ORDEN PIC/767/2024, de 5 de julio, por la que se autoriza al Ayuntamiento de Teruel para la concertación de una operación de crédito a largo plazo de 5.298.960,22 euros a formalizar con la entidad financiera Ibercaja Banco, SA, por un plazo de 12 años con destino a financiar inversiones previstas en el presupuesto municipal del ejercicio 2024.


Examinada la solicitud del Ayuntamiento de Teruel presentada con fecha 2 de julio de 2024, para la formalización de una operación de crédito a largo plazo, resultando que:


Primero.- Mediante acuerdo del Pleno, de 1 de julio 2024, se adjudicó una operación de crédito a largo plazo por importe de cinco millones doscientos noventa y ocho mil novecientos sesenta euros y veintidós céntimos (5.298.960,22), con un plazo de 12 años, con dos años de carencia y con destino a financiar inversiones previstas en el presupuesto municipal del ejercicio 2024 a concertar con la entidad financiera Ibercaja Banco, SA.


Segundo.- El Ayuntamiento de Teruel dispone de Presupuesto aprobado para el ejercicio de 2024, en el que se incluye la operación de crédito, cumpliendo lo preceptuado en el artículo 50 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL).


Tercero.- El ahorro neto del Ayuntamiento de Teruel, conforme a lo dispuesto en el artículo 53.1 del TRLHL y la disposición adicional decimocuarta del Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, según cálculo efectuado por dicho Ayuntamiento, es de signo positivo y se eleva a 1.032.217,19 euros.


Cuarto.- El volumen total del capital vivo de las operaciones de crédito vigentes a corto y largo plazo, incluidas las operaciones proyectadas, representa el 54,43 por 100 de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio de 2023 (que ascienden a 32.433.136,13 euros), conforme al artículo 53.2 del TRLHL y la disposición adicional decimocuarta del Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público.


Quinto.- El Presupuesto del ejercicio 2023 ha sido liquidado con un remanente de tesorería para gastos generales ajustado de signo positivo cuyo importe asciende a 1.325.356,78 euros.


Sexto.- El periodo medio de pago de la entidad local del mes de mayo de 2024, se sitúa en 26,96 días.


Considerando que:


Primero.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 48 a 55 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el Ayuntamiento de Teruel, según la documentación aportada por el mismo, puede concertar operaciones de crédito a largo plazo para la financiación de sus inversiones.


Segundo.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.2 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, procede autorización de este órgano de tutela financiera por haber liquidado el ejercicio 2023 incumpliendo el objetivo de estabilidad presupuestaria, encontrándose la entidad comprendida en el ámbito subjetivo de los artículos 111 y 135 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.


Tercero.- Conforme a lo previsto en los artículos 114 del Estatuto de Autonomía de Aragón y 53 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, corresponde al Gobierno de Aragón la autorización de dicha operación de crédito, en ejercicio de su competencia para velar por los intereses financieros de los Entes Locales de su territorio.


Vistos el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo; la Ley Orgánica 5/2007, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de Aragón; la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón; el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público; la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera; el Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria en su aplicación a las entidades locales, y demás disposiciones de aplicación, resuelvo:


En ejercicio de las facultades atribuidas por Decreto 1/2024, de 10 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Interior y Cultura, autorizar al Ayuntamiento de Teruel la concertación de una operación de crédito a largo plazo de cinco millones doscientos noventa y ocho mil novecientos sesenta euros y veintidós céntimos (5.298.960,22) a concertar con la entidad financiera Ibercaja, Banco, SA, por un plazo de 12 años, con dos años de carencia, con destino a financiar inversiones previstas en el presupuesto municipal del ejercicio 2024.


Zaragoza, 5 de julio de 2024.


La Consejera de Presidencia, Interior y Cultura, TOMASA HERNÁNDEZ MARTÍN

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