ORDEN PIC/782/2024, de 8 de julio, por la que se determina la inscripción en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios de Aragón de la modificación del artículo cuarto de los estatutos del Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de Aragón.


Los actuales Estatutos del Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de Aragón, Colegio creado por Ley 11/2001, de 18 de junio, están inscritos en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios Profesionales de Aragón mediante Orden de 24 de junio de 2014, del Consejero de Política Territorial e Interior ("Boletín Oficial de Aragón", número 140, de 18 de julio de 2018), habiéndose inscrito en dicho Registro la modificación de los mismos mediante Orden PIC/444/2024, de 30 de abril ("Boletín Oficial de Aragón", número 91, de 13 de mayo de 2024).


El artículo 19 de la Ley 2/1998, de 12 de marzo, de Colegios Profesionales de Aragón, establece que los Colegios Profesionales de Aragón gozarán de autonomía para la aprobación y modificación de sus estatutos, con las limitaciones que establezca el ordenamiento jurídico. Los estatutos aprobados y, en su caso sus modificaciones serán remitidos por el Colegio al Departamento correspondiente del Gobierno de Aragón, cuyo titular, previa calificación de legalidad por el órgano competente del Departamento, ordenará su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios de Aragón y su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".


Actualmente, el Departamento de Presidencia, Interior y Cultura es competente en materia de Colegios Profesionales cuyo ámbito territorial esté comprendido dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.y) del Decreto 1/2024, de 10 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Interior y Cultura. Y según el artículo 20 de dicho Decreto, las competencias se ejercerán por la Dirección General de Interior y Emergencias.


El Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de Aragón, en asamblea general de 17 de diciembre de 2021, aprobó la modificación del artículo 4 por cambio de su domicilio social, solicitando su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios de Aragón.


Mediante Resolución del Director General de Interior y Emergencias de 20 de mayo de 2024 (publicada en el "Boletín Oficial de Aragón",número 103, de 29 de mayo de 2024) se sometió a información pública la citada modificación del domicilio social. Asimismo, fue publicada en la web de transparencia del Gobierno de Aragón. No se han recibido alegaciones al respecto.


Por cuanto antecede, en virtud de la competencia atribuida en el artículo 19 de la Ley de Colegios Profesionales de Aragón, en relación con el mencionado Decreto 1/2024, de 10 de enero, dispongo:


Primero.- Ordenar la inscripción en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios de Aragón de la modificación del artículo 4.º de los Estatutos del Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de Aragón, cuya redacción queda como sigue:


"Artículo 4. Sede: La sede del Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de Aragón se encuentra en Zaragoza, en la calle Rosalía de Castro 19, local, sin perjuicio de que se celebren reuniones de los órganos de gobierno en otros lugares de la Comunidad Autónoma. Dicho domicilio podrá ser modificado por la asamblea general a propuesta de la Junta de Gobierno. Asimismo, le corresponderá establecer, si procede, diversas delegaciones en distintos lugares de la Comunidad Autónoma".


Segundo.- La modificación de los Estatutos deberá ser publicada en el "Boletín Oficial de Aragón".


Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dicta en el plazo de un mes computado a partir del día siguiente al de su publicación.


Asimismo, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación.


Zaragoza, 8 de julio de 2024.


La Consejera de Presidencia, Interior y Cultura,


TOMASA HERNÁNDEZ MARTÍN

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