Consejería de educación - Otras disposiciones (BOPA nº 2023-121)

Resolución de 15 de junio de 2023, de la Consejería de Educación, de segunda modificación de la Resolución de 2 de mayo de 2023, de la Consejería de Educación, por la que se aprueba la designación de los Tribunales que han de juzgar el procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso-oposición en los cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria (0590) y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas (0592) a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Antecedentes de hecho

Primero.—Por Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Consejería de Educación, se convoca procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso-oposición a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria (0590), Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas (0592) y Maestros (0597), publicada en el BOPA núm. 249, de 30 de diciembre de 2022.

Segundo.—En ejecución de las bases de la convocatoria se dictó la Resolución de 2 de mayo de 2023, de la Consejería de Educación, por la que se aprueba la designación de los Tribunales que han de juzgar el procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso-oposición en los cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria (0590) y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas (0592) a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por Resolución de 31 de mayo de 2023.

Tercero.—Los mencionados tribunales se constituyeron la semana del 15 de mayo de 2023, de esta constitución y de diversas situaciones que se han dado hasta este momento, ha resultado que un tribunal no dispone de vocales suplentes, por lo que se hace necesario nombrar nuevos suplentes.

Fundamentos de derecho

Primero.—Es competente para la resolución del presente expediente la persona titular de la Consejería de Educación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 del Decreto 13/2019, de 24 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma y en el Decreto 82/2019, de 30 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Educación, así como en el artículo 21.4 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias.

Segundo.—El Decreto 24/2022, de 4 de noviembre, del Presidente del Principado, dispone que la Consejera de Educación sea sustituida por el Consejero de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático, en la aprobación de las convocatorias de los procesos selectivos extraordinarios que se celebren al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre y del Real Decreto 270/2022, de 12 de abril, por el que se modifica el Reglamento de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, así como para adoptar todos los actos administrativos que se deriven o traigan causa en las citadas convocatorias en tanto tengan que ver y se mantenga la causa de abstención invocada.

Vistos los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho,

RESUELVO

Primero.—Modificar el anexo I de la Resolución de 2 de mayo de 2023, de la Consejería de Educación, por la que se aprueba la designación de los Tribunales, designando a las personas que serán los nuevos vocales suplentes de los tribunales que se señalan:

0590004 Lengua castellana y literatura - Tribunal 3

***3007** Victoria Salas Venteo - IES Número 5

***7059** Mercedes Ruisánchez Gutiérrez - IES Carreño Miranda

***2407** Purificación Ruesga García - IES Isla de la Deva

Segundo.—Ordenar la publicación de la presente Resolución en el portal educativo www.educastur.es y en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Consejería de Educación en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

Oviedo, a 15 de junio de 2023.—La Consejera de Educación.—Por sustitución (Decreto 24/2022, de 4 de noviembre; BOPA 8/11/2022), el Consejero de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático.—Cód. 2023-05549.

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