Anuncio. Propuesta de contratación de candidatos de la bolsa del puesto de Operario de Limpieza. Limpiador/a (Operario de Limpieza, Limpiador/a (personal laboral) (Subgrupo AGP, Plazas 4, Código RPT: 025), correspondiente al proceso selectivo de las disposiciones 6.ª y 8.ª de la Ley 20/2021, en ejecución de la Oferta Pública de Empleo Extraordinaria de 2022.

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Con fecha 22 de noviembre de 2023 se dicta Resolución/Decreto de Alcaldía con número 2142, en la cual se dice lo siguiente:

Con fecha cuatro de octubre de dos mil veintitrés, el Tribunal del proceso selectivo para la provisión de 4 plazas de Operario de Limpieza, Limpiador/a (Personal laboral)(Subgrupo AGP, Plazas 4, Código RPT:025), incluidas en la Oferta Pública de Empleo del año 2022 para la estabilización del empleo temporal (Ley 20/2021, de 28 de diciembre) del Ayuntamiento de Cangas de Onís y su organismo autónomo el Patronato Deportivo Municipal, aprobada por Resolución de Alcaldía n.º 797, de fecha 12 de mayo de 2022 (BOPA n.º 95, de fecha 19 de mayo de 2022), acordó:

"Primero.—Declarar que han superado el proceso selectivo para la provisión de cuatro plazas de Operario de Limpieza-Limpiador-a (Personal laboral) (Subgrupo AGP, Código RPT:025), los siguientes aspirantes:

• María Isabel Cardín Marcos con DNI ***1118**

• Fernando Martínez Rivera con DNI ***8974**

• Lucía Verónica Soñora Mollera con DNI ***1187**

• Gemma de la Villa Villarroel con DNI **2905**"

Con fecha 13 de octubre de 2023, se publica en el BOPA núm 197, el anuncio del resultado del proceso selectivo, dando un plazo de 20 días naturales, desde la publicación del Anuncio, para presentar la documentación necesaria para la contratación.

Visto que finalizado el plazo de presentación de documentación doña Gemma de la Villa Villarroel no presenta la citada documentación, por lo que se entiende que ha desistido del procedimiento selectivo.

De acuerdo a lo establecido en el segundo párrafo de la base 9.3 de las Bases especificas por las que se rige el proceso selectivo de Estabilización, la cual dispone lo siguiente:

"...siempre que el Tribunal haya propuesto la contratación de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados o cuando de la documentación aportada por los aspirantes se deduzca que no cumplen los requisitos exigidos o por circunstancias sobrevenidas se deduzca la imposibilidad de incorporación de alguno de los aspirantes, antes de la formalización del contrato, el órgano competente podrá requerir del Tribunal relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos para su posible formalización del contrato de trabajo como personal laboral fijo."

Visto que en el acta del tribunal calificador de fecha cuatro de octubre de dos mil veintitrés, se recoge relación de los aspirantes que siguen a los propuestos y, en concreto, la siguiente aspirante resulta ser doña María Jesús Valdés de Faria, con NIF ***7727**.

Por todo ello y en virtud de las competencias que me otorga el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,

Resuelvo

Primero.—Proponer para la contratación como personal laboral fijo de plantilla, de la Plaza de Operario de Limpieza- Limpiadora (Subgrupo AGP, RPT:025) a María Jesús Valdés de Faria con DNI ***7727**, por ser la siguiente aspirante en la lista elevada al alcalde por el tribunal de selección.

Segundo.—Requerir a María Jesús Valdés de Faria, para que, en el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, aporte en el Ayuntamiento de Cangas de Onís los siguientes documentos:

a) Fotocopia y original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad en vigor.

b) Fotocopia y original del Certificado de Escolaridad o Equivalente

c) Declaración Jurada o Promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por resolución judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de funcionario o personal laboral en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

Los nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso a la función pública.

d) Certificado médico acreditativo de la capacidad funcional del aspirante para el desempeño del puesto de trabajo.

e) Documentación original, para su cotejo, de la documentación presentada para la acreditación de los méritos correspondientes a la fase del concurso.

f) Certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.

En el caso de que no aporte la citada documentación en el plazo señalado se le tendrá por desistida del procedimiento selectivo.

Tercero.—Publicar la presente resolución en el tablón de anuncios y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Cangas de Onís, así como en el BOPA.

Cuarto.—Incluir el presente Decreto en el Libro Oficial de Resoluciones.

Quinto.—Dar cuenta al Pleno de la Corporación de la Resolución en la primera sesión ordinaria que se celebre, de conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

De todo lo cual, la Secretaria General Municipal toma razón, a los efectos de su incorporación al Libro de Resoluciones en aras de garantizar su integridad y autenticidad en los términos dispuestos en el artículo 3.2. del Real Decreto 128/2018.

Así lo manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Cangas de Onís.

En Cangas de Onís, a 21 de noviembre de 2023.—La Teniente de Alcalde.—Cód. 2023-10574.

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