Llanes - Ayuntamientos (Bopa Nº 2023-198)
Anuncio. Extracto de la Resolución de 4 de octubre de 2023, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para entidades y actividades destinadas a acción social.
BDNS (Identif.): 719969.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/719969).
Primero.—Beneficiarios
Entidades y asociaciones, legalmente constituidas.
Segundo.—Objeto
Proyectos de organización, promoción y difusión de actividades de carácter social encaminadas a prevenir situación de vulnerabilidad y desigualdad y que promocionen la participación, así como el fomento de actividades de convivencia e integración, y la realización de actividades socioculturales para las personas mayores y otros colectivos de atención. En todas esas actividades deberá tener un interés público y directo el Ayuntamiento de Llanes.
Tercero.—Bases reguladoras
En la web del Ayuntamiento de Llanes ayuntamientodellanes.com-Subvenciones y ayudas
Cuarto.—Cuantía
La cuantía máxima para esta convocatoria es de 23.000,00 €.
— Línea I: proyectos que promuevan la promoción e integración de las personas/grupos, la cuantía es de hasta un máximo de 10.000,00 €.
— Línea II: proyectos que promuevan la investigación y lucha contra el cáncer la cuantía máxima es hasta un máximo de 3.000 €.
— Línea III: proyectos destinados a la realización de iniciativas de tipo sociocultural para las personas mayores, la cuantía máxima es hasta un máximo de 4.000 €.
— Línea IV: programas de ayuda humanitaria y de protección de derechos humanos y libertades fundamentales con proyección en países más desfavorecidos. La cuantía máxima es hasta un máximo de 6.000 €.
Quinto.—El plazo para la presentación de las solicitudes es de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOPA del anuncio de la convocatoria.
Sexto.—Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
a) Solicitud de participación, según modelo normalizado que figura como anexo I.
b) Fotocopia del CIF de la entidad, y del NIF de su representante (Anexo II).
c) Ficha técnica relativa al registro municipal de la entidad (Anexo III).
d) Ficha de acreedor (Anexo IV).
e) Ficha del detalle del proyecto para el que se solicita la subvención (Anexo V). Si se presentan varios proyectos a subvencionar, deberá cumplimentarse la misma información para cada proyecto de forma individualizada.
Las solicitudes, así como la documentación complementaria a presentar, se dirigirán al Alcalde del Ayuntamiento de Llanes y se podrán presentar en el Registro General del Ayuntamiento de Llanes, sito en la calle Nemesio Sobrino, s/n. Tendrán los mismos efectos que la entrada en el citado Registro, la remisión de solicitudes por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La realización de las actividades para las que se haya concedido la subvención se justificará hasta el 1 de diciembre de 2023. Acreditada la realización de los gastos subvencionados, se procederá al abono de la ayuda de una sola vez.
Llanes, a 6 de octubre de 2023.—La Interventora.—Cód. 2023-09175.