Mancomunidad del valle del nalón - Mancomunidades (BOPA nº 2023-194)

Anuncio. Convocatoria de proceso selectivo para la formación de una bolsa de empleo de Profesor/a de Guitarra con destino al Conservatorio Profesional de Música de la Mancomunidad del Valle del Nalón.

Con fecha 27 de septiembre de 2023, esta Presidencia en funciones ha dictado una Resolución por la que se aprueban las bases específicas que se citan a continuación, relativas a la convocatoria de proceso se-lectivo para la formación de una Bolsa de Empleo de Profesor/a de Guitarra con destino al Conservatorio Profesional de Música de la Mancomunidad del Valle del Nalón:

BASES ESPECÍFICAS PARA LA FORMACIÓN DE UNA BOLSA DE EMPLEO DE PROFESOR/A DE GUITARRA CON DESTINO AL CONSERVATORIO PROFESIONAL DE MÚSICA DE LA MANCOMUNIDAD DEL VALLE DEL NALÓN

Primera.—Objeto de la convocatoria.

El objeto de esta convocatoria es la elaboración de una bolsa de empleo o lista de aspirantes para la provisión de puestos de trabajo por personal laboral interino en la categoría de Profesores de Guitarra (categoría de Titulados Medios o Grupo 2) a efectos de sustituir a los titulares del correspondiente puesto de trabajo en los supuestos de excedencia, permisos, licencias, jubilaciones parciales o causas análogas por el tiempo durante el cual persistan dichas circunstancias.

La bolsa de trabajo alcanzará la provisión de las siguientes especialidades:

— Guitarra.

La vigencia de la bolsa de empleo será por cuatro cursos académicos, iniciándose en el presente curso 2023-2024, y en tanto no se agote la misma.

No obstante lo anterior, la circunstancia de que se produzca una baja, excedencia, permiso, licencia, etc. no supondrá que automáticamente se recurra a la bolsa de empleo. Corresponde a la Presidencia de la Mancomunidad determinar la oportunidad de realizar la sustitución acudiendo a la bolsa de empleo, si estima que no es posible o conveniente efectuar la sustitución con el personal que ya preste servicio en el Conservatorio.

Segunda.—Funciones y condiciones de contratación.

Las funciones a desarrollar serán las propias de los trabajadores sustituidos dentro de su categoría profesional para el desarrollo de los diferentes programas curriculares y proyectos educativos del Conservatorio Profesional de Música de la Mancomunidad del Valle del Nalón.

Las remuneraciones, jornada de trabajo, vacaciones y permisos y demás cuestiones laborales se ajustarán al "Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Mancomunidad del Valle del Nalón".

El puesto de trabajo estará encuadrado en el Grupo Profesional 2 (Técnico Grado medio).

El contrato que en su caso se formalice, llevará implícito el cumplimiento estricto de los horarios confeccionados por el centro, donde se incluyen junto con las horas lectivas, las de dedicación al centro, variables en función de las necesidades del mismo (participación en actividades complementarias extraescolares, audiciones, conciertos didácticos, biblioteca, guardias, etc.), y asistencia a las reuniones de los órganos, tanto colegiados como de coordinación docente.

El contrato será a tiempo parcial o completo según las características del puesto de trabajo y del contrato de la persona a sustituir, o se determine en cada caso.

Tercera.—Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos a este procedimiento selectivo los aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes:

a) Ser español o, de acuerdo con lo establecido en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, sobre el acceso a determinados sectores de la Función Pública de los nacionales de los demás estados miembros de la Unión Europea, tener la nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea o de cualquiera de aquellos estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se haya definido en el Tratado Constitutivo de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título de Profesor de Grado medio o superior establecido por decreto 2618/66 (Plan del 66) o título superior LOGSE, en la especialidad de Guitarra. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Capacidad funcional para el desempeño del puesto, no estableciéndose exclusiones por limitaciones físicas o psíquicas, salvo en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las correspondientes tareas y funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas.

En el caso de que la finalidad de la contratación sea la celebración de un contrato de relevo, el trabajador a contratar deberá encontrarse en situación de desempleo. Por lo tanto, aunque no sea un requisito para participar en el presente procedimiento, sí resultará un requisito imprescindible para poder suscribir el correspondiente contrato de relevo cuando la causa de la contratación sea la jubilación parcial.

Tanto estas condiciones, como los méritos que se aleguen para su valoración en fase de concurso estarán referidos, como fecha límite, al día de finalización del plazo de presentación de instancias.

Cuarta.—Presentación de instancias.

La Mancomunidad de Servicios del Valle del Nalón convocará el procedimiento de selección, que será por concurso, y concederá un plazo de quince días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOPA, para la presentación de instancias.

Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General de la Mancomunidad del Valle del Nalón (Vicente Vallina, 10, 33950-San Martín del Rey Aurelio), y mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y deberán estar acompañadas de la siguiente documentación:

— Fotocopia simple del DNI o documento equivalente.

— Fotocopia simple del título de profesor de guitarra, en el caso de haber sido obtenido en el extranjero, credencial acreditativa de su homologación.

— Para acreditar los méritos profesionales, el/la aspirante deberá adjuntar el documento justificativo de la entidad pública o privada correspondiente (certificación de servicios previos) donde se especifique con claridad el tiempo total trabajado en años, meses y días, y la o las especialidades en las que éste/a hubiese sido contratado/a. No se tendrán en cuenta las copias de contratos de trabajo, sólo las certificaciones mencionadas.

— Para acreditar los méritos formativos, el/la aspirante deberá adjuntar copia simple de título, certificado o diploma que deberá expresar el número de horas y materias de formación impartidas (será suficiente que se exprese de forma resumida o que su denominación sea claramente indicativa del contenido).

En todo caso, las personas aspirantes deberán indicar, en la instancia, o en documento aparte, un número de teléfono de contacto y una dirección de correo electrónico.

No se admitirán documentos ni acreditaciones con posterioridad a la presentación de solicitudes. no se valorarán aquellos méritos que a juicio del tribunal no se encuentren claramente documentados.

Quinta.—Admisión de aspirantes.

1.—Finalizado el período de presentación de instancias y/o documentación, se publicará en el tablón de anuncios y página web de la Mancomunidad, la lista provisional de aspirantes.

2.—Podrán presentarse reclamaciones contra la citada lista provisional durante el plazo de 3 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de la lista. En este mismo plazo, los aspirantes excluidos podrán subsanar las deficiencias que hayan producido dicha exclusión.

3.—Posteriormente se publicará en el tablón de anuncios y página web de la Mancomunidad, la lista definitiva de los admitidos.

Si inicialmente no hubiese excluidos, sólo se publicará una lista, con carácter de definitiva.

4.—No obstante, si en cualquier momento posterior a la aprobación de las listas se advirtiera en las solicitudes de los aspirantes inexactitud o falsedad que fuera causa de expulsión, ésta se considerará defecto insubsanable y se resolverá la exclusión.

Sexta.—Tribunal calificador.

El tribunal será nombrado por el Presidente y estará compuesto por los siguientes miembros:

— Presidente.

— Secretario (con voz pero sin voto). Será el Secretario-Interventor de la Mancomunidad o funcionario/a en quien delegue.

— Cuatro vocales.

Todos ellos serán personal funcionario o laboral de las Administraciones Públicas.

El tribunal queda facultado para resolver cuantas dudas y demás circunstancias e incidencias se planteen durante el proceso selectivo así como tomar los acuerdos que procedan en orden a la cobertura de las plazas convocadas.

Séptima.—Procedimiento selectivo. Disposiciones generales.

El sistema selectivo será el de concurso.

Consistirá en la valoración por el Tribunal de los méritos alegados y fehacientemente acreditados por los aspirantes conforme al siguiente baremo, y con una puntuación máxima de diez puntos (10 puntos):

A) Méritos Profesionales (este apartado se valorará con un máximo de 6 puntos).

A.1.—Por cada año completo de experiencia docente en la especialidad de guitarra en un Centro Educativo Público de Grado Medio o Superior (las fracciones superiores a un mes se prorratearán por 12)

1,00 punto

A.2.—Por cada año completo de experiencia docente en la especialidad de guitarra en otros Centros Educativos (las fracciones superiores a un mes se prorratearán por 12)

0,75 puntos

A.3.—Por cada año completo de experiencia docente en diferente especialidad a la que se opta en un Centro Educativo Público de Grado Medio o Superior (las fracciones superiores a un mes se prorratearán por 12)

0,25 puntos

A.4.—Por cada año completo de experiencia docente en diferente especialidad a la que se opta en otros Centros Educativos (las fracciones superiores a un mes se prorratearán por 12)

0,13 puntos

Para acreditar la experiencia profesional, el/la aspirante deberá adjuntar documento justificativo de la entidad pública o privada correspondiente (certificación de servicios previos) donde se especifique con claridad el tiempo total trabajado en años, meses y días, y la o las especialidades en las que éste/a hubiese sido contratado/a. No se tendrán en cuenta las copias de contratos de trabajo, sólo las certificaciones mencionadas.

A los efectos de este apartado no podrán acumularse las puntuaciones cuando los servicios se hayan prestado simultáneamente en más de un centro docente.

B) Méritos Formativos (este apartado se valorará con un máximo de 4 puntos).

B.1.—Titulación oficial Superior relacionada con la especialidad a que se concurre

1,00 punto

B.2.—Titulación oficial de Profesor Superior de música en especialidad distinta a la que se opta

0,75 puntos

B.3.—Cursos de formación que estén relacionados con el puesto a que se concurre y que hayan sido expedidos por Centros Oficiales:

— entre 15 y 25 horas

— entre 26 y 50 horas

— entre 51 y 100 horas

— entre 101 y 150 horas

— más de 150 horas

0,10 puntos

0,25 puntos

0,50 puntos

0,75 puntos

1,00 puntos

Se acreditará mediante copia simple de título, certificado o diploma que deberá expresar el número de horas y materias de formación impartidas (será suficiente que se exprese de forma resumida o que su denominación sea claramente indicativa del contenido).

La actuación del Tribunal se desarrollará en los lugares y fechas que se determinen.

Octava.—Calificación definitiva.

Las listas vendrán determinadas por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, conforme el apartado anterior.

El resultado de las puntuaciones obtenidas se hará público a través del Tablón de anuncios y página web de la Mancomunidad, al término del correspondiente proceso selectivo.

En caso de empate, se dará prioridad a aquellos aspirantes que estén en posesión del título de Grado Profesional en la especialidad de "Instrumentos de Cuerda Pulsada del Renacimiento y Barroco" dado que el Conservatorio Profesional de Música Valle del Nalón tiene autorización para impartir dicha especialidad desde el año 2000.

En caso de un nuevo empate, se dará prioridad a la mayor puntuación en méritos formativos, apartado (B3): "Cursos de formación que estén relacionados con el puesto a que se concurre y que hayan sido expedidos por Centros Oficiales."

Si persistiera el empate, se dará prioridad a la mayor puntuación en méritos profesionales, apartado (a1): "Por cada año completo de experiencia docente en la especialidad a la que se opta en un centro educativo Público de Grado medio o superior."

Si continuara el empate, se realizará un sorteo, al que se convocará a los/las aspirantes empatados/as, para decidir el orden entre ellos.

Finalizada la valoración del concurso el Tribunal publicará en el Tablón de anuncios y página web de la Mancomunidad, la relación de los aspirantes, ordenados de mayor a menor puntuación.

Novena.—Bolsa de Empleo.

Los aspirantes admitidos formarán parte de una bolsa de empleo para cubrir interinamente las vacantes de profesor/a de la especialidad de guitarra.

Cuando se produzca una vacante, o cualquier otra circunstancia que haga preciso acudir a la Bolsa de empleo, se intentará ponerse en contacto por vía telefónica y/o correo electrónico con los integrantes de la Bolsa de empleo, llamando al número facilitado por aquéllos, por orden y hasta que alguno acepte el puesto ofrecido.

El/la empleado/a de la Mancomunidad hará constar mediante diligencia que se unirá al expediente el resultado de las llamadas telefónicas practicadas. En el caso de que intentadas tres llamadas a diferente hora, no fuera posible contactar con alguno de los miembros de la Bolsa, se pasará a llamar al siguiente. Del mismo modo se actuará si en el plazo de tres horas desde que se ofreció el puesto, no fuera aceptado o rechazado por la persona a quien se ha hecho el ofrecimiento.

Las personas que hubiesen sido llamadas a formalizar el contrato y que renunciasen a la plaza, pasarán a ocupar el último lugar de la lista de seleccionados.

Las personas que sean llamadas para formalizar contrato deberán aportar los documentos originales acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria así como de los méritos alegados, en un plazo de tres días a contar desde el llamamiento para la contratación. En dicha documentación debe incluirse una declaración responsable de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

Si el/la interesado/a no presentara la documentación requerida, salvo causa justificada, decaerá en su derecho. Adoptado el acuerdo de contratación por el señor Presidente, los seleccionados deberán firmar el contrato en el plazo de dos días, a contar desde el siguiente a aquél en que les sea notificado el nombramiento, quedando sin efecto alguno dicho nombramiento si no se firma el contrato en el plazo indicado sin causa justificada.

En caso de que no se formalizase el contrato, se volverá a reiniciar el procedimiento ofreciendo el puesto al siguiente integrante de la Bolsa de empleo.

En caso de que tampoco sea posible la contratación, se repetirá esta actuación tantas veces sea necesaria mientras queden aspirantes en la Bolsa de empleo.

La bolsa de empleo tendrá la duración indicada, permaneciendo vigente en ese período mientras no se publique una nueva que la sustituya, o no se cubra de manera definitiva la plaza o puesto de trabajo correspondiente.

En el caso de disolución de la Mancomunidad, supresión del servicio de Conservatorio como mancomunado, desaparición de especialidades o disminución del horario o jornadas de las mismas, la Bolsa de empleo puede quedar extinguida total o parcialmente.

Décima.—Recursos.

Las presentes Bases y cuantos actos se deriven de la misma se impugnarán con los medios y forma previstos en la vigente Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En San Martín del Rey Aurelio, a 27 de septiembre de 2023.—El Presidente en funciones.—Cód. 2023-08783.

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