RESOLUCIÓN de 20 de junio de 2024, del Director General de Planificación, Centros y Formación Profesional, por la que se determinan en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón los módulos profesionales de los ciclos formativos de Formación Profesional en las modalidades virtual y semipresencial en los que es necesaria la realización de actividades presenciales obligatorias.


El Decreto 91/2024, de 5 de junio ("Boletín Oficial de Aragón", número 109, de 6 de junio de 2024), por el que se establece la Ordenación de la Formación Profesional del Grado D y del Grado E en la Comunidad Autónoma de Aragón, en su artículo 5 apartado 3, establece que las Direcciones Generales competentes en materia de formación profesional establecerán el número de horas de actividades formativas obligatorias de carácter presencial, en cada una de las ofertas formativas en las modalidades virtual y semipresencial. Estas actividades se limitarán a aquellos resultados de aprendizaje para los que no se considere posible su consecución con la metodología propia de la enseñanza virtual.


Por ello, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 45/2024, de 20 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, Ciencia y Universidades, se resuelve lo siguiente:


Primero.- Ciclos formativos de Formación Profesional con actividades presenciales obligatorias.


Los ciclos formativos de Formación Profesional, ofertados en modalidad virtual/semipresencial, en los que se tienen que realizar actividades formativas de carácter presencial son los siguientes:


ELE202. Ciclo formativo de Grado Medio de Instalaciones Eléctricas y Automáticas.


SAN202. Ciclo formativo de Grado Medio de Farmacia y Parafarmacia.


SAN203. Ciclo formativo de Grado Medio de Emergencias Sanitarias.


SSC201. Ciclo formativo de Grado Medio de Atención a Personas en Situación de Dependencia.


ELE304. Ciclo formativo de Grado Superior de Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos.


QUI301. Ciclo formativo de Grado Superior de Laboratorio de Análisis y de Control de Calidad.


SEA301. Ciclo formativo de Grado Superior de Educación y Control Ambiental.


SSC302. Ciclo formativo de Grado Superior de Educación Infantil.


SSC303. Ciclo formativo de Grado Superior de Integración Social.


Segundo.- Módulos profesionales y número de horas presenciales obligatorias.


1. Los módulos profesionales de cada ciclo formativo y el número de horas presenciales obligatorias anuales son las recogidas en el anexo de esta Resolución.


2. Los centros coordinarán la realización de las sesiones presenciales obligatorias y establecerán, al inicio del curso, el calendario de realización de las mismas, informando del mismo a través de la plataforma informática.


3. En los centros docentes públicos, para la organización de las sesiones presenciales obligatorias, el cómputo de los periodos lectivos y complementarios del profesorado de los módulos que se indican en el anexo I podrá realizarse con carácter anual.


Zaragoza, 20 de junio de 2024.


El Director General de Planificación, Centros y Formación Profesional,


LUIS MARIANO MALLADA BOLEA

Ficheros adjuntos

Documentos descargables
"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
297083 {"title":"RESOLUCIÓN de 20 de junio de 2024, del Director General de Planificación, Centros y Formación Profesional, por la que se determinan en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón los módulos profesionales de los ciclos formativos de Formación Profesional en las modalidades virtual y semipresencial en los que es necesaria la realización de actividades presenciales obligatorias.","published_date":"2024-07-01","region":"aragon","region_text":"Aragón","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-aragon","id":"297083"} aragon BOA,BOA 2024 nº 126,Departamento de educación, ciencia y universidades,Otras disposiciones y acuerdos,Resolución https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/aragon/boa/2024-07-01/297083-resolucion-20-junio-2024-director-general-planificacion-centros-formacion-profesional-se-determinan-centros-docentes-comunidad-autonoma-aragon-modulos-profesionales-ciclos-formativos-formacion-profesional-modalidades-virtual-semipresencial-necesaria-realizacion-actividades-presenciales-obligatorias https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.