ORDEN PIC/747/2024, de 2 de julio, por la que se autoriza al Ayuntamiento de Zaragoza para la concertación de una operación a largo plazo de 30.000.000 de euros a formalizar con las entidades financieras de Caja Rural de Aragón, Ibercaja, Caja Rural de Soria y Sabadell, por un plazo de 10 años con destino a financiar inversiones previstas en el presupuesto municipal del ejercicio 2024.


Examinada la solicitud del Ayuntamiento de Zaragoza presentada con fecha 25 de junio de 2024 para la formalización de una operación de crédito a largo plazo, resultando que:


Primero.- Mediante acuerdo del Gobierno de Zaragoza, de 13 de junio de 2024, se adjudicó una operación de crédito a largo plazo de treinta millones de euros (30.000.000 euros) por un plazo de 10 años, sin carencia, con destino a financiar inversiones previstas en el presupuesto municipal del ejercicio 2024 y a concertar con las entidades financieras: Caja Rural de Aragón por importe de 12.064.773 euros, Ibercaja por importe de 10.000.000 euros, Caja Rural de Soria por importe de 5.000.000 euros, y Sabadell por importe de 2.935.227 euros.


Segundo.- El Ayuntamiento de Zaragoza dispone de presupuesto aprobado para el ejercicio de 2024, en el que se incluye la operación de crédito, cumpliendo lo preceptuado en el artículo 50 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.


Tercero.- El ahorro neto del Ayuntamiento de Zaragoza, conforme a lo dispuesto en el artículo 53.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2024, de 5 de marzo (TRLRHL), y la disposición adicional decimocuarta del Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, según cálculo efectuado por dicho Ayuntamiento, es de signo positivo y se eleva a 23.954.203,55 euros.


Cuarto.- El volumen total del capital vivo de las operaciones de crédito vigentes a corto y largo plazo, incluidas las operaciones proyectadas, representa el 78,88% de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio de 2023 (que ascienden a 849.470.161,18 euros), conforme al artículo 53.2 TRLRHL y la disposición adicional decimocuarta del Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público.


Quinto.- El Presupuesto del ejercicio 2023 ha sido liquidado con un remanente de tesorería para gastos generales ajustado de signo positivo cuyo importe asciende a 3.296.868,07 euros.


Sexto.- El periodo medio de pago de la entidad local del mes de abril de 2024, se sitúa en 34,12 días.


Considerando que:


Primero.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 48 a 55 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2024, de 5 de marzo, el Ayuntamiento de Zaragoza, según la documentación aportada por el mismo, puede concertar operaciones de crédito a largo plazo para la financiación de sus inversiones.


Segundo.- La disposición adicional decimocuarta del Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, establece la posibilidad de que las entidades locales que liquiden el ejercicio inmediato anterior con ahorro neto positivo y un volumen de endeudamiento que, excediendo del 75% de los ingresos corrientes liquidados o devengados, no supere al establecido en el artículo 53 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, es decir, el 110% de dichos recursos, puedan concertar operaciones de endeudamiento previa autorización del órgano competente que tenga atribuida la tutela financiera de las entidades locales.


Tercero.- Conforme a lo previsto en los artículos 114 del Estatuto de Autonomía de Aragón, y 53 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2024, de 5 de marzo, corresponde al Gobierno de Aragón la autorización de dicha operación de crédito, en ejercicio de su competencia para velar por los intereses financieros de los entes locales de su territorio.


Vistos el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales; la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón; la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón; el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público; la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera; el Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria en su aplicación a las entidades locales, y demás disposiciones de aplicación, resuelvo:


En ejercicio de las facultades atribuidas por Decreto 1/2024, de 10 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Interior y Cultura, autorizar al Ayuntamiento de Zaragoza la concertación de una operación de crédito a largo plazo de treinta millones de euros (30.000.000 euros) a concertar con las entidades financieras: Caja Rural de Aragón, Ibercaja, Caja Rural de Soria y Sabadell, por un plazo de 10 años, sin carencia, con destino a financiar las inversiones previstas en el presupuesto municipal del ejercicio 2024.


Zaragoza, 2 de julio de 2024.


La Consejera de Presidencia, Interior y Cultura, TOMASA HERNÁNDEZ MARTÍN

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