Santo Adriano - Ayuntamientos (Bopa Nº 2023-140)

Anuncio. Decretos organizativos de Alcaldía.

Para general conocimiento, se hace público que la Alcaldía del Ayuntamiento de Santo Adriano adoptó las siguientes resoluciones, objeto de dación de cuenta en la sesión organizativa del Pleno municipal extraordinario de fecha tres de julio de 2023:

1. Nombramientos de Tenientes de Alcalde (Resolución 54/2023, de 26/06/2023)

Siendo precisa la designación de Tenientes de Alcalde de entre sus componentes, en cumplimiento de los arts. 21.2 y 23.3 de la Ley 7/85, de 2 de abril (LRBRL), y 46 a 48 del R. D. 2568/86, de 28 de noviembre (ROF),

HE RESUELTO

Primero.—Nombrar Tenientes de Alcalde del Ayuntamiento de Santo Adriano a:

1.er Teniente de Alcalde: D. Fernando Álvarez Álvarez

2.do Teniente de Alcalde: D. José María García Fernández

Segundo.—La efectividad del presente decreto se producirá desde el día siguiente al de su firma, sin perjuicio de su publicación en el BOPA, y la necesaria dación de cuenta al Pleno Corporativo en la próxima sesión que se celebre de conformidad con el art. 38 d) del ROF.

2. Decreto creación Concejalías (Resolución 55/2023, de 26/6/2023)

Celebradas Elecciones Locales el día 28 de mayo de 2023 y constituida la Corporación Municipal el 17 de junio, procede establecer la organización política del Ayuntamiento de Santo Adriano, así como efectuar las correspondientes delegaciones en los Concejales responsables de Áreas en que se va a estructurar.

Las facultades para establecer la nueva organización, me las confieren los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y, de conformidad con lo establecido en los artículos 43, 44, 45 y 114 al 118 del Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y, según lo dispuesto en los artículos 9 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,

RESUELVO

Primero.—Estructurar las Concejalías Municipales en las siguientes Áreas, y nombrar Concejales Responsables de Área, a los que se otorga delegación genérica dentro de la actividad de que se trata, en los términos previstos en el artículo 43.3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, a los siguientes Concejales:

1. Concejalía de Obras: Don Baldomero García García.

Segundo.—El ámbito de actuación de los Concejales Delegados Responsables de Área, será el de la dirección interna, gestión, coordinación y supervisión de los servicios correspondientes a su área de actividad.

No obstante, los actos administrativos, tales como iniciación, ordenación, instrucción y, en su caso, finalización y terminación convencional del procedimiento administrativo y ejecución, tanto de los procedimientos ordinarios como urgentes, incluyendo la firma de todos los documentos administrativos y la facultad de resolver mediante actos que afecten a terceros, seguirán siendo de competencia de la Alcaldía.

Tercero.—Todas las delegaciones conferidas en los apartados anteriores se entienden sin perjuicio de las facultades de la Alcaldía para resolver en cualquier momento los asuntos concretos de la materia objeto de delegación. La Alcaldía conservará, en todo caso, las facultades de recibir información detallada de la gestión de la competencia delegada o de los actos o disposiciones emanados en virtud de la delegación, así como la de ser informada previamente a la adopción de las decisiones de trascendencia, por parte de todos los Concejales delegados.

Cuarto.—Dese cuenta de esta Resolución al Pleno Municipal en la primera sesión que celebre, de conformidad con lo previsto en el artículo 38 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, ordénese su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, notifíquese a los interesados, comuníquese a los Servicios y Dependencias Municipales, todo ello sin perjuicio de que surta efectos desde el día siguiente al siguiente al de la firma de la misma.

3. Resolución Presidencia Comisiones Informativas (Resolución 56/2023, de 26/6/2023)

De conformidad con el artículo 38 d) y 125 a) del R. D. 2568/86, de 28 de noviembre (ROF),

HE RESUELTO

Único.—Proponer la Presidencia efectiva de las Comisiones Informativas del Ayuntamiento de Santo Adriano a:

• Comisión Informativa de Cuentas.

Presidenta, D.ª Elvira Menéndez Fernández.

Contra estas resoluciones, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente al de la fecha del acto administrativo, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el siguiente al de la fecha del acto administrativo, ante el órgano competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Villanueva de Santo Adriano, a 11 de julio de 2023.—La Alcaldesa.—Cód. 2023-06403.

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