Colunga - Ayuntamientos (Bopa Nº 2023-160)

Anuncio. Creación de comisiones informativas.

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El pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 31 de julio de 2023 acordó la creación de las Comisiones Informativas de carácter permanente cuya denominación y competencias se indican a continuación:

1.—Comisión Informativa de Hacienda y Especial de Cuentas.

Área Competencial

— Cuentas anuales

— Presupuesto General: aprobación y modificaciones de competencia plenaria

— Autorización y Disposición de Gastos en materia de competencia plenaria distintos obras y servicios

— Reconocimiento extrajudicial de créditos

— Recursos de la Hacienda Local de competencia plenaria

— Patrimonio Municipal

— Subvenciones o transferencias de recursos

— Actuaciones relativas a la Cuenta General

— Otras materias que puedan considerarse relacionadas con las anteriores

2.—Comisión Informativa de Urbanismo, Medio Rural y Medioambiente.

Área Competencial

— Ordenación, Gestión y Disciplina urbanística

— Vivienda

— Transporte y Comunicaciones

— Contratación de obras y servicios

— Expedientes de Ruina

— Agricultura y Ganadería

— Puertos

— Pesca

— Playas

— Defensa contra la contaminación y calidad de vida

— Actuaciones municipales de competencia plenaria con relevancia medioambiental

— Otras materias que puedan considerarse relacionadas con las anteriores

3.—Comisión Informativa de Cultura, Turismo y Deportes.

Área Competencial

— Turismo

— Cultura

— Deportes

— Fiestas, Ferias y Mercados

— Industria y Comercio

— Empleo

— Otras materias que puedan considerarse relacionadas con las anteriores

4.—Comisión Informativa de Servicios Sociales y Educación.

Área Competencial

— Bienestar Social

— Sanidad

— Servicios Sociales

— Inmigración

— Igualdad

— Educación

— Juventud

— Otras materias que puedan considerarse relacionadas con las anteriores

5.—Comisión Informativa de Régimen Interior.

Área competencial

— Régimen Interior

— Actuaciones relativas al Personal municipal de competencia plenaria

— Organización administrativa

— Relaciones interadministrativas

— Estadísticas y censos de población

— Término Municipal: delimitación y alteraciones del término municipal

— Nomenclatura de vías públicas

— Seguridad Ciudadana: Policía Local y trafico

— Protección Civil

— Conectividad

— Delegaciones o trasferencias de funciones a otras Administraciones públicas

— Creación, modificación o disolución de mancomunidades u otras organizaciones asociativas, aprobación y modificación de estatutos

— Atención ciudadana

— Asociaciones

— Protocolo

— Otras materias que puedan considerarse relacionadas con las anteriores

Segundo.—Las Comisiones Informativas permanentes asumirán las funciones de estudio, informe, consulta y dictamen previo de cuantos asuntos relativos a las áreas competenciales respectivas vayan a ser sometidos a la decisión del Pleno, salvo cuando hayan de adoptarse acuerdos declarados urgentes.

Igualmente informarán aquellos asuntos de competencia propia de la Junta de Gobierno Local y de la Alcaldía, que sean sometidos a su conocimiento por expresa decisión de estos.

Les corresponde asimismo, el seguimiento de la gestión de la Alcaldía, de la Junta de Gobierno Local y de los Concejales que ostenten delegaciones en las áreas respectivas y sin perjuicio de la competencia de control que corresponde al Pleno

Tercero.—Aprobar la composición de las Comisiones Informativas conforme a las siguientes reglas:

a) Todas las Comisiones Informativas Permanentes se compondrán de un total de seis miembros de la Corporación Municipal: formándose por un presidente y cinco vocales.

b) Atendidos los principios de proporcionalidad y representatividad política, las Comisiones Informativas estarán integradas por dos representantes del Grupo Municipal del Partido Socialista Obrero Español; un representante del grupo municipal de Foro por Asturias y dos representantes del Grupo Municipal del Partido Popular.

c) La adscripción concreta a cada Comisión de los miembros de la Corporación que deban formar parte de la misma en representación de cada Grupo, se realizará mediante escrito de su Portavoz dirigido al Alcalde, del que se dará cuenta al Pleno, pudiendo designarse un suplente por cada titular.

d) La presidencia de las Comisiones Informativas corresponde al Sr. Alcalde, si bien podrá ser delegada en cualquier miembro de la Corporación, a propuesta de la propia Comisión, tras la correspondiente propuesta de la Presidencia, efectuada en su seno. La delegación de la Presidencia de las Comisiones se llevará a cabo mediante Resolución de Alcaldía y se dará cuenta de ella al Pleno en la primera sesión que se celebre.

Cuarto.—Señalar que las comisiones informativas se celebrarán, preferentemente y previa convocatoria de la presidencia, el cuarto día hábil anterior a la fecha de la sesión del Pleno en que se deban adoptar los acuerdos objeto de dictamen de la comisión que corresponda.

Quinto.—Facultar a la Alcaldía-Presidencia para todos los actos que sean necesarios para la ejecución del presente acuerdo.

Colunga, a 2 de agosto de 2023.—El Alcalde.—Cód. 2023-07376.

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