RESOLUCIÓN de 24 de junio de 2024, de la Universidad de Zaragoza, por la que se anuncia concurso de méritos para la provisión del puesto de Jefe de Negociado del Departamento de Microbiología, Pediatría, Radiología y Salud Pública de la Facultad de Medicina de la Universidad de Zaragoza.


Referencia: CM-09/2024.


Estando dotado presupuestariamente el puesto de trabajo que se relaciona en el anexo de esta Resolución, este Rectorado acuerda convocar concurso de méritos para su provisión definitiva con sujeción a las siguientes:


Bases


1. Normas generales.


Para lo no dispuesto en la presente convocatoria, regirá lo establecido en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado; los Estatutos de la Universidad de Zaragoza; el Pacto del personal funcionario de administración y servicios de la Universidad de Zaragoza (en adelante, Pacto); la Resolución de 16 de febrero de 2015 de la Universidad de Zaragoza, por la que se hace público el baremo a aplicar en los concursos para la provisión de puestos de trabajo del personal de administración y servicios funcionario de la Universidad de Zaragoza (en adelante, Baremo); y demás normas de general y pertinente aplicación.


2. Puesto convocado.


2.1. Relación de puestos. El puesto convocado es el que figura en el anexo, y puede ser consultado en la Relación de Puestos de Trabajo del personal de administración y servicios, aprobada por Resolución de 24 de enero de 2020, de la Universidad de Zaragoza (en adelante, RPT).


2.2. Funciones. Las funciones del puesto convocado corresponden a la plantilla P24, que se puede consultar en la página https://inspecciongeneral.unizar.es/calidad-y-mejora/funciones-de-los-puestos-de-trabajo-nueva.


2.3. Retribuciones. Las retribuciones básicas serán las correspondientes al Grupo de adscripción de la persona adjudicataria del puesto. Las retribuciones complementarias se corresponden con el complemento de destino igual al nivel 20 y el complemento específico correspondiente de la RPT. Pueden ser consultadas en la siguiente dirección de internet: https://recursoshumanos.unizar.es/servicio-pas/retribuciones-pas/retribuciones-pas-inicio.


3. Condiciones de participación y requisitos de las personas aspirantes.


De acuerdo con el artículo 29 del Pacto, podrá participar en este concurso el personal funcionario de la Universidad de Zaragoza, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme mientras dure la suspensión. También podrán participar el personal funcionario de otras Universidades que se encuentre en situación de adscripción provisional en la Universidad de Zaragoza.


Según establece la RPT, para poder concursar se deberá pertenecer al Grupo C, Subgrupo C1 de la Escala Administrativa de la Universidad de Zaragoza o equivalente a dicha escala con destino en la Universidad de Zaragoza, en la fecha que termine el plazo de presentación de las solicitudes de participación.


Sólo se podrá concursar si hubieran transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, salvo en los supuestos de remoción, cese o supresión de puestos de trabajo, o cuando concurse a puestos de nivel superior al obtenido en el último concurso.


El personal funcionario en excedencia voluntaria solo podrá participar si ha cumplido el tiempo mínimo de permanencia en dicha situación a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.


De conformidad con el Convenio de movilidad de Personal de Administración y Servicios del G9 de Universidades, firmado el 11 de mayo de 2007, podrá participar en la presente convocatoria, siempre que reúnan los mismos requisitos exigidos al personal funcionario de la Universidad de Zaragoza, el personal de carrera con destino definitivo en una de las Universidades siguientes: Cantabria, La Rioja, Extremadura, Islas Baleares, Oviedo, Pública de Navarra, Extremadura y País Vasco.


4. Solicitudes.


4.1. Contenido. Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán hacerlo constar por medio de la Sede electrónica sede.unizar.es/solicita, en el formulario oficial habilitado para este procedimiento. Para acceder a la Sede electrónica la persona candidata podrá utilizar certificado electrónico digital, el sistema de identificación cl@ve o identificación concertada válida en esta Universidad (NIP y contraseña administrativa).


Junto con la solicitud se presentará la memoria que corresponda, así como otra documentación, en los términos establecidos en el apartado 4.5.


4.2. Forma de participación: Se podrá participar únicamente en la fase de concurso.


4.3. Puestos solicitados. En el apartado de la solicitud de participación: "Datos de la solicitud" se seleccionará el puesto al que se quiere concursar.


4.4. Discapacidad. Las personas aspirantes con alguna discapacidad deberán indicarlo en la solicitud a los efectos de valorar posibles adaptaciones del puesto o puestos solicitados.


La procedencia de la adaptación del puesto o puestos solicitados a la discapacidad del solicitante, así como, en su caso, la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones del puesto en concreto, serán determinadas por la Unidad de Prevención de Riesgos Laborales.


4.5. Documentación a presentar.


4.5.1. Memoria. Junto con la solicitud de participación se presentará una memoria original, con una extensión máxima de 20 páginas (letra arial 10, márgenes superior, inferior, izquierdo y derecho, de 2 cm.). La memoria se presentará obligatoriamente en formato electrónico (archivo zip con contraseña) en la forma indicada en el formulario de solicitud.


4.5.2. Otra documentación. Sólo se podrá aportar documentación que acredite otras circunstancias y méritos que se estime oportuno poner de manifiesto, y que no estén incluidos en los puntos a) al h-bis) del artículo 4.2 del Baremo.


4.6. Plazos de presentación. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a partir del siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".


Las solicitudes del personal funcionario que se acoja al Convenio de movilidad G9 se formularán en el mismo plazo del párrafo anterior y su admisión se entenderá condicionada a la no cobertura del puesto convocado.


Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se podrá presentar renuncia expresa a participar en el concurso durante el periodo de alegaciones a la lista provisional de personas admitidas y excluidas al concurso.


5. Méritos.


5.1. Certificación de méritos. El Servicio de Personal de Administración y Servicios y Nóminas certificará los méritos de carácter general y méritos relacionados con el puesto de trabajo que se establecen en el artículo 4.2 del Baremo que consten en el expediente administrativo para su valoración por la Comisión de selección. La Comisión sólo valorará los méritos que consten en el certificado.


5.2. Revisión de méritos por los solicitantes. A partir del fin del plazo de presentación de solicitudes y hasta la fecha de la publicación de la relación definitiva de personas admitidas y excluidas, se podrá solicitar al Servicio de Personal de Administración y Servicios y Nóminas la consulta del certificado de méritos indicado en el apartado anterior, para lo que se deberá concertar cita mediante correo electrónico a selfor@unizar.es.


Se podrán presentar alegaciones, como máximo, hasta los cinco días hábiles siguientes a la publicación de las listas definitivas.


La relación de cursos de formación y perfeccionamiento, así como el conocimiento de idiomas está disponible en la aplicación PeopleSoft para su comprobación, pudiéndose presentar alegaciones en el mismo plazo indicado en el párrafo anterior.


De no recibirse ninguna alegación en los plazos indicados, se entenderá la conformidad con los méritos que se certifican y con la formación que conste en la aplicación PeopleSoft.


6. Listas de personas admitidas y excluidas.


6.1. Lista provisional. Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará la relación provisional de las personas admitidas y excluidas, con indicación de las causas de exclusión, otorgando un plazo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación para su eventual subsanación.


Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión serán definitivamente excluidas de este concurso.


6.2. Lista definitiva. Transcurrido el plazo para subsanación y una vez resueltas las que se hubieren presentado, se dictará resolución que declare aprobada la lista definitiva de las personas aspirantes admitidas y excluidas.


7. Valoración de méritos.


7.1. El presente concurso constará de dos fases:


Primera fase. Se valorarán los méritos de los aspirantes en relación con los apartados A) Méritos de carácter general y B) Méritos del puesto de trabajo, del artículo 4.2 del Baremo, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes fijado en la presente convocatoria.


Segunda fase. Consistirá en la valoración de la memoria, de acuerdo con el apartado C) Méritos especiales, del artículo 4.2 del Baremo.


7.2. Para obtener el puesto de trabajo del presente concurso deberá obtenerse, al menos, un 30% de la puntuación máxima total fijada en los apartados A) y B) y del 40% de la puntuación del apartado C), según lo establecido en el apartado 5.2 del Baremo.


Cuando dos o más personas concursantes obtengan idéntica puntuación total, deberá procederse a desempatar mediante el procedimiento establecido en el artículo 5.3 del Baremo.


8. Comisión de selección.


8.1. La Comisión de selección de estas pruebas estará compuesta de la siguiente forma:


Titulares.


Presidenta: D.ª María Pilar López Ullod.


Vocal: D. Eduardo Munárriz Bermudo.


Vocal: D.ª María Pilar Garcés Utande.


Vocal: D. Wenceslao Miguel Orellana.


Vocal: D.ª María Esther Hernández Gimeno.


Secretario: D. Roberto Gil Tenorio, que actuará con voz pero sin voto.


Suplentes.


Presidente: D. Javier Doñágueda Becerril.


Vocal: D.ª Amalia Izquierdo Llavall.


Vocal: D. José Ángel Galve Jiménez.


Vocal: D.ª Pilar Josefa Muñoz Vallespín.


Vocal: D. Julián Boné Martín.


Secretario: D. Alfonso Francisco Ariño Barrabés, que actuará con voz pero sin voto.


La Comisión de selección queda configurada según lo dispuesto en la medida 8 del apartado 3.3.2 del II Plan de Igualdad de la Universidad de Zaragoza, aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de marzo de 2023, de forma que, en caso de no observancia de la relación equilibrada de mujeres y hombres, obrará en el expediente la resolución que justifique y motive la composición de la Comisión.


8.2. La abstención y recusación de los miembros de la Comisión de selección se regirá por lo dispuesto en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.


La Comisión de selección podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores corresponde al Rector, a propuesta de la Comisión de selección.


9. Resolución del concurso y toma de posesión.


9.1. El plazo para la resolución del presente concurso será de dos meses, desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.


9.2. La Comisión de selección, efectuados todos los trámites procedimentales, elevará al Rector la propuesta de resolución del concurso con expresión de la persona propuesta, para el desempeño del puesto de trabajo. En dicha propuesta podrá declararse desierto el puesto de trabajo objeto de esta convocatoria, debiendo razonar la misma.


9.3. Mediante resolución de la Universidad de Zaragoza, se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón" la adjudicación del puesto de trabajo convocado.


9.4. La toma de posesión de las personas candidatas seleccionadas será de acuerdo con el artículo 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, a partir del momento en que el puesto quede vacante.


9.5. El destino adjudicado será irrenunciable, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiera obtenido otro destino mediante convocatoria pública.


9.6. Cuando el nuevo destino implicase cambio de localidad, el traslado tendrá carácter voluntario y, en consecuencia, no generará derecho al abono de indemnizaciones por concepto alguno.


9.7. Quien en el presente concurso obtenga el puesto de trabajo convocado no podrá participar en otro concurso hasta transcurridos dos años desde la incorporación efectiva al puesto de trabajo obtenido en este, salvo en los supuestos de remoción, cese o supresión de puestos de trabajo, o cuando concurse a puestos de nivel superior al obtenido en el presente concurso.


10. Publicidad.


La presente convocatoria, así como las publicaciones que se deriven de los actos integrantes del proceso selectivo, de conformidad con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se efectuarán en el Tablón Oficial de Anuncios de la Universidad. accesible en sede.unizar.es. También se podrán consultar en la siguiente dirección: https://recursoshumanos.unizar.es/servicio-pas/oposiciones-concursos/ultimas-resoluciones.


11. Datos de carácter personal.


La Gerencia de la Universidad de Zaragoza es la responsable del tratamiento de los datos personales recabados de las personas que participen en el presente concurso, que son necesarios de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.


Los datos personales de las personas participantes en este proceso aparecerán publicados en las comunicaciones de las diferentes fases del procedimiento y, sobre ellos, podrán ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, limitación, portabilidad, supresión y oposición previstos en los artículos 12 y siguientes de la mencionada Ley, en la forma determinada por dicha norma.


12. Acceso a expediente.


Quienes accedan al expediente y consulten datos de otros aspirantes están sometidos al deber de confidencialidad, por lo que deberán guardar la oportuna reserva. Sólo podrán hacer uso de tales datos a los efectos de argumentar o plantear tanto una posible reclamación como las alegaciones a que hubiere lugar, en su caso.


Cualquier divulgación de datos fuera de estos casos podrá implicar la exigencia de responsabilidades conforme a la legislación vigente.


13. Recursos.


Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa de conformidad con lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la notificación de la presente Resolución, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Zaragoza, según lo dispuesto en los artículos 8.3 y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.


Alternativamente se podrá interponer contra esta Resolución, recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la notificación de la presente, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30.4, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.


Zaragoza, 24 de junio de 2024.- El Rector. Por delegación (Resolución de 21 de enero de 2021, "Boletín Oficial de Aragón", número 20, de 1 de febrero de 2021). El Gerente, Alberto Gil Costa.

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