Consejería de hacienda y fondos europeos - Otras disposiciones (BOPA nº 2023-209)

Acuerdo de 20 de octubre de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se nombran Registradoras y Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles del Principado de Asturias.

Visto el expediente instruido por la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, dependiente del Ministerio de Justicia, que ha dado lugar a la Resolución de 4 de octubre de 2023 (BOE de 11 de octubre de 2023) por la que se resuelve el concurso entre las personas integrantes del Cuerpo de Aspirantes a Registradoras y Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles constituido por Orden JUS/800/2023 de 13 de julio (BOE de 18 de julio), convocado por resolución de 8 de septiembre de 2023 (BOE de 18 de septiembre de 2023) y se dispone su comunicación a las Comunidades Autónomas para que se proceda a los nombramientos, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias y con lo dispuesto en el artículo 284 de la Ley Hipotecaria y en los artículos 496 y siguientes del Reglamento Hipotecario, a propuesta del Consejero de Hacienda y Fondos Europeos, el Consejo de Gobierno,

ACUERDA

Primero.—Nombrar a las Registradoras y Registradores de la Propiedad, Mercantil y de Bienes Muebles que se señalan a continuación:

• Para el Registro Cangues D'Onís/Cangas de Onís: a don Gonzalo Olmos Gil.

• Para el Registro Mieres del Camín: a don Cristóbal Gómez González.

• Para el Registro Gijón/Xixón n.º 6: a don Manuel Chamorro Sordo.

• Para el Registro Castropol: a doña Isabel Fuentes Máiquez.

• Para el Registro Cangas del Narcea-Tineo: a doña Laura Sánchez-Moreno Babiano.

Segundo.—Disponer la publicación del presente Acuerdo en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Contra este Acuerdo que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación. Todo ello sin perjuicio de la posibilidad de interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, en conexión con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

Dado en Oviedo, a 11 de octubre de 2023.—El Consejero de Hacienda y Fondos Europeos, Guillermo Peláez Álvarez.—Cód. 2023-09641.

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