ORDEN EEI/731/2024, de 21 de junio, sobre delegación del ejercicio de competencias en materia de autorización de gastos, disposición de créditos, reconocimiento de obligaciones, propuestas de ordenación de pagos con cargo a las cuentas justificativas relativas a los anticipos de Caja Fija.


De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.2 del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado mediante Decreto Legislativo 3/2023, de 17 de mayo, del Gobierno de Aragón, corresponde a los titulares de los departamentos autorizar los gastos propios de los servicios a sus cargo, así como efectuar la disposición del crédito y el reconocimiento de la obligación y proponer a la persona titular del departamento competente en materia de hacienda la ordenación de los pagos correspondientes, determinándose en el apartado 4 del mismo artículo, la facultad de delegar tales funciones


El artículo 11.4 del Decreto 232/1999, de 22 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los anticipos de Caja Fija y los Pagos a Justificar establece que los gastos cuyos pagos hayan de realizarse con fondos a justificar o anticipos de caja fija, deberán seguir la tramitación establecida en cada caso, de la que quedará constancia documental, y serán acordados por los órganos competentes, quienes ordenarán al cajero pagador la procedencia de efectuar los pagos materiales, haciéndolo constar expresamente en los justificantes de las obligaciones de que se trate o en documento aparte.


El artículo 1.1.b) de la Orden de 27 de diciembre de 1999, del Departamento de Economía, Hacienda y Función Pública, que desarrolla el Decreto 232/1999 mencionado, establece la posibilidad de delegación de competencias para autorizar gastos cuyos pagos se efectúen a través del sistema de anticipo de caja fija.


El 7 de noviembre de 2023 se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón" la Orden EEI/1545/2023, de 30 de octubre, sobre delegación de competencias en materia de autorización de gastos, disposición de créditos, reconocimiento de obligaciones, propuestas de ordenación de pagos, contratación y devolución de ingresos. No obstante, dicha Orden no menciona la delegación de competencias en materia de autorización de gastos, disposición de créditos, reconocimiento de obligaciones, propuestas de ordenación de pagos con cargo a las cuentas justificativas relativas a los anticipos de Caja Fija.


Por motivos de índole técnica, eficacia administrativa y agilidad en la gestión, se considera conveniente delegar el ejercicio de dichas competencias en el titular de la Secretaría General Técnica y en los titulares de los Servicios Provinciales.


Por ello, y en uso de las atribuciones que tengo conferidas, resuelvo:


Primero.- Delegar en la Secretaría General Técnica y en los Directores de los Servicios Provinciales la aprobación de las cuentas justificativas relativas a los anticipos de Caja Fija y Pagos a Justificar de sus respectivas cuentas.


Segundo.- Delegar en la Secretaría General Técnica y en los Directores de los Servicios Provinciales las facultades para autorizar gastos, disponer créditos, reconocer obligaciones, y ordenar pagos de los fondos consignados en sus respectivas cuentas corrientes abiertas a nombre de la Secretaría General Técnica y de los Servicios Provinciales respectivamente, destinadas a atender obligaciones con cargo a anticipos de Caja Fija.


Zaragoza, 21 de junio de 2024.


La Vicepresidenta Segunda y Consejera de Economía, Empleo e Industria,


MARÍA DEL MAR VAQUERO PERIANEZ

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