ORDEN ECU/549/2024, de 21 de mayo, por la que se determina en ochenta el número máximo de personas adscritas a los cuerpos docentes no universitarios que, prestando sus servicios en la red de centros públicos dependientes de la Comunidad Autónoma de Aragón, podrán acogerse al disfrute de una licencia con retribución parcial en el curso 2024/2025.
La Orden ECD/401/2022, de 21 de marzo, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 69, de 8 de abril de 2022, estableció las condiciones para el reconocimiento del derecho del personal docente no universitario al disfrute de una licencia por un curso escolar sin prestación de servicios con retribución parcial.
En el artículo 5 de la mencionada Orden se regula que el Departamento competente en materia educativa determinará anualmente el número máximo de personas adscritas a los cuerpos docentes no universitarios que podrán acogerse a este derecho, previa consulta con las Organizaciones Sindicales.
En consecuencia, previa consulta realizada a las Organizaciones Sindicales con representación en la Mesa Sectorial de Educación en la sesión celebrada el día 30 de abril de 2024, y en el ejercicio de las competencias reconocidas en el Decreto 45/2024, de 20 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, Ciencia y Universidades, resuelvo:
Primero.- Determinar en ochenta el número máximo de personas adscritas a los cuerpos docentes no universitarios que, prestando sus servicios en la red de centros públicos dependientes de la Comunidad Autónoma de Aragón, podrán acogerse al disfrute de una licencia consistente en la no prestación de servicios en el curso 2024/2025, con retribución parcial.
Segundo.- La presente Orden se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón" y producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación.
Zaragoza, 21 de mayo de 2024.
La Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, CLAUDIA PÉREZ FORNIÉS