ANUNCIO del Servicio Provincial del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación en Huesca, sobre la aprobación del Acuerdo de la Concentración Parcelaria de Yebra de Basa (Huesca).
Se pone en conocimiento de todos los interesados en la Concentración Parcelaria de la zona de Yebra de Basa (Huesca), declarada de utilidad pública y urgente ejecución, por Decreto 38/1995, de 14 de marzo, de la Diputación General de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 37, de 29 de marzo de 1995).
Primero.- Que con fecha 27 de junio de 2024, la Directora General de Desarrollo Rural ha aprobado el Acuerdo de Concentración Parcelaria de la zona de Yebra de Basa, tras haber introducido en el Proyecto las modificaciones oportunas como consecuencia de la encuesta del mismo, llevada a cabo conforme determina el artículo 209 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, acordándose que se lleve a cabo la publicación del referido Acuerdo de concentración parcelaria en la forma que determina el artículo 210 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario.
Segundo.- Que el Acuerdo de concentración, con los documentos que contiene, estará expuesto al público en el local del municipio habilitado al efecto durante un mes a contar desde la inserción del último anuncio expuesto por tres días en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Yebra de Basa, e inserto una sola vez en el "Boletín Oficial de la Provincia de Huesca" y en el "Boletín Oficial de Aragón". La consulta de los documentos que componen el Acuerdo implica que conforme a lo dispuesto por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos que se incluyen no podrán ser utilizados para fines distintos de los de la concentración parcelaria.
Tercero.- Que durante el plazo de un mes antes mencionado podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación del Gobierno de Aragón, basado en la infracción de las formalidades prescritas para su elaboración y publicación o si no se ajustase a las bases de la concentración a las que se refiere el artículo 184 de la misma Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, presentándolo preferentemente en el registro del Servicio Provincial de Huesca o por cualquiera de los medios establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, expresando en el escrito un domicilio para realizar las notificaciones que procedan.
Huesca, 27 de junio de 2024.- El Director del Servicio Provincial, Emilio Betrán Escartín.