EXTRACTO de la Orden AGA/624/2024, de 5 de junio, por la que se aprueba la convocatoria para complementar en el año 2024, con cargo a los convenios Fondo de Inversiones de Teruel 2022 y 2023, las subvenciones concedidas al amparo de las Órdenes DRS/1983/2018, de 12 de noviembre, AGM/131/2020, de 17 de febrero, AGM/1365/2021, de 14 de octubre y AGM/1485/2022, de 4 de octubre por las que se convocan subvenciones en materia de ayudas para inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas (industrias agroalimentarias), en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020, para los años 2019, 2020, 2022 y 2023.


BDNS (Identif.): 765826


De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/765826).


Primero.- Beneficiarios.


Podrán ser objeto de subvención las inversiones ejecutadas en la provincia de Teruel en los expedientes de la línea de ayudas para inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas (industrias agroalimentarias) del PDR, que hayan resultado aprobados en las órdenes de convocatoria mencionadas y hayan tenido certificación parcial o final en el año 2023.


Segundo.- Objeto.


Esta Orden tiene por objeto aprobar la convocatoria para complementar las subvenciones concedidas en la línea de inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas (industrias agroalimentarias), correspondiente a inversiones realizadas en la provincia de Teruel, para el año 2024, al amparo de las Órdenes DRS/1983/2018, de 12 de noviembre, AGM/131/2020, de 17 de febrero, AGM/1365/2021, de 14 de octubre y AGM 1485/2022, de 4 de octubre por las que se convocan subvenciones en materia de ayudas para inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas (industrias agroalimentarias), en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020, para los años 2019, 2020 y 2022 y 2023, de conformidad con las disposiciones aplicables a la ayuda al desarrollo rural a través del FEADER, en el marco de lo dispuesto en el Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de Aragón para el período 2014-2020 (en adelante PDR) en su medida 4.2 Ayudas para inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas, y en el Reglamento (UE) n.º 702/2014, de la Comisión, de 25 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal, y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, a excepción de las inversiones en actividades de procesamiento de la biomasa agrícola para la producción de energía y la producción de biocarburante, así como la incorporación de energías alternativas en la industria agroalimentaria: renovables (solar, térmica, eólica, fotovoltaica, biomasa y biogás) y cogeneración; en cuyo caso le será de aplicación el Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre, y de acuerdo con lo establecido en las bases reguladoras previstas en la Orden/DSR/388/2016, de 28 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de ayudas para inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas (industrias agroalimentarias), en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020, y lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, y en el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.


Tercero.- Bases reguladoras.


Orden DRS/388/2016, de 28 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de ayudas para inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas (industrias agroalimentarias), en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020.


Cuarto.- Cuantía de la subvención.


La cuantía total disponible es de 1.200.000 euros, con cargo a las siguientes partidas del presupuesto de gastos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2024: 14070 G/7121/770014/32222, por importe de 450.000 euros, 14070 G/7121/770014/32223, por importe de 150.000 euros, 14070 G/7121/770014/91222, por importe de 450.000 euros y 14070 G/7121/770014/91223, por importe de 150.000 euros.


Quinto.- Presentación de solicitudes:


El plazo para la presentación de solicitudes de las subvenciones será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".


Zaragoza, 5 de junio de 2024.- El Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Ángel Samper Secorún.

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