RESOLUCIÓN de 7 de junio de 2024, del Rector de la Universidad de Zaragoza, por la que se anuncia Oferta de Empleo Público parcial del personal funcionario técnico, de gestión y de administración y servicios para el año 2024.


De conformidad con lo que establece el artículo 70.2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Oferta de Empleo Público se aprobará anualmente por los órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas y deberá ser publicada en el Diario Oficial correspondiente.


Este Rectorado, de conformidad con lo anterior, y en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, el artículo 66 de los Estatutos de esta Universidad, aprobados por el Decreto 1/2004, de 13 de enero, del Gobierno de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 8, de 19 de enero de 2004), ha resuelto lo siguiente:


Ordenar la publicación de la Oferta de Empleo Público parcial, turno libre y promoción interna, del personal funcionario técnico, de gestión y de administración y servicios para el año 2024 aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza en sesión de 29 de mayo de 2024 en los términos establecidos en el anexo I de esta Resolución, y de acuerdo con el artículo 20 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.


En cumplimiento de la legislación vigente en materia de cupos de reserva para personas víctimas de terrorismo o afectadas por actos de terrorismo, personas transexuales, mujeres víctimas de violencia y personas con discapacidad, este Rectorado ha determinado el establecimiento de los cupos de reserva que se especifican en el anexo II.


Sobre estos cupos de reserva del turno libre y sistema selectivo de oposición, procede hacer las siguientes consideraciones y reseñar la legislación que les es aplicable:


Acceso de mujeres víctimas de violencia:


De las plazas ofertadas se reserva una plaza en el turno libre que se concreta en el anexo II, para ser cubierta por las personas que se encuentren incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 7/2018, de 28 de junio, de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en Aragón. En el supuesto de que dicha plaza quedase vacante se acumulará a las correspondientes del mismo turno y sistema selectivo de la misma escala.


Acceso de personas transexuales:


De las plazas ofertadas se reserva una plaza en el turno libre que se concreta en el anexo II, para ser cubierta por quienes se encuentren incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 4/2018, de 19 de abril, de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación de la Comunidad Autónoma de Aragón. En el supuesto de que dicha plaza quedase vacante se acumulará a las correspondientes del mismo turno y sistema selectivo de la misma escala.


Acceso para personas con discapacidad intelectual:


De las plazas ofertadas se reservan dos plazas en el turno libre que se concretan en el anexo II, destinadas a quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad intelectual en un grado igual o superior al 33 por ciento, de acuerdo con lo previsto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), y en la Ley 5/2019, de 21 de marzo, de derechos y garantías de las personas con discapacidad en Aragón. En el supuesto de que las plazas reservadas en el turno libre que­dasen vacantes no se acumularán a las correspondientes del mismo turno y sistema selectivo de la misma escala.


Las correspondientes convocatorias de los procesos selectivos garantizarán el cumplimiento de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como los contemplados en el artículo 55.2 del Estatuto Básico del Empleado Público, y se realizarán tras las preceptivas autorizaciones establecidas en el artículo 46.2.e) de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.


Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa según lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, puede interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución, ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y con el Auto del Tribunal Superior de Justicia de Aragón de 27 de abril de 2023, entre otros.


Alternativamente, se podrá interponer recurso de reposición ante el mismo órgano, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente Resolución, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30.4, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.


Zaragoza, 7 de junio de 2024.- El Rector, José Antonio Mayoral Murillo.

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