Avilés - Ayuntamientos (Bopa Nº 2023-221)

Anuncio. Oferta Adicional de Empleo Público de la Fundación Deportiva Municipal del Excelentísimo Ayuntamiento de Avilés 2023 al amparo de lo dispuesto en el artículo 20.Dos apartado 4 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.

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Con fecha 3 de noviembre de 2023, se ha dictado por el Presidente de la Fundación Deportiva Municipal la Resolución n.º 241, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Visto el Expediente n.º 13340/2023 relativo a la «Oferta Adicional de Empleo Público de la Fundación Deportiva Municipal del Excmo. Ayuntamiento de Avilés 2023 al amparo de lo dispuesto en el artículo 20.Dos apartado 4 de la Ley 31/2022 de 23 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023».

Teniendo en cuenta los siguientes hechos y fundamentos de derecho,

Hechos

Obra en el expediente de referencia la siguiente relación de documentos, entre otros:

1.º Informe/Propuesta conjunta del Director de Recursos Humanos y de la Presidenta de la Fundación Deportiva Municipal firmado en fecha 3 de noviembre de 2023 sobre la Oferta Adicional de Empleo Público de la Fundación Deportiva Municipal del Ayuntamiento de Avilés para el año 2023 consistente en un total de 1 plaza, con la siguiente distribución:

— Una plaza de la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar.

2.º Actas sobre la negociación de fecha 31 de octubre de 2023 en el seno de la Mesa General de Negociación del artículo 36.3 y de la Mesa General de Negociación del persona funcionario del Ayuntamiento de Avilés del artículo 34 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Fundamentos de derecho

Primero.—Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7/85, de 2 de abril, la FDM se configura como órgano encargado de la organización y gestión directa de los servicios de educación física y deportivos del Ayuntamiento de Avilés, contando por lo tanto con personalidad jurídica plena para, entre otras cuestiones, y según lo dispuesto en sus estatutos, realizar cuantos actos sean necesarios para la consecución de sus objetivos. En consecuencia con lo expresado, la competencia para resolución del expediente corresponde al órgano competente de la FDM.

Segundo.—El artículo 91.1 Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local dispone que «las Corporaciones Locales formularán públicamente su oferta de empleo, ajustándose a los criterios fijados en la normativa básica estatal».

En este sentido el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece que:

«1. Las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de Empleo Público, o a través de otro instrumento similar de gestión de la provisión de las necesidades de personal, lo que comportará la obligación de convocar los correspondientes procesos selectivos para las plazas comprometidas y hasta un 10% adicional, fijando el plazo máximo para la convocatoria de los mismos. En todo caso, la ejecución de la oferta de empleo público o instrumento similar deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de 3 años.

2. La Oferta de Empleo Público o instrumento similar, que se aprobará anualmente por los órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas, deberá ser publicada en el Diario oficial correspondiente.

3. La Oferta de Empleo Público o instrumento similar podrá contener medidas derivadas de la planificación de recursos humanos».

Por su parte, el artículo 5 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, de reglas básicas y programas mínimos a que ha de ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, indica que la Oferta de Empleo Público ha de publicarse en el Boletín Oficial del Estado o en el de la Comunidad Autónoma y, en su caso, en otros diarios oficiales.

En su virtud,

DISPONGO

Primero.—Aprobar la Oferta Adicional de Empleo Público de la Fundación Deportiva Municipal del Ayuntamiento de Avilés para el año 2023, en virtud del artículo 20.Dos apartado 4 de la Ley 31/2022 de 23 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, un total de 1 plaza, con la siguiente distribución:

— Plazas de la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar, conforme al siguiente esquema:

Número de plazas

Turno

Grupo/subgrupo de clasificación

1

Libre

C/C2

Segundo.—Las tomas de posesión del personal funcionario de nuevo ingreso derivada de la presente Oferta de Empleo Público se tendrán que producir en los puestos de trabajo indicados en la presente Oferta. En el supuesto de que alguno de dichos puestos de trabajo se hayan ocupado por funcionarios de carrera, como consecuencia de procesos de provisión de puestos de trabajo o por tomas de posesión de funcionarios de carrera de nuevo ingreso, se sustituirán por nuevas plazas y puestos de trabajo, en número idéntico a los detraídos y estos se corresponderán con los puestos de los funcionarios interinos, de la correspondiente subescala, cuyo nombramiento haya sido más cercano a la fecha que se determine para la elección de destino por los aspirantes que superen los procesos selectivos derivadas de la presente Oferta. Igual procedimiento se seguirá en los casos en los que el número de plazas y puestos, a ofertar a los funcionarios de nuevo ingreso, sea inferior al número de plazas y puestos de los funcionarios interinos incluidos en esta Oferta.

Tercero.—Publicar la presente Oferta Adicional de Empleo Público de la Fundación Deportiva Municipal del Ayuntamiento de Avilés para el año 2023, en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Cuarto.—El plazo de ejecución de la Oferta Adicional de la Fundación Deportiva Municipal de Empleo Público del Ayuntamiento de Avilés para el año 2023 descrita en el primer apartado será de 3 años desde la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias."

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio.

Avilés, a 3 de noviembre de 2023.—El Presidente de la Fundación Deportiva Municipal (por delegación de la Sra. Alcaldesa de 28 de junio de 2023).—Cód. 2023-10030.

Ficheros adjuntos

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