ORDEN PIC/748/2024, de 2 de julio, por la que se autoriza al Ayuntamiento de Zaragoza para la concertación de una operación de crédito a largo plazo de 12.375.999,91 euros a formalizar con la entidad financiera Ibercaja, por un plazo de 12 años y 3 meses, con destino a la sustitución de un préstamo preexistente con Dexia Capital.


Examinada la solicitud del Ayuntamiento de Zaragoza presentada con fecha 28 de junio de 2024, para la formalización de una operación de crédito a largo plazo, resultando que:


Primero.- Mediante acuerdo del Gobierno de Zaragoza, de 27 de junio de 2024, se adjudicó una operación de crédito a largo plazo de doce millones trescientos setenta y cinco mil novecientos noventa y nueve euros con noventa y un céntimos (12.375.999,91 ) a concertar con la entidad financiera Ibercaja, por un plazo de 12 años y 3 meses, con destino a la sustitución de un préstamo preexistente con Dexia Capital.


Segundo.- El Ayuntamiento de Zaragoza dispone de presupuesto aprobado para el ejercicio de 2024, publicado en el "Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza" con fecha 19 de febrero de 2024.


Tercero.- El ahorro neto del Ayuntamiento de Zaragoza, conforme a lo dispuesto en el artículo 53.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo (TRLHL), y la disposición adicional decimocuarta del Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, según cálculo efectuado por dicho Ayuntamiento, es de signo positivo y se eleva a 23.954.203,55 euros.


Cuarto.- El volumen total del capital vivo de las operaciones de crédito vigentes a corto y largo plazo, incluidas las operaciones proyectadas, representa el 80,34% de los ingresos estimados corrientes consolidados liquidados en el ejercicio de 2023 (que ascienden a 849.470.161,18 euros). Una vez sustituida la operación de Dexia Capital, el porcentaje se situaría en un 78,88 %, conforme al artículo 53.2 del TRLHL y la disposición adicional decimocuarta del Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público.


Quinto.- El Presupuesto del ejercicio 2023 ha sido liquidado con un remanente de tesorería para gastos generales ajustado de signo positivo cuyo importe asciende a 3.296.868,07 euros.


Sexto.- El periodo medio de pago de la entidad local del mes de diciembre de 2023 se situaba en 14,41 días y en abril de 2024 a 34,12 días.


Séptimo.- La mencionada operación cumple el principio de prudencia financiera exigido por el artículo 48 bis del TRLRHL, conforme determina la Resolución de 4 de julio de 2017 de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, que para los supuestos de sustitución de operaciones contiene una regulación especial al señalar que se entenderá cumplido aquel principio si se genera un ahorro financiero y se cumplen simultáneamente las siguientes condiciones: la operación tenga una vida media residual superior a un año, no se modifique el plazo de la operación, la modificación del contrato suponga una rebaja en el tipo de interés de la operación y el clausulado del nuevo contrato respete lo establecido en la presente Resolución. Consta en la solicitud presentada la confirmación de la Subdirección General de Gestión de la Deuda Pública, una vez consultada a la abogacía del Estado, de la adecuación de la operación proyectada con lo previsto en el apartado séptimo de la mencionada Resolución sin necesidad de acudir a autorización excepcional del apartado octavo.


Considerando que:


Primero.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 48 a 55 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el Ayuntamiento de Zaragoza, según la documentación aportada por el mismo, puede concertar operaciones de crédito a largo plazo.


Segundo.- La disposición adicional decimocuarta del Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, establece la posibilidad de que las entidades locales que liquiden el ejercicio inmediato anterior con ahorro neto positivo y un volumen de endeudamiento que, excediendo del 75% de los ingresos corrientes liquidados o devengados, no supere al establecido en el artículo 53 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, es decir, el 110% de dichos recursos, puedan concertar operaciones de endeudamiento previa autorización del órgano competente que tenga atribuida la tutela financiera de las entidades locales.


Tercero.- Conforme a lo previsto en los artículos 114 del Estatuto de Autonomía de Aragón y 53 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, corresponde al Gobierno de Aragón la autorización de dicha operación de crédito, en ejercicio de su competencia para velar por los intereses financieros de los entes locales de su territorio.


Vistos el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo; la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de Reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón; la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón; el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público; la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera; el Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria, en su aplicación a las entidades locales, y demás disposiciones de aplicación, resuelvo:


En ejercicio de las facultades atribuidas por Decreto 1/2024, de 10 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Interior y Cultura, autorizar al Ayuntamiento de Zaragoza la concertación de una operación de crédito a largo plazo de doce millones trescientos setenta y cinco mil novecientos noventa y nueve euros con noventa y un céntimos (12.375.999,91 ) a concertar con la entidad financiera Ibercaja, por un plazo de doce años y tres meses, con destino a la sustitución de un préstamo con Dexia Capital.


Zaragoza, 2 de julio de 2024.


La Consejera de Presidencia, Interior y Cultura, TOMASA HERNÁNDEZ MARTÍN

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