Noreña - Ayuntamientos (Bopa Nº 2023-192)
Anuncio. Aprobación del padrón municipal de tasas por terrazas correspondiente al ejercicio 2023.
Anuncio
Se pone en conocimiento que, por Resolución de Alcaldía de fecha 22 de septiembre de 2023, se aprobó el Padrón Municipal de Terrazas, correspondiente al ejercicio de 2023.
Se expone al público durante quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, durante los cuales, podrán ser examinados dichos documentos en el Ayuntamiento de Noreña y presentar las reclamaciones y alegaciones que se estimen oportunas en el Registro General del Ayuntamiento.
Notificación:
La exposición al público del padrón producirá los efectos de notificación a cada uno de los interesados de las cuotas liquidadas.
Recursos:
Frente al citado acuerdo, podrá interponerse recurso de reposición, ante la Alcaldía, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública de los padrones (art. 14 del R. D. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se prueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales), entendiéndose desestimado si transcurriese un mes desde su interposición, sin notificarse su resolución.
Contra la resolución expresa del recurso anterior, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Oviedo, que por turno corresponda, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación de dicha resolución, si fuera expresa y, si no lo fuera, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente a aquél en el que se produzca la presunta desestimación (art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Período de cobranza: La duración del período de pago será del 25/09/2023 al 24/11/2023.
Los pagos se realizarán mediante domiciliación bancaria o transferencia a una de las cuentas bancarias del Ayuntamiento de Noreña.
Las deudas no satisfechas en período voluntario devengarán el correspondiente recargo y se harán efectivas mediante vía de apremio.
En Noreña, a 22 de septiembre de 2023.—La Alcaldesa.—Cód. 2023-08699.