ORDEN HAP/712/2024, de 20 de junio, por la que se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por el Gobierno de Aragón el 19 de junio de 2024, por el que se establece un régimen de resarcimiento especial de asistencias por la participación en tribunales de selección de personal.


Aprobado por el Gobierno de Aragón, el 19 de junio de 2024, Acuerdo por el que se establece un régimen de resarcimiento especial de asistencias por la participación en tribunales de selección de personal, se procede a su publicación en los términos que se consignan a continuación.


Zaragoza, 20 de junio de 2024.


El Consejero de Hacienda y Administración Pública,


ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR


ACUERDO DE 19 DE JUNIO DE 2024 DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE ESTABLECE UN RÉGIMEN DE RESARCIMIENTO ESPECIAL DE ASISTENCIAS POR LA PARTICIPACIÓN EN tribunales DE SELECCIÓN DE PERSONAL


El Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, regula el régimen de asistencias por la participación en tribunales y órganos de selección de personal, con distinción de las cuantías a percibir en función de los Cuerpos o Escalas a los que se refiere el acceso.


En la disposición transitoria primera de la Ley 17/2023, de 22 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2024, referida a las indemnizaciones por razón de servicio, se establece que el "Gobierno de Aragón podrá autorizar un régimen de resarcimiento especial para casos excepcionales o en casos no regulados expresamente por ese Real Decreto. El correspondiente Acuerdo será publicado en la página de transparencia."


En la Administración General del Estado no se ha acordado hasta la fecha una revisión o actualización de la indemnización a percibir en concepto de asistencia por participación en "tribunales de oposiciones y concursos encargados de la selección de personal o de pruebas cuya superación sea necesaria para el ejercicio de profesiones o para la realización de actividades", si bien desde el año 2020, la ejecución de las Ofertas de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal, así como de las Ofertas de Empleo Público basadas en las tasas de reposición previstas en la legislación presupuestaria, y, posteriormente, la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, han implicado un incremento considerable en el número de procesos selectivos que deben ser desarrollados de forma simultánea antes de finalizar el 31 de diciembre de 2024.


La especial responsabilidad y complejidad de la labor que asume el personal funcionario y laboral que participa en tribunales de selección, unida a las exigencias de celeridad en el desarrollo de procesos selectivos y al compromiso alcanzado por el Gobierno de Aragón en cuanto al calendario de ejecución, justifican la actualización de las cuantías a abonar a quienes desempeñan las funciones de miembro de tribunal en los procesos de selección del sector de Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.


Por otro lado, la responsabilidad y compromiso que asumen los miembros de los tribunales de oposición no varía en función del subgrupo A1, A2, C1 o C2 de los Cuerpos o Escalas a los que se refiere el acceso; de ahí la unificación de cuantías con independencia del Grupo de acceso.


En consecuencia, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión celebrada el día 19 de junio de 2024, se adopta el siguiente acuerdo:


Primero.- Establecer un régimen de resarcimiento especial por participación en tribunales y órganos de selección de personal.


Segundo.- Será de aplicación a los procesos selectivos que se lleven a cabo dentro del ámbito sectorial de la Administración General, quedando expresamente excluidos los procesos selectivos de personal docente y personal estatutario de Sanidad.


De forma específica, será de aplicación a los tribunales que, en su caso, se constituyan para la ejecución de los procesos selectivos referidos en el Acuerdo de 25 de mayo de 2022, relativo a los criterios generales sobre las medidas a aplicar para la reducción de la temporalidad en la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón:


- Las convocatorias de estabilización 2017, 2018 y 2019, turno libre y turno para personas con discapacidad.


- Los procesos de estabilización de 2022 que se realicen mediante concurso-oposición.


- Los procesos selectivos correspondientes a las ofertas ordinarias 2018 a 2022.


- Promoción interna 2019, 2020, 2021 y 2022.


- Los procesos selectivos correspondientes a la Oferta de Empleo Público ordinaria de 2023.


Tercero.- Las cuantías por asistencias por participación en tribunales de selección de personal en el ámbito de sectorial de Administración General, son las siguientes:


- Presidente y Secretario: 80,30 euros por sesión.


- Vocales o Asesores Especialistas: 74,95 euros por sesión.


Cuarto.- En cuantas normas generales y regulación de las asistencias por participación en tribunales de selección, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.


Quinto.- La entrada en vigor de este Acuerdo se producirá el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

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