Teverga - Ayuntamientos (Bopa Nº 2023-202)
Anuncio. Aprobación definitiva de la modificación de créditos extraordinarios y/o suplementos de crédito.
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de créditos extraordinarios o/y suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería y nuevos ingresos, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Altas en aplicaciones de gastos
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Esta modificación se financia con cargo a al remanente líquido de tesorería y nuevos ingresos, en los siguientes términos:
Aplicación: económica | Descripción | Presupuestado | Recaudado | ||
---|---|---|---|---|---|
Cap. | Art. | Conc. | |||
3 | 39 | 399.01 | Recursos eventuales. Imprevistos | 1.000,00 € | 116.155,16 € |
8 | 87 | 870.00 | RLT para gastos generales | -€ | 80.000,00 € |
Total ingresos | 196.155,16 € |
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias con sede en Oviedo, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
San Martín de Teverga, a 9 de octubre de 2023.—El Alcalde.—Cód. 2023-09207.