RESOLUCIÓN de 30 de abril de 2024, del Director General de la Función Pública, por la que se modifica la Resolución de 15 de abril de 2024, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo singularizados vacantes en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, junto con su oferta.


Por Resolución de 15 de abril de 2024, del Director General de la Función Pública, se determina la oferta de puestos de trabajo para su provisión por el procedimiento de concurso específico, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 80, de 25 de abril de 2024.


De conformidad con lo previsto en el artículo 10 del Reglamento de provisión de puestos de trabajo, carrera administrativa y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto 80/1997, de 10 de junio, del Gobierno de Aragón, "Las convocatorias contendrán las bases por las que habrán de regirse los concursos, en las que se especificará la denominación, nivel, descripción y localización de los puestos de trabajo ofrecidos, los requisitos indispensables para su desempeño, según figuren en las relaciones de puestos de trabajo", estableciéndolo de igual manera la propia Resolución de 15 de abril de 2024, en su base primera.


Advertida la existencia de un error, esta Dirección General acuerda:


Primero.- Modificar el anexo I de la Resolución de 15 de abril de 2024, por la que se ofertan para su provisión definitiva los puestos singularizados de personal funcionario de carrera de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, para incluir el puesto número RPT 18104, en los siguientes términos:


Segundo.- Modificar el anexo II de la Resolución de 15 de abril de 2024, para incluir lo correspondiente al contenido de la memoria para ese puesto en los siguientes términos:


Tercero.- Establecer un nuevo plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", para la presentación de nuevas solicitudes por las personas participantes, o, para en su caso, que las personas participantes que ya hubieran presentado su solicitud de participación puedan añadir, suprimir o modificar el orden de dichos puestos a través de la presentación de una nueva solicitud.


La última solicitud que se registre será la válida para la participación en el concurso específico de méritos y sustituirá a cualquier solicitud que se hubiera registrado con anterioridad. En todo caso, y para garantizar la unidad del procedimiento convocado, esta ampliación de plazo de presentación de instancias, se entenderá a esos únicos efectos.


Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública, en el plazo de un mes computado a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", previo a la vía judicial contencioso-administrativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 60 y 64 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que proceda en derecho.


Zaragoza, 30 de abril de 2024.


El Director General de la Función Pública,


P.S. El Secretario General Técnico,


(Orden 16 de agosto de 2023, del Consejero de Hacienda y Administración Pública)


JAVIER RINCÓN GIMENO

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