Ribadesella - Ayuntamientos (Bopa Nº 2023-170)
Anuncio. Periodicidad de las sesiones plenarias.
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El Ayuntamiento Pleno, reunido en sesión de fecha 19 de julio de 2023, y en virtud de lo previsto en el artículo 46.1 a) de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen local, ha adoptado el siguiente acuerdo:
"Primero.—Acordar que el Pleno del Ayuntamiento de Ribadesella celebre sesión ordinaria el último miércoles no festivo de cada mes, excepto los meses de diciembre y agosto, que no se celebrará, a las 20 horas.
Segundo.—La Alcaldía por motivos de organización, porque sea festivo o se incluya en un período vacacional el día acordado, o por su cercanía a acontecimientos relevantes podrá adelantar o retrasar hasta en una semana la celebración del Pleno ordinario.
Con motivo de FITUR, el Pleno correspondiente al mes de enero podrá adelantarse, retrasarse hasta dos semanas o fusionarse con el correspondiente al mes de febrero por la Alcaldía."
En Ribadesella, a 23 de agosto de 2023.—El Alcalde-Presidente.—Cód. 2023-07816.