RESOLUCIÓN de 13 de junio de 2024, del Director del Instituto Aragonés del Agua, por la que se formula propuesta de resolución provisional de la convocatoria de subvenciones en materia de gestión de riesgos de inundación, para la redacción de planes municipales de actuación ante riesgos de inundación y la adquisición de equipos y medios materiales de protección frente a inundaciones durante el año 2024.


La Orden MAT/185/2024, de 13 de febrero, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones en materia de gestión de riesgos de inundación, para la redacción de planes municipales de actuación ante riesgos de inundación y la adquisición de equipos y medios materiales de protección frente a inundaciones durante el año 2024, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", número 45, de 4 de marzo de 2024.


La finalidad de esta convocatoria de subvenciones es, por un lado, que los municipios situados en áreas de riesgo potencial significativo de inundación, que no tengan aprobado su correspondiente plan de actuación ante riesgos de inundación, puedan acogerse a nuevas subvenciones del Gobierno de Aragón para poder acometer su redacción y aprobación.


Por otro lado, se pretende que aquellos municipios que tengan ya aprobado un plan de actuación municipal ante el riesgo de inundación, convalidado por la Comisión de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Aragón, puedan afrontar la mejora y adquisición de equipos y medios materiales para la ejecución y la puesta en marcha de las medidas contempladas en sus respectivos planes de actuación municipal ante riesgos de inundación.


El régimen de concesión de estas subvenciones se ajusta al procedimiento de concurrencia competitiva y se tramita de acuerdo con los principios de publicidad, concurrencia, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación, instruyéndose, y evaluándose según lo previsto en el artículo 24 del texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, y en la Orden AGM/1547/2021, de 5 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las entidades locales de Aragón para impulsar actuaciones en materia de aguas.


El apartado undécimo de la Orden de convocatoria estableció un plazo de presentación de solicitudes de veinte días hábiles a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de forma que el plazo comenzó el 5 de marzo y finalizó el 5 de abril de 2024. Tras la conclusión de dicho plazo, se constata que se han recibido un total de 37 solicitudes, 18 para la línea 1 y 19 para la línea 2 correspondientes a 35 Ayuntamientos.


De conformidad con el apartado duodécimo de la Orden de convocatoria, se solicitó la subsanación de aquellas solicitudes que no reunían los requisitos establecidos, concediéndoles un plazo de diez días hábiles contado a partir del día siguiente a la recepción del requerimiento, para que realizaran dicho trámite. En el informe de la Secretaria General del Instituto Aragonés del Agua de fecha 16 de junio de 2024 constan todas las actuaciones de la instrucción del procedimiento que se han efectuado.


Las personas que componen la Comisión de valoración se designaron mediante Resolución del Director del Instituto Aragonés del Agua, de 1 de abril de 2024, tal y como establece el apartado decimoquinto de la Orden de convocatoria. A la citada Comisión, como órgano colegiado, le corresponden las funciones de evaluación de las solicitudes conforme a los criterios contenidos en el apartado decimocuarto de la Orden de convocatoria y la disponibilidad presupuestaria existente, de cien mil euros (100.000 ), distribuidos en cincuenta mil euros (50.000 ) para la línea 1 y cincuenta mil euros (50.000 ) para la línea 2.


Evaluadas las solicitudes que cumplían los requisitos básicos, la Comisión de valoración emite su informe, de fecha 10 de junio de 2024, en el que se han concretado los resultados de la baremación específica de los criterios de otorgamiento establecidos en la Orden de convocatoria, realizando una prelación de las solicitudes a estimar de mayor a menor puntuación, teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria existente.


En este sentido señalar que, tras realizar la valoración de todas las solicitudes de la línea 1 que cumplían con los requisitos, no se agota el crédito disponible de la línea 1 quedando un sobrante de tres mil trescientos veintiún euros con treinta y seis céntimos (3.321,36 ). En la línea 2 tampoco se agota el crédito, quedando un sobrante de dos mil cuatrocientos treinta y seis euros con noventa y cuatro céntimos (2.436,94 ) la cantidad sobrante de 5.758,30 euros, no resulta suficiente para atender ninguna de las solicitudes que por orden de prelación correspondería en ninguna de las líneas, con lo que se asigna esta cantidad como sobrante final.


Asimismo, con carácter previo a la propuesta de resolución provisional, se ha verificado que las propuestas como entidades beneficiarias se encuentran al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón y que cumplen sus obligaciones formales y materiales con el Instituto Aragonés del Agua en relación a los tributos gestionados por el mismo. Además, se ha acreditado que están al día en la obligación de rendir sus cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón de acuerdo con la normativa aplicable.


Por cuanto antecede, en aplicación del apartado decimoquinto de la Orden MAT/185/2024, de 13 de febrero, el Director del Instituto Aragonés del Agua, como órgano instructor, a la vista del informe de instrucción y de la valoración realizada por la Comisión de valoración, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 25 del texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, formula la siguiente propuesta de resolución provisional:


Primero.- Conceder las subvenciones en materia de gestión de riesgos de inundación, para la redacción de planes municipales de actuación ante riesgos de inundación y la adquisición de equipos y medios materiales de protección frente a inundaciones durante el año 2024, a las entidades locales que se incluyen en el anexo II de esta propuesta de resolución provisional, por un importe global de cuarenta y seis mil seiscientos setenta y ocho euros con sesenta y cuatro céntimos (46.678,64 ) para la línea 1 y cuarenta y siete mil quinientos sesenta y tres euros con seis céntimos (47.563,06 ) para la línea 2, indicando el objeto de la subvención, el importe concedido y la puntuación final obtenida en los criterios de valoración previstos en la Orden de convocatoria, cuyo desglose figura en el anexo I.


Segundo.- Desestimar las subvenciones a las entidades locales que se relacionan en el anexo III por los motivos que se indican en cada caso.


Tercero.- Habilitar a los interesados un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón" de esta propuesta de resolución provisional, para presentar las alegaciones que consideren oportunas, conforme al artículo 25.2 del texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón.


Las alegaciones irán dirigidas al Instituto Aragonés del Agua, debiendo presentarse a través de la página del trámite "Subvenciones para la gestión del riesgo de inundación: planes municipales o medios de protección-Convocatoria 2024", en el servicio "Aportación", disponible en el enlace:


https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/aportaciones/9471/identificacion.


De acuerdo con el artículo 25.5 del texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, esta propuesta de resolución en ningún caso supone la creación de derecho alguno a favor de los beneficiarios, mientras no se haya notificado la resolución de la concesión por el Presidente del Instituto Aragonés del Agua.


Cuarto.- Publicar la presente Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", conforme a lo previsto en el punto decimoquinto de la convocatoria.


Asimismo, publicar los informes de instrucción y de valoración de las solicitudes en la página del trámite "Subvenciones para la gestión del riesgo de inundación: planes municipales o medios de protección-Convocatoria 2024":


https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/subvenciones-para-la-gestion-del-riesgo-de-inundacion-planes-municipales-o-medios-de-proteccion/convocatoria-2024.


Zaragoza, 13 de junio de 2024.


El Director del Instituto Aragonés del Agua, LUIS ESTAÚN GARCÍA

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