Gijón - Ayuntamientos (Bopa Nº 2023-210)

Anuncio. Aprobación definitiva del proyecto de reparcelación del área de la unidad de actuación 313. Expte. 16067V/2023.

SERVICIO ADMINISTRATIVO DE URBANISMO

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La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 10 de octubre de 2023, acordó aprobar definitivamente el Proyecto de reparcelación del área de la Unidad de Actuación 313 promovido por Ceetrus Urban Player Spain, S. A. U., cuya parte dispositiva es la que sigue:

Primero.—Aprobar definitivamente el Proyecto de reparcelación del área de la Unidad de Actuación 313, promovido por Ceetrus Urban Player Spain, S. A. U.

— La correcta y completa ejecución de las obras de urbanización de la Unidad de Ejecución AUA 313 (Roces Alcampo 2) ha quedado garantizada, al constar en el expediente anotación contable de fecha 27 de septiembre de 2023, por la que se ha presentado aval bancario por importe de 123.140,00 euros, en cumplimiento de lo recogido en el artículo 217 del ROTU.

El aval podrá ser devuelto una vez tenga lugar la recepción de las obras de urbanización, previa la constitución de otro, por el importe que en ese momento determine el Servicio de Obras Públicas, para responder de los posibles defectos que puedan surgir durante el plazo de garantía de un año a que se refiere el art. 195 del TROTU. De este modo las parcelas resultantes serán inscritas en el Registro de la Propiedad libres de cargas y gravámenes, de conformidad con lo prevenido en el art. 19.3 del Real Decreto 1093/97, de 4de julio, sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística.

Segundo.—Aceptar los terrenos de cesión obligatoria y gratuita que, a tenor de lo previsto en el art. 193.A) del TROTU, con la aprobación definitiva del documento de reparcelación pasan a ser de titularidad municipal, libres de cargas y gravámenes y que se corresponden con las siguientes parcelas:

— Parcela B, que ocupa una superficie de mil setecientos cuarenta y ocho metros cuadrados (1.748 m²), destinada a Viario Público Local, correspondientes a la cesión de dotación pública al Ayuntamiento de Gijón en ejecución de la unidad de actuación; son los terrenos destinados por el planeamiento a Infraestructuras para Viario Local, que comprendidos en el Área de Unidad de Actuación AUA-313 no están afectos al dominio público de carreteras.

Se hace constar que el deber de conservación por parte de la Administración comenzará una vez recepcionadas definitivamente las obras de urbanización.

Tercero.—La parcela de 2.369 m² colindante con la AS-II, y que forma parte del dominio público de la citada vía, ni se modifica en su configuración ni genera aprovechamiento, por lo que como se recoge en el proyecto de reparcelación aprobado la aportada y la resultante son coincidentes siendo su titularidad del Principado de Asturias.

Cuarto.—Publicar el Acuerdo en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, notificándolo asimismo a todos los interesados con expresión de los recursos que contra el mismo procedan, y expedir la certificación del acuerdo de aprobación definitiva adoptado por la Junta de Gobierno Local, una vez firme en vía administrativa.

Quinto.—Los promotores, para proceder a la inscripción registral de las parcelas resultantes, una vez firme en vía administrativa, deberán formalizar el documento de reparcelación en escritura pública a la que se acompañará la certificación expedida del acuerdo de aprobación definitiva de la Junta de Gobierno Local, de conformidad a lo recogido en el art. 6 del Reglamento Hipotecario Urbanístico

Sexto.—Remitir al Registro de Planeamiento y Gestión Urbanística adscrito a la Consejería de Ordenación del Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos, un ejemplar completo del Proyecto de Reparcelación a los efectos de dar cumplimiento a lo previsto en el art. 23 del TROTU.

Séptimo.—Dar traslado del Acuerdo al Servicio de Patrimonio a los efectos de incorporar al Inventario General de Bienes Municipales, los terrenos que en virtud de este Acuerdo pasan a ser propiedad del Ayuntamiento. Remitir el Acuerdo y un ejemplar completo del Documento aprobado definitivamente al Servicio Técnico de Urbanismo. Asimismo remitir el Acuerdo a la Sección Técnica de Urbanismo y al Servicio de Licencias y Disciplina, a los efectos oportunos.

Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos, significándose que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra el presente acto, que agota la vía administrativa, puede interponerse ante el órgano que resuelve, con carácter potestativo, el recurso potestativo de reposición regulado en los artículos 123 y 124 de la citada Ley, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio, o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Gijón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este acto. Si el acto de que se trata es relativo a las materias de responsabilidad patrimonial, personal, propiedades especiales y sanciones, y el demandante tiene su domicilio en un municipio asturiano distinto al de la demarcación de Gijón, será competente de igual forma, a elección del demandante, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Oviedo. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que se estime pertinente.

Si se trata de uno de los sujetos obligados recogidos en el artículo 14 de la citada Ley 39/2015 el recurso ha de presentarse por medios electrónicos salvo lo establecido en la disposición transitoria tercera de la misma.

Gijón, a 20 de octubre de 2023.—La Secretaría General.—Cód. 2023-09538.

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