Resolución de 4 de diciembre de 2023, de la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo, por la que se dispone la ejecución de la sentencia recaída en el recurso contencioso-administrativo procedimiento ordinario 229/2023, interpuesto ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias.
Vista la sentencia dictada en fecha 18 de julio de 2023, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, recaída en el Procedimiento Ordinario 229/2023, interpuesto frente a la Resolución de 16 de enero de 2023, de desestimación del recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de 22 de febrero de 2022 de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica de denegación de ayudas urgentes a trabajadores por cuenta propia o autónomos, comunidades de bienes, sociedades civiles y pymes cuyas actividades comerciales y servicios asimilados no puedan ser desarrolladas plenamente como consecuencia de la aplicación de medidas adoptadas por las autoridades competentes para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 (lote n.º 05) y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de Ley 20/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, la cual ha adquirido firmeza.
En orden a su ejecución, han de observarse los trámites establecidos en el artículo 26 del Decreto 20/1997, de 20 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Servicio Jurídico del Principado de Asturias, por la presente,
RESUELVO
Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de la sentencia de referencia cuyo tenor es el siguiente:
"Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la Resolución, de 16 de enero de 2023, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica por la que desestima el recurso de reposición formulado contra la Resolución de 22 de febrero de 2022, por ser contrarias a Derecho y, en consecuencia, nulas, en lo que se refiere a la denegación de la ayuda solicitada y debe reconocerse el derecho del recurrente a la subvención controvertida.
Se imponen las costas a la Administración demandada limitándolas, no obstante, a un máximo por todos los conceptos de 200 euros, más el IVA si procediere.
Contra la presente resolución cabe interponer ante esta Sala recurso de casación en el término de treinta días, para ser resuelto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo si se denuncia infracción de legislación estatal o por esta Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Tribunal Superior de Justicia si lo es por legislación autonómica"
Segundo.—Ordenar su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
En Oviedo, a 4 de diciembre de 2023.—El Consejero de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo, Borja Sánchez García.—Cód. 2023-11064.