San Tirso De Abres - Ayuntamientos (Bopa Nº 2023-136)

Anuncio. Nombramiento de Tenientes de Alcalde.

En fecha 5 de julio de 2023 se dictó Resolución de Alcaldía con el siguiente tenor literal:

"Celebradas las Elecciones Locales el día 28 de mayo de 2023, y habiendo tenido lugar la sesión de constitución de la Corporación y de elección del Alcalde el día 17 de junio de 2023, en virtud de las facultades que me confieren los artículos 21.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, y 46.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobado por Decreto 2568/1986,

RESUELVO

Primero.—Nombrar a los siguientes Tenientes de Alcalde:

D. Juan Carlos Parapar Yanes, Primer Teniente de Alcalde.

Dña. Clara Salgado Folgueiras, Segunda Teniente de Alcalde.

Segundo.—A los Tenientes de Alcalde, en cuanto tales, les corresponderá la sustitución de la Alcaldía en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que le imposibilite para el ejercicio de sus atribuciones.

Tercero.—De la presente resolución se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre, notificándose, además, personalmente a los designados, y se publicará en el BOPA, sin perjuicio de la efectividad del nombramiento desde el día siguiente al de la resolución."

La presente resolución es un acto administrativo resolutorio que pone fin a la vía administrativa. Contra el mismo se podrá interponer por los particulares interesados recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso correspondiente en el plazo de dos meses desde la notificación, en atención a lo señalado en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin perjuicio, en el caso de Administraciones Públicas, de hacer uso del previo requerimiento previsto en el artículo 44 del citado cuerpo legal. No obstante podrá interponerse cualquier otro recurso que se estime oportuno.

En San Tirso de Abres, a 5 de julio de 2023.—El Alcalde.—Cód. 2023-06098.

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