ANUNCIO del Servicio Provincial de Medio Ambiente y Turismo de Huesca, por el que se hace público la declaración en estado de deslinde y el inicio de las operaciones de deslinde administrativo en segunda fase del monte de utilidad pública número 388, denominado "Pardina de Cerzún", propiedad de la Comunidad Autónoma de Aragón y sito en el término municipal de Las Peñas de Riglos (Huesca).


Acordada la práctica del deslinde en segunda fase del monte número 388 de los del Catálogo de utilidad pública de la provincia de Huesca, denominado "Pardina de Cerzún", propiedad de la Comunidad Autónoma de Aragón y sito en el término municipal de Las Peñas de Riglos, esta Dirección Provincial el Servicio Provincial de Medio Ambiente y Turismo, mediante Resolución de fecha 16 de mayo de 2024, en uso de lo dispuesto en los artículos 43 y 44 del texto refundido de la Ley de Montes de Aragón aprobado por Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio del Gobierno de Aragón, y los artículos 96 y 97 del Reglamento de Montes aprobado por Decreto 485/1962, de 22 de febrero de 1962, ha acordado la declaración en estado de deslinde e inicio de las operaciones, de la línea definida por los piquetes 15 a 20 del monte del Catálogo de utilidad pública de la provincia de Huesca número 388 "Pardina de Cerzún", perteneciente a la Comunidad Autónoma de Aragón y situado en el término municipal de Las Peñas de Riglos, en los siguientes términos:


Primero.- Declarar en estado de deslinde administrativo el monte "Pardina de Cerzún", número 388 del Catálogo de utilidad pública de la provincia de Huesca, perteneciente a la Comunidad Autónoma de Aragón y situado en el término municipal de Las Peñas de Riglos.


Segundo.- Fijar el inicio de las operaciones de deslinde de la línea definida por los piquetes 15 a 20 del monte "Pardina de Cerzún", número 388 del Catálogo de Utilidad Pública de la provincia de Huesca, perteneciente a la Comunidad Autónoma de Aragón y situado en el término municipal de Las Peñas de Riglos para el día 26 de septiembre de 2024, a las 10:00 de la mañana estableciendo como lugar de encuentro la plaza del núcleo de Ena, en el término municipal de Las Peñas de Riglos.


Tercero.- Designar como Ingeniero Operador del deslinde a D. Francisco Gómez Balaguer, Ingeniero de Montes adscrito a este Servicio Provincial.


Cuarto.- Emplazar a los colindantes y a las personas que acrediten un interés legítimo para que asistan al mencionado acto.


Los que no asistan personalmente o por medio de representante legal o voluntario a la práctica del apeo no podrán formular reclamación contra el mismo.


Durante el plazo de cuarenta y cinco días naturales desde la publicación del anuncio, los que se conceptúen con derecho a la propiedad del monte o de parte del mismo, y los colindantes que deseen acreditar el que pueda corresponderles, deberán presentar los documentos pertinentes en las oficinas de este Servicio Provincial de Huesca, Unidad de Gestión Forestal, en la calle General Lasheras, 8, de Huesca apercibiéndoles de que transcurrido dicho plazo no se admitirá ningún otro, y a quienes no los hubieran presentado que no podrán formular reclamación sobre propiedad en el expediente de deslinde. Lo que se hace público para general conocimiento.


Huesca, 30 de mayo de 2024.- El Director del Servicio Provincial, por suplencia (Orden de 15 de abril de 2024, del Consejero de Medio Ambiente y Turismo). El Subdirector Provincial de Medio Ambiente, Francisco Manuel Montes Sánchez.

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