditos estimativos previstos en la convocatoria de subvenciones públicas para 2023-2024, con destino a la realización de acciones de formación para el empleo conducentes a la obtención de certificado de profesionalidad dirigidas prioritariamente a los/as trabajadores/as desempleados/as.

SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SEPEPA)

Resolución de 19 de diciembre de 2023, del Servicio Público de Empleo, por la que se fija la distribución definitiva de los créditos estimativos previstos en la Convocatoria de subvenciones públicas para 2023-2024 con destino a la realización de acciones de formación para el empleo conducentes a la obtención de certificado de profesionalidad dirigidas prioritariamente a los/as trabajadores/as desempleados/as

En relación con la convocatoria de subvenciones públicas para 2023-2024 con destino a la realización de acciones de formación para el empleo conducentes a la obtención de certificado de profesionalidad dirigidas prioritariamente a los/as trabajadores/as desempleados/as

Antecedentes de hecho

Primero.—Por Resolución de 5 de julio de 2023 (BOPA n.º 135, de 14 de julio de 2023), del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias se convocan subvenciones públicas para 2023-2024 con destino a la realización de acciones de formación para el empleo conducentes a la obtención de certificado de profesionalidad dirigidas prioritariamente a los/as trabajadores/as desempleados/as

Dicha convocatoria se rige por las bases reguladoras recogidas en la Orden EFP/942/2022 de 23 de septiembre (BOE número 239, de 5 de octubre de 2022), por la que se regula la oferta formativa del sistema de Formación Profesional en el ámbito laboral asociada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales efectuada por las administraciones competentes, se establecen bases reguladoras, así como las condiciones para su financiación.

Segundo.—Que, el apartado séptimo de la citada convocatoria preveía una financiación para la realización de las acciones formativas, y con carácter estimativo, a efectos de lo dispuesto en el artículo 58.4 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, de quince millones trescientos treinta y tres mil trescientos treinta y tres euros con treinta y dos céntimos (15.333.333,32 €), con cargo a las aplicaciones presupuestarias 85.01.322J.741.001; 85.01.322J.761.006; 85.01.322J.771.012 y 85.01.322J.781.032 (Código de Proyecto 2023/000074) de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias, y con la siguiente distribución por anualidades:

Partida presupuestaria

Código proyecto

Total

2023

2024

85.01.322J.741.001

2023/000074

83.333,33 €

50.000,00 €

33.333,33 €

85.01.322J.761.006

83.333,33 €

50.000,00 €

33.333,33 €

85.01.322J.771.012

10.833.333,33 €

6.500.000,00 €

4.333.333,33 €

85.01.322J.781.032

4.333.333,33 €

2.600.000,00 €

1.733.333,33 €

Total

15.333.333,32 €

9.200.000,00 €

6.133.333,32 €

Tercero.—Que por la Comisión de Valoración prevista en el apartado "noveno" del anexo de convocatoria pública, han sido analizadas en fecha 10 de octubre de 2023 las solicitudes admitidas conforme a los criterios establecidos en el apartado décimo. Procediéndose a su publicación en la web www.trabajastur.com para su comunicación a los interesados, durante un plazo de 5 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación para formular alegaciones, de conformidad con lo establecido en la Resolución de 17 de julio de 2023, del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, por la que se acuerda la tramitación de urgencia del procedimiento iniciado por Resolución de 5 de julio de 2023. Dicho plazo finalizo el 18 de octubre de 2023.

Cuarto.—Con fecha 2 de noviembre de 2023, la Comisión de Valoración analiza las alegaciones presentadas por las entidades: AFA Formación Continua S. L., Restauradores Bercianos S. L., Centro de Formación Feriauto, S. L., Fundación Comarcas Mineras Formación y Promoción del Empleo, Teylu Stylus S. L., Interpros Next Generation, S. L., San Jorge Formación, S. L., Academia Estudios Electrónicos, S. L., Asociación del Automóvil del Principado de Asturias, Carac Siglo XXI, S. L., Adalid Servicios Corporativos, S. L., y Dicampus, S. L., formulándose la correspondiente propuesta de concesión/denegación de subvenciones.

Quinto.—Que, a la vista de la mencionada propuesta, resulta necesario fijar la distribución definitiva del gasto convocado al amparo de la convocatoria de subvenciones públicas para 2023-2024 con destino a la realización de acciones de formación para el empleo conducentes a la obtención de certificado de profesionalidad, dirigidos prioritariamente a trabajadores/as desempleados/as:

Quince millones trescientos treinta y dos mil ochocientos cincuenta euros con ochenta céntimos (15.332.850,80 €) con cargo a las aplicaciones presupuestarias 85.01.322J.771.012 y 85.01.322J.781.032 (código de proyecto 2023/000074) de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias, de acuerdo con la siguiente distribución por anualidades:

• 2023: nueve millones ciento noventa y nueve mil setecientos diez euros con cuarenta y ocho céntimos (9.199.710,48 €): 6.535.240,08 € con cargo a la aplicación 85.01.322J.771.012 y 2.664.470,40 € con cargo a la aplicación 85.01.322J.781.032.

• 2024: seis millones ciento treinta y tres mil ciento cuarenta euros con treinta y dos céntimos (6.133.140,32 €): 4.356.826,72 € con cargo a la aplicación 85.01.322J.771.012 y 1.776.313,60 € con cargo a la aplicación 85.01.322J.781.032.

Se observa un sobrante respecto a la financiación inicial de la convocatoria, que no va a ser objeto de reparto, por un importe total de cuatrocientos ochenta y dos euros con cincuenta y dos céntimos (482,52 €) que no se destina a la programación de otra acción formativa solicitada, en tanto que no alcanza para su financiación, y con la siguiente distribución por anualidades:

Aplicación

Anualidad 2023

Anualidad 2024

Total

85.01.322J.761.006

289,52 €

193,00 €

482,52 €

Total

289,52 €

193,00 €

482,52 €

Fundamentos de derecho

Primero.—En virtud del Decreto 76/2023, de 18 de agosto, del Presidente del Principado de Asturias, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo, del Decreto 39/2009, de 3 de junio, de estructura orgánica básica del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, modificado por el Decreto 10/2016, de 16 de marzo, las competencias en materia de formación profesional para el empleo corresponden al Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias.

Segundo.—El Presidente del Servicio Público de Empleo es competente para conocer de los hechos objeto del expediente, en virtud del artículo 12.1 de la Orden EFP/942/2022, de 23 de septiembre, en relación con el 13.1.e) de la Ley del Principado de Asturias 3/2005, de 8 de julio del Servicio Público de Empleo.

Tercero.—Dispone el artículo 58.5 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/20006, de 21 de julio (BOE de 25 de julio de 2006), que en aquellas convocatorias, en las que se haya atribuido carácter estimativo a la distribución de la cuantía máxima entre distintos créditos presupuestarios, el órgano concedente deberá publicar la distribución definitiva con carácter previo a la resolución de concesión en los mismos medios que la convocatoria.

Cuarto.—Según lo dispuesto en el artículo 27.2 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995 sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, en relación con el artículo 8.a), de la Ley del Principado de Asturias 3/2005, de 8 de julio, del Servicio Público de Empleo, así como con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los actos sujetos al derecho administrativo de los órganos de gobierno del Servicio Público de Empleo, no agotan la vía administrativa y son recurribles en alzada ante el titular de la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo.

Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho mencionados y que son de aplicación,

RESOLUCIÓN

Primero.—Fijar la distribución definitiva del gasto convocado al amparo de la convocatoria de subvenciones públicas para 2023-2024 con destino a la realización de acciones de formación para el empleo conducentes a la obtención de certificado de profesionalidad dirigidas prioritariamente a los/as trabajadores/as desempleados/as, que queda como sigue:

Quince millones trescientos treinta y dos mil ochocientos cincuenta euros con ochenta céntimos (15.332.850,80 €) con cargo a las aplicaciones presupuestarias 85.01.322J.771.012 y 85.01.322J.781.032 (código de proyecto 2023/000074) de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias, de acuerdo con la siguiente distribución por anualidades:

• 2023: nueve millones ciento noventa y nueve mil setecientos diez euros con cuarenta y ocho céntimos (9.199.710,48 €): 6.535.240,08 € con cargo a la aplicación 85.01.322J.771.012 y 2.664.470,40 € con cargo a la aplicación 85.01.322J.781.032.

• 2024: seis millones ciento treinta y tres mil ciento cuarenta euros con treinta y dos céntimos (6.133.140,32 €): 4.356.826,72 € con cargo a la aplicación 85.01.322J.771.012 y 1.776.313,60 € con cargo a la aplicación 85.01.322J.781.032.

Se observa un sobrante respecto a la financiación inicial de la convocatoria, que no va a ser objeto de reparto, por un importe total de cuatrocientos ochenta y dos euros con cincuenta y dos céntimos (482,52 €) que no se destina a la programación de otra acción formativa solicitada, en tanto que no alcanza para su financiación, y con la siguiente distribución por anualidades:

Aplicación

Anualidad 2023

Anualidad 2024

Total

85.01.322J.761.006

289,52 €

193,00 €

482,52 €

Total

289,52 €

193,00 €

482,52 €

Segundo.—Notificar a los interesados, mediante la publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, la presente Resolución, indicándoles que este acto no pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo establecido en el artículo 27.2 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995 de 13 de marzo sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

En Oviedo, a 19 de diciembre de 2023.—El Presidente del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias.—Cód. 2023-11501.

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