Consejería de ciencia, empresas, formación y empleo - Otras disposiciones (BOPA nº 2023-185)
Resolución de 18 de septiembre de 2023, del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, por la que se rectifica error advertido en la Resolución de 25 de agosto de 2023, del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, por la que se dispone el gasto, conceden y deniegan subvenciones a entidades promotoras para la ejecución de proyectos innovadores de inclusión Sociolaboral en el ámbito territorial del Principado de Asturias en el ejercicio 2023-2024.
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SEPEPA)
Antecedentes de hecho
Primero.—Mediante Resolución de 25 de agosto de 2023, del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, se dispone el gasto, conceden y deniegan subvenciones a entidades promotoras para la ejecución de proyectos innovadores de inclusión Sociolaboral en el ámbito territorial del Principado de Asturias en el ejercicio 2023-2024.
Segundo.—Publicada la referida resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA núm. 178 de 15 de septiembre de 2023), se advierte error material en la omisión de una fila de la tabla del anexo II, correspondiente a los proyectos aprobados y en el número de participantes del anexo IV, correspondiente a proyectos denegados por crédito insuficiente, así como en la tabla resumen de proyectos denegados/desistidos.
Fundamentos de derecho
Único.—El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispone que "las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos".
Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, mencionados y que son de aplicación,
RESUELVO
Primero.—Rectificar el error advertido, en el anexo II, correspondiente a los proyectos aprobados, en el anexo IV, correspondiente a proyectos denegados por crédito insuficiente y en la tabla resumen de proyectos denegados/desistidos, de la Resolución de 25 de agosto de 2023, del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA núm. 178 de 15 de septiembre de 2023), por la que se dispone el gasto, conceden y deniegan subvenciones a entidades promotoras para la ejecución de proyectos innovadores de inclusión Sociolaboral en el ámbito territorial del Principado de Asturias en el ejercicio 2023-2024, en el siguiente sentido:
Donde dice:
Debe decir:
Segundo.—Disponer la publicación de la Resolución, que en su caso se dicte, en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada, ante el titular de la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, conforme a lo establecido en el artículo 27.2 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995 de 13 de marzo sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias y en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro que se estime oportuno.
Oviedo, a 18 de septiembre de 2023.—El Presidente del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias.—Cód. 2023-08593.